Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2007 (06/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

339218

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de febrero de 2007

la Buena Pro se programo para el dia 12-6-2006 y en el supuesto de que este acto no hubiese sido impugnado dentro de los cinco dias se deberia requerir a la empresa ganadora dentro de los cinco dias habiles para la firma del contrato otorgandole diez dias para tal efecto, el mismo correria a partir del dia siguiente del 11-7-2006 como fecha limite, por lo que contando los 364 dias objeto del contrato, el mismo finalizaria el 11-7-2007; Que, siendo esto asi, a traves del acto administrativo que aprobo las Bases del MORDAZA sub examine, se ha convocado a un MORDAZA de compra de suministro para el Programa del Vaso de Leche que incluye siete meses del ejercio presupuestal 2007, pese a que el 2006 era el ultimo ano de gestion, configurandose asi el supuesto prohibitivo contenido el Decreto Legislativo N° 955 Ley de Descentralizacion Fiscal y su Reglamento, es decir dicho MORDAZA se realizo contraviniendo el texto expreso de la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 57° del Texto Unico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, el Tribunal en los casos que conozca declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso. El titular de la entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por las mismas causales previstas en el parrafo anterior, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de que pueda ser declarada en la resolucion recaida en los recursos impugnativos. Despues de celebrados los contratos solo es posible declarar la nulidad por efectos del articulo 9° de la presente Ley. Esta facultad es indelegable; Que, en tal sentido, no habiendose hasta la fecha producido la suscripcion del contrato del MORDAZA licitario sub examine, procede declarar su nulidad y resulta necesario que de inmediato se proceda a efectuar la convocatoria para la adquisicion del producto Leche Evaporada del Programa del Vaso de Leche para el ano 2007; Que, de conformidad con la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo en su numeral 11 sub numeral 11.3. establece que la resolucion que declara la nulidad, ademas dispondra lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto invalido; Que, con Informe N° 038-2007/GAJ/MDSA de fecha 261-2006, la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Entidad opina que se debe declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion materia del comento, por contravencion a lo normado por el Decreto Legislativo N° 955 Ley de Descentralizacion Fiscal y su Reglamento y por devenir el objeto de la misma en un imposible juridico; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 57° del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2005/ PCM y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del MORDAZA de Licitacion Publica N° 00022006-CE/MDSA ­Primera Convocatoria ­ Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche" Item I de Leche en sachets de 410 gr. Leche Evaporada Entera. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia del Organo de Control Institucional de esta Entidad, para que conforme a sus atribuciones realice una exhaustiva investigacion a fin de que se determine el grado de responsabilidad de los funcionarios y/o servidores que conllevaron a las causas que motivaron la declaracion de la nulidad del MORDAZA licitario. Articulo Tercero.- Poner a conocimiento de la presente resolucion al CONSUCODE, a la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche, a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto

y Racionalizacion a fin de que adopten las medidas necesarias a fin de convocar al MORDAZA que corresponda para la adquisicion del Suministro Leche Evaporada Entera correspondiente al ano 2007. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23694-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006 Callao, 26 de enero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion fecha 26 de enero de 2007; Aprobo la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; en el articulo 9 numeral 8, senala que el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar, modificar, o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos y en el articulo 132 establece el procedimiento para la eleccion del MORDAZA y regidores de los centros poblados se regula por la ley de la materia; Que, la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, en su articulo 2º, establece que la convocatoria a elecciones se efectuara con 120 dias naturales de anticipacion al acto de sufragio, comunicando el acto al MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 155 del 17 de octubre del 2006, el Concejo Provincial del Callao acordo convocar a elecciones de autoridades de la municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las Mercedes-Mi Peru, para el 4 de febrero del 2007 y mediante Acuerdo de Concejo Nº 0159 del 22 de noviembre del 2006 se aprobo el Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 039 del 17 de octubre del 2006, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre del 2006, se convoco a elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las Mercedes- Mi Peru para el 4 de febrero del 2007, fecha en la cual es materialmente imposible llevar a efecto el MORDAZA electoral, conforme a las disposiciones establecidas en su Ley;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.