Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2007 (06/02/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 34
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, martes 6 de febrero de 2007
Que, la Primera Disposicion Final del Decreto de Urgencia Nº 038-2006, de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; senala que "la "remuneracion" que contienen la Ley Nº 28212 y demas normas reglamentarias y complementarias se entiende hecha a "ingreso" y la referencia en dichas normas a la "Unidad Remunerativa del Sector Publico - URSP" se entiende hecha a la "Unidad de Ingreso del Sector Publico"; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su Art. 15º sobre Atribuciones del Consejo Regional; y el Art. 13º literal f) del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA senalan que; "Son atribuciones del Consejo Regional fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros Regionales"; Que, Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales", modificada en parte por la Ley Nº 27902, en su articulo 19º dispone que la dieta de los Consejeros no tiene caracter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto. Se abonan por cada periodo efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que MORDAZA asistido el Consejero; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º, y 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno; El Consejo Regional con el MORDAZA UNANIME de sus miembros; ACUERDA: Primero.- Fijar la remuneracion del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA en 5.5 (14,300.00 nuevos soles), y 4.8 (12,430.00 nuevos soles) Unidades de Ingreso del Sector Publico - (UISP) respectivamente, para los meses de enero a diciembre del presente ano. Segundo.- Fijar la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA (4,290.00 nuevos soles). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 23631-1
MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran nulidad de oficio de MORDAZA de licitacion publica convocado para contratar suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 00078-2007-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 30 de enero de 2007 VISTOS: La solicitud de Consorcio Nutrial SAC Laive S.A. sobre suscripcion de contrato de suministro de Leche Evaporada Entera por haber obtenido la Buena Pro del ITEM 01 del MORDAZA de Licitacion Publica N° 002-2006CE/MDSA para el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Alcaldia N° 0210-2006-ALC/ MDSA de fecha 4-5-2006, se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica N° 0002-2006-CE/MDSA Primera Convocatoria Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche" que tiene por objeto la adquisicion de Item I: 1´346,072.00 Unidades de Leche en sachets de 410 gr. c/u con un valor referencial de S/. 2´221,018.80 e Item II: 131,040.00 kg. de Hojuela de Quinua Enriquecida con cereales y proteinas y minerales en bolsas de 500 grs. con un valor referencial de S/. 494,952.00, por un periodo de 364 dias; Que, con fecha 5-5-2006 el Comite Especial convoco al MORDAZA de seleccion materia del MORDAZA, bajo el sistema de precios unitarios y con un valor referencial total ascendente a S/. 2´718,970.80 (Dos millones setecientos dieciocho mil novecientos setenta y 80/100 nuevos soles), incluido el IGV; Que, el 15-6-2006, se llevo a cabo el acto publico de MORDAZA y apertura de sobres tecnicos, en el cual el Comite Especial a cargo del MORDAZA de seleccion verifico la entrega de ofertas, para el caso que nos ocupa, del item N° 1 por parte de los siguientes postores: (I) CONSORCIO NUTRIAL SAC LAIVE S.A. y (II) NIISA CORPORATION S.A.; Que, el 20-6-2006, se llevo a cabo el acto publico de apertura de sobres economicos y otorgamiento de la Buena Pro, en dicho acto el Comite Especial dio a conocer la descalificacion del postor NIISA CORPORATION S.A. por presentar el Certificado de Aceptabilidad de fecha 14 de junio de 2006, toda vez que dicha empresa solicito y realizo la prueba de aceptabilidad con fecha 8 de junio de 2006, tal como consta en las respectivas actas y otorgo la Buena Pro al postor CONSORCIO NUTRIAL SAC - LAIVE S.A.; El 27-6-2006, la empresa NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de apelacion contra la descalificacion de su propuesta presentada para el item N° 01 de la Licitacion N° 002-2006-CE/MDSA, alegando que MORDAZA habia sido presentada de conformidad con las Bases del MORDAZA, por tanto solicito se revoque dicha decision y se proceda a calificar su oferta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 337-2006ALC/MDSA del 10 de junio de 2006, notificada en la fecha a traves del SEACE, la entidad declaro infundado el recurso de apelacion planteado por la empresa NIISA CORPORATION S.A.; Que, el 17-7-2006 el postor NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de revision contra la Resolucion de Alcaldia N° 337-2006-ALC/MDSA, solicitando se anule la recurrida en el extremo que declaro la descalificacion de su propuesta tecnica; Que, con Resolucion N° 871/2006.TC-SU de fecha 24-10-2006, el Tribunal de Contrataciones del Estado declaro fundado el recurso de revision interpuesto por NIISA CORPORATION S.A. y, en consecuencia ordeno se revoque la Buena Pro otorgada a favor de CONSORCIO
GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
RECTIFICACION RESOLUCION Nº 017-2007-MML-GDU-SPHU En la sumilla correspondiente a la Resolucion Nº 0172007-MML-GDU-SPHU, publicada en nuestra edicion del dia 3 de febrero de 2007, debe modificarse la redaccion de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue: Ratifican resolucion que declara recepcion progresiva de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho 23930-1