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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de febrero de 2007 339219 Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 043 de fecha 22 de noviembre del 2006, se aprobó el Reglamento de Elecciones del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú. Que, con la fi nalidad de salvaguardar la legalidad del proceso democrático de elecciones en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, se ha elaborado un nuevo Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado, que consagra garantías al presente proceso, solicitándose además la suscripción de distintos convenios de apoyo Institucional con entidades tales como Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, O fi cina Nacional de Procesos Electorales y otros, los que colaborarían al mejor desarrollo y dotaría de transparencia al presente acto, de acuerdo a lo dispuesto en los artículo 5º y 6º de la Ley Nº 28440- Ley de Elecciones de Centros Poblados; Que, mediante el Informe Legal Nº 029-GGAJC- SAA, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, emite opinión sobre el proyecto de Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes- Mi Perú, indicando que la misma se encuentra dentro del marco establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Centros Poblados, debiendo declararse procedente el mismo, elevándolo a sesión de Concejo Municipal para su aprobación en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en el artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen Nº 01-2007-MPC-CP de la Comisión de Población, de la sesión del 26 de enero de 2007, recomienda al Concejo Municipal aprobar la derogatoria de las ordenanzas y acuerdos que convocaron y aprobaron el reglamento de elecciones de autoridades municipales del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y aprobar una serie de medidas orientadas a realizar las elecciones de autoridades municipales en el centro poblado antes mencionado, entre ellas aprobar el nuevo reglamento electoral; Que, el Concejo Provincial del Callao, presidido por el señor Alcalde Félix Moreno Caballero, en la sesión descentralizada, realizada el 26 de enero del 2007, en el local del asentamiento humano Villa Escudero en Ventanilla acordó aprobar el Dictamen Nº 01-2007-MPC-CP; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL CENTRO POBLADO NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES MI PERÚ Artículo Primero.- Apruébase el Nuevo Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, cuyo texto se inserta al fi nal de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróganse las Ordenanzas Nºs. 00039 del 17 de octubre de 2006 y 00043 del 22 de noviembre de 2006 y déjase sin efecto los Acuerdos de Concejo Nº 155 del 17 de octubre de 2006 y Nº 159 de 22 de noviembre de 2006, que convocaron a Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y que aprobaron el reglamento de elecciones para dicho proceso, respectivamente. Artículo Tercero.- Autorízase al Alcalde a suscribir los convenios de cooperación institucional con distintos organismos con la fi nalidad de que se dote de garantías al presente proceso electoral, tales como Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, O fi cina Nacional de Procesos Electorales y otros, necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encárgase a la Gerencia de Abastecimiento, dependiente de la Gerencia de Administración, efectuar el apoyo logístico que demande las Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y a la Gerencia General de Asentamientos Humanos, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Autorizar al señor Alcalde a emitir, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES - MI PERÚ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento es un documento normativo y organizativo que tiene por fi nalidad la plani fi cación, organización y ejecución del proceso de la elección democrática del Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú; el mismo que, está a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, a través de la Gerencia General de Asentamientos Humanos. Este reglamento está desarrollado sobre la base de lo indicado en los artículos 128º al 132º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de la Municipalidades de Centros Poblados. Artículo 2º.- En las elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, se elige un (1) Alcalde y cinco (5) Regidores, quienes postulan en lista completa y son elegidos por un período de cuatro años, contados a partir de su proclamación. Concordancia: Art. 1º Ley Nº 28440Artículo 3º.- El Alcalde Provincial convoca a elecciones con 120 días naturales de anticipación al acto sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones. Concordancia: Art. 2º Ley Nº 28440 CAPÍTULO II DEL PADRÓN ELECTORAL Artículo 4º.- El Padrón Electoral estará determinado por la residencia de los ciudadanos en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú. Se entiende como ciudadano residente a la persona natural con plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles y que domicilie en el centro poblado. Concordancia: Art. 4º Ley Nº 28440Artículo 5º.- El Padrón electoral será elaborado por la Municipalidad Provincial del Callao a través de la Gerencia General de Asentamientos Humanos realizando para ello el empadronamiento de los ciudadanos que residen en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú. Artículo 6º.- La Municipalidad Provincial de Callao publicará las listas del padrón electoral en el Municipio del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, sin perjuicio de la mayor difusión que se pueda brindar la presente. Concordancia: Art. 198º de la Ley Orgánica de Elecciones Artículo 7º.- Los electores residentes del Centro Poblacional que por cualquier motivo, no fi guren en el