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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de febrero de 2007 339482 Que el Art. 6º y 20 Inc. 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que la alcaldía es el Órgano de gobierno local, siendo el Alcalde el representante legal de la Municipalidad y máxima autoridad administrativa por tanto compete llevar a cabo la mejor decisión administrativa plasmada en actos de gobierno, a través de decretos y resoluciones, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM establece en su artículo 21º el desabastecimiento inminente como aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones servicios, actividades u operaciones productivos que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda y que la entidad Administradora deberá proceder con arreglo a lo dispuesto por el artículo148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto, en uso de sus atribuciones que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 que confi ere a esta alcaldía en concordancia con la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, el Desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital La Brea-Negritos. Artículo Segundo.- EXONERAR del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para la adquisición del Programa del Vaso de Leche para los meses de enero a marzo del 2007. Regístrese, comuníquese y cúmplase JOSE HILTOR TAVARA ATOCHE Alcalde 25459-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA HUACA Declaran en Situación de Desabasteci- miento Inminente del Programa del Vaso de Leche correspondiente a enero y febrero de 2007 ACUERDO MUNICIPAL Nº 001-2007-MDLH-CM-A La Huaca, 24 enero del 2007 VISTO: El O fi cio Nº 003-2007-MDLH/C-PVL del 3 de enero del 2007 y el Acta de Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 001-2007 del 24 de enero del 2007. CONSIDERANDO: Que a través del informe de “Vistos” la Asesoría Legal de esta Municipalidad Informa que teniendo en consideración que a la fecha de elaboración del informe no se ha iniciado el proceso Adquirir el producto del PROGRAMA DE VASO DE LECHE durante el desarrollo del proceso de Adquisición del producto para el PROGRAMA DEL VASO DE LECHE durante los meses de ENERO Y FEBRERO no se cuente con los insumos lácteos sufi cientes para abastecer el Programa de Vaso de Leche razón por la que se hace necesaria que por Acuerdo de Concejo Municipal se Declare la Situación de Desabastecimiento inminente, contenida en el Art. 21º de la Ley; Que de conformidad con el Art. 19º de la Ley están exoneradas de los Procesos de Selección las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situación de Desabastecimiento Inminente, declarada conforme a Ley. En tal sentido, el Art. 21º del mencionado cuerpo legal, establece que se considere Situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar acabo el proceso de selección que corresponda; Que, así mismo debe tenerse presente que el Programa del Vaso de Leche se verá perjudicado por el tiempo que conlleva la realización del Proceso de Selección; por lo que durante el plazo de Implementación de procesos de Selección, deberán adquirirse productos, bajo modalidad antes descrita, toda vez que de no ser así dicho programa quedará desabastecido, lo cual generará un desconcierto en los Clubes de Madres que tienen a su cargo la preparación y distribución de los alimentos, pues, en la actualidad no tienen con qué alimentar a los bene fi ciarios; Que de conformidad con los Artículos 141º, 146º y 147º del D.S Nº 084-2004-PCM, en la Situación de Desabastecimiento Inminente la necesidad de los bienes servicios u obras debe ser actual y urgente para atender requerimientos inmediatos, afi n de dar continuidad a los servicios, esenciales que brinda la Entidad; en nuestro caso, se debe proveer de insumos y productos lácteos al Programa del Vaso de Leche, a fi n de que no se perjudiquen los bene fi ciarios del mismo; razón por la que el presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de emitido el mismo; Que en virtud a lo expuesto, y teniendo el presente que la implementación del proceso de selección podría extenderse hasta los mediados del mes de marzo del presente año, la situación de Desabastecimiento inminente deberá declararse por el lapso de dos (2) meses, enero y febrero, a fi n de no perjudicar a los bene fi ciarios de dicho Programa; En virtud de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, D.S Nº 083-2004-PCM y D.S Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabaste- cimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de enero y febrero del 2007. Artículo Segundo.- De conformidad con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de La Huaca, asignase la correspondiente partida a los meses de enero y febrero, a efectos que se puedan adquirir los productos lácteos correspondientes a dichos meses, encargándose al Jefe de Abastecimiento de la Adquisición de los insumos Lácteos. Artículo Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo Municipal en el Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial el Peruano, dentro de los 10 días hábiles de emitido. Regístrese, publíquese y comuníquese JUAN CARLOS ACARO TALLEDO Alcalde 25474-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Implementación del Proyecto “Programa de Desarrollo Rural y Apoyo al Plan Meriss Inka” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/22, comunica que el “Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Implementación del Proyecto “Programa de Desarrollo Rural y Apoyo al Plan Meriss Inka” , suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República de Perú y ratificado por Decreto Supremo Nº 077-2006-RE, de 11 de diciembre de 2006, publicado el 12 de diciembre de 2006. Entró en vigencia el 16 de enero de 2007. 26024-1