Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2007 (10/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2007

Que el Art. 6º y 20 Inc. 6 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que la alcaldia es el Organo de gobierno local, siendo el MORDAZA el representante legal de la Municipalidad y MORDAZA autoridad administrativa por tanto compete llevar a cabo la mejor decision administrativa plasmada en actos de gobierno, a traves de decretos y resoluciones, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 0832004-PCM establece en su articulo 21º el desabastecimiento inminente como aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones servicios, actividades u operaciones productivos que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda y que la entidad Administradora debera proceder con arreglo a lo dispuesto por el articulo148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto, en uso de sus atribuciones que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 que confiere a esta alcaldia en concordancia con la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, el Desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital La Brea-Negritos. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente para la adquisicion del Programa del Vaso de Leche para los meses de enero a marzo del 2007. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA HILTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA

servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar acabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asi mismo debe tenerse presente que el Programa del Vaso de Leche se MORDAZA perjudicado por el tiempo que conlleva la realizacion del MORDAZA de Seleccion; por lo que durante el plazo de Implementacion de procesos de Seleccion, deberan adquirirse productos, bajo modalidad MORDAZA descrita, toda vez que de no ser asi dicho programa quedara desabastecido, lo cual generara un desconcierto en los Clubes de Madres que tienen a su cargo la preparacion y distribucion de los alimentos, pues, en la actualidad no tienen con que alimentar a los beneficiarios; Que de conformidad con los Articulos 141º, 146º y 147º del D.S Nº 084-2004-PCM, en la Situacion de Desabastecimiento Inminente la necesidad de los bienes servicios u obras debe ser actual y urgente para atender requerimientos inmediatos, a fin de dar continuidad a los servicios, esenciales que brinda la Entidad; en nuestro caso, se debe proveer de insumos y productos lacteos al Programa del Vaso de Leche, a fin de que no se perjudiquen los beneficiarios del mismo; razon por la que el presente Acuerdo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de emitido el mismo; Que en virtud a lo expuesto, y teniendo el presente que la implementacion del MORDAZA de seleccion podria extenderse hasta los mediados del mes de marzo del presente ano, la situacion de Desabastecimiento inminente debera declararse por el lapso de dos (2) meses, enero y febrero, a fin de no perjudicar a los beneficiarios de dicho Programa; En virtud de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, D.S Nº 083-2004-PCM y D.S Nº 0842004-PCM; SE RESUELVE Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de enero y febrero del 2007. Articulo Segundo.- De conformidad con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, asignase la correspondiente partida a los meses de enero y febrero, a efectos que se puedan adquirir los productos lacteos correspondientes a dichos meses, encargandose al Jefe de Abastecimiento de la Adquisicion de los insumos Lacteos. Articulo Tercero.- Publiquese el presente Acuerdo Municipal en el Boletin de Normas Legales del Diario Oficial el Peruano, dentro de los 10 dias habiles de emitido. Registrese, publiquese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA MORDAZA
Declaran en Situacion de Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche correspondiente a enero y febrero de 2007
ACUERDO MUNICIPAL Nº 001-2007-MDLH-CM-A
La MORDAZA, 24 enero del 2007 VISTO: El Oficio Nº 003-2007-MDLH/C-PVL del 3 de enero del 2007 y el Acta de Sesion de Concejo Extraordinaria Nº 001-2007 del 24 de enero del 2007. CONSIDERANDO: Que a traves del informe de "Vistos" la Asesoria Legal de esta Municipalidad Informa que teniendo en consideracion que a la fecha de elaboracion del informe no se ha iniciado el MORDAZA Adquirir el producto del PROGRAMA DE VASO DE LECHE durante el desarrollo del MORDAZA de Adquisicion del producto para el PROGRAMA DEL VASO DE LECHE durante los meses de ENERO Y FEBRERO no se cuente con los insumos lacteos suficientes para abastecer el Programa de Vaso de Leche razon por la que se hace necesaria que por Acuerdo de Concejo Municipal se Declare la Situacion de Desabastecimiento inminente, contenida en el Art. 21º de la Ley; Que de conformidad con el Art. 19º de la Ley estan exoneradas de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Desabastecimiento Inminente, declarada conforme a Ley. En tal sentido, el Art. 21º del mencionado cuerpo legal, establece que se considere Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones,

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Acuerdo Basico de Cooperacion Cientifica y Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa de Brasil para la Implementacion del Proyecto "Programa de Desarrollo Rural y Apoyo al Plan Meriss Inka"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/22, comunica que el "Acuerdo Complementario al Acuerdo Basico de Cooperacion Cientifica y Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa de Brasil para la Implementacion del Proyecto "Programa de Desarrollo Rural y Apoyo al Plan Meriss Inka", suscrito el 31 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 077-2006-RE, de 11 de diciembre de 2006, publicado el 12 de diciembre de 2006. Entro en vigencia el 16 de enero de 2007.

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