Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2007 (10/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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- La Gerencia del Programa del Vaso de Leche es el organo responsable de la ejecucion del dicho Programa, enfocado a brindar apoyo alimentario a la poblacion de bajo poder adquisitivo que comprende a los ninos, ancianos, con tuberculosis y madres gestantes. Depende jerarquicamente de la Gerencia General de Programas Sociales. - Son funciones de la Gerencia del Programa del Vaso de Leche: a. Programar, organizar, desarrollar y controlar las acciones que garanticen el buen funcionamiento del Programa del Vaso de Leche. b. Promover la participacion de la comunidad en el Programa del Vaso de Leche, respetando la autonomia de las organizaciones, reconociendo las que existen y promoviendo su creacion donde sea necesario. c. Controlar con el apoyo de las Supervisoras de los Comites del Vaso de Leche, el uso adecuado de los insumos en la preparacion de las raciones, asi como la correcta distribucion de estas, a los beneficiarios registrados en el padron correspondiente a cada Comite. d. Coordinar con el Ministerio de Salud, Agricultura, Educacion, Pesqueria y otros organismos publicos y privados que desarrollan actividades afines con los objetivos del Programa Vaso de Leche. e. Ejecutar las acciones de organizacion, ejecucion e implementacion del Programa del Vaso de Leche en las fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion y control. f. Planificar la distribucion de las raciones alimenticias entre la poblacion Beneficiaria del Programa del Vaso de Leche, buscando el apoyo de las organizaciones populares. g. Efectuar el empadronamiento y mantener actualizado el padron de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, a fin de mejorar la distribucion equitativa de las raciones alimenticias. h. Velar por la correcta manipulacion en la recepcion, almacenamiento y despacho de la Leche y/o alimentos equivalentes, evitando su deterioro. i. Brindar capacitacion alimentaria nutricional a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche. j. Realizar la evaluacion, seguimiento y rehabilitacion del estado nutricional de los beneficiarios con alto riesgo. k. Formar parte del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche l. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emitidas por el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche. m. Preparar informacion oportuna para su remision a los organismos especializados del Sector Publico, tales como la Contraloria General de la Republica e INEI. n. Efectuar otras funciones afines que le asigne la Gerencia General de Programas Sociales en materia de su competencia. - La Gerencia de Programas Transferidos es el organo responsable de la ejecucion de los programas sociales, que constituyen formas de apoyo temporal, a traves de los cuales se proporciona un complemento alimentario a la poblacion en situacion de pobreza, pobreza extrema y riesgo moral y de salud. Depende jerarquicamente de la Gerencia General de Programas Sociales. - Son funciones de la Gerencia de Programas Transferidos: a. Programar desarrollar y controlar las acciones correspondientes a los programas sociales de apoyo alimentario, dirigidos a la poblacion de menores recursos, dentro de la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao. b. Coordinar y controlar los procesos de adquisicion de insumos y productos de los programas de complementacion alimentaria. c. Promover la participacion de la comunidad en los programas sociales de apoyo alimentario, respetando la autonomia de las organizaciones. d. Disenar y proponer estrategias, para identificar a la poblacion en extrema pobreza y de mayor vulnerabilidad nutricional. e. Organizar, desarrollar y/o controlar la correcta manipulacion en la recepcion, almacenamiento y despacho, asi como el control de calidad, de los productos

e insumos utilizados en los programas sociales de apoyo alimentario. f. Programar, dirigir y controlar la ayuda alimentaria a los sectores mas pobres de la comunidad, a traves de los comedores populares, hogares y albergues, los cuales se encargan de preparar y distribuir las raciones diarias de alimentos. g. Coordinar con los Centros de Salud y Hospitales de la Provincia, la distribucion de las canastas alimentarias a los beneficiarios del Programa de Alimentacion y Nutricion del MORDAZA Ambulatorio con Tuberculosis y Familia - PAN TBC. h. Coordinar con el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), y otras entidades publicas y privadas, aspectos relacionados con los programas sociales. i. Preparar informacion sobre la ejecucion de los programas sociales de apoyo alimentario, para uso interno y para su remision a las instituciones publicas que la legislacion vigente lo exija. j. Representar a la Municipalidad Provincial del Callao ante instituciones publicas o privadas, asi como participar en eventos relacionados con los programas sociales de su competencia. k. Presidir el Comite de Gestion Local Provincial, en la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao. l. Programar, desarrollar y/o coordinar actividades de capacitacion sobre alimentacion, nutricion y salud a la poblacion de menores recursos economicos de la jurisdiccion. m. Recepcionar sugerencias, quejas y denuncias de la poblacion sobre la gestion de los programas sociales. n. Establecer en coordinacion con el Comite de Gestion el MORDAZA de insumos y productos que comprenden la canasta alimentaria de los Programas sociales de apoyo alimentario. o. Efectuar otras funciones afines que le asigne la Gerencia General de Programas Sociales en materia de su competencia. 2. Modifiquese en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0042004 lo siguientes articulos: En el CAPITULO VII, DE LOS ORGANOS DE APOYO, en la SECCION I : SECRETARIA GENERAL Articulo 48º. Es el organo de la Municipalidad Provincial del Callao que se encarga de brindar el apoyo administrativo al Concejo Municipal, la administracion documentaria, el tramite documentario y el sistema de archivos. Depende jerarquicamente de la Alcaldia. Articulo 50º. Para el cumplimiento de sus funciones la Secretaria General cuenta con las siguientes dependencias: - Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General - Gerencia de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldia En el CAPITULO X, DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS, Articulo 144º. La municipalidad Provincial del Callao contara con organos desconcentrados, que le permita atender eficaz y de modo oportuno los requerimientos de servicios basicos, principalmente en los lugares mas alejados de la sede central. Estos son: - Las Agencias Municipales. 3. Suprimanse en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0042004, lo siguiente: - Los literales f. y m. del Articulo 49º - El literal n. del Articulo 92º - Los Articulos 53º y 54º - La Seccion II (Articulo 146º) y la Seccion III (Articulo 147º) del Capitulo X: DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS.

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