Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2007 (10/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2007

en los casos senalados en el articulo 21º de la Ley; no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan en lapso del tiempo requerido par paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Cuando el desabastecimiento se fuera a producir o se MORDAZA producido como consecuencia del obrar negligente de la propia Entidad; es decir, cuando sea imputable a la inaccion o demora en el accionar del servidor publico que omitio adoptar las acciones pertinentes con el fin de asegurar la provision de un bien o la continuidad de un servicio esencial, en la Resolucion o Acuerdo exoneratorio, bajo sancion de nulidad, debera disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados. La Contraloria General de la Republica establecera la forma, procedimientos y oportunidad de su participacion de oficio en las contrataciones y adquisiciones de los bienes, servicios u obras en situacion de desabastecimiento inminente". Que, el Art. 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidad, taxativamente estable que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional." Que, mediante Informe Nº 005-2007-MPCP-OAJ de fecha 17 de enero del 2007, la Oficina de Asesoria Juridica es de opinion que existe riesgo de desabastecimiento inminente de los productos del PVL para su distribucion en los primeros meses del presente ano, generado por circunstancias que escapan del control de esta Entidad MORDAZA, cuyo perjuicio seria trascendente y significativo para la poblacion usuaria que esta en situacion de pobreza y extrema pobreza, que configura la necesidad del abastecimiento inmediato. Por lo cual sugiere se declare el desabastecimiento inminente mediante Acuerdo de Concejo, en la que ademas debera disponerse el inicio de las medidas pertinentes para deslindar presuntas responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y servidores involucrados. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 069-2007-MPCP de fecha 23 de enero del 2007, se delega al MORDAZA MORDAZA, C.P.C. MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, las atribuciones politicas y al Gerente Municipal, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Proano, las atribuciones administrativas propias del MORDAZA, el mismo que por motivos de salud estara ausente desde el dia 24 hasta el 30 de enero del 2007. Que, estando a lo expuesto, a las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el Art. 20º Inc. 20) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y en atencion al Proveido Nº 009-2007-MPCP-S.ORD.S.G. que contiene el Acuerdo Nº 009-2007 tomado en Sesion Ordinaria Nº 002-2007 del 22 de enero del 2007, con el MORDAZA Mayoritario de los miembros del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la Adquisicion del Producto del Vaso de Leche: 1) Leche Evaporada Entera, ante el Inminente Desabastecimiento, para cubrir las necesidades del Programa Vaso de Leche, por los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA del 2007; y 2) Cereales Fortificados Azucarados, Arroz, Quinua y MORDAZA, lo que resta del mes de febrero y por los meses de marzo y MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- REMITIR los actuados al Organo de Control Institucional (OCI), quien debera emitir el Informe Especial al respecto, segun lo establece el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 47º del indicado dispositivo legal; salvando de toda responsabilidad pertinente a los senores Regidores. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificacion y distribucion del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA U. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (E) Despacho de Alcaldia

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 070-2007.MDLU/A.
La Union, 31 de enero del 2007 VISTO: La sesion ordinaria de Concejo Nº 002-2007-MDLU, de fecha 30 de enero de ano 2007, que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del producto para el Programa del Vaso de Leche conforme a ley, por el lapso de tres meses, por la situacion de desabastecimiento inminente declarada de conformidad con el D.S. Nº 0832004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, el D.S. Nº 084-2004-PCM; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, ante el desabastecimiento inminente del Programa de Vaso de Leche, la Ley de Contrataciones del Estado -Ley Nº 28267- en su articulo 21º establece que "se considera situacion de desabastecimiento inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion, faculta a la entidad a la adquisicion o cantidad segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, en su articulo 39º de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales ejercen sus funciones mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organizacion interna, los resuelven a traves de resoluciones de concejo; Que, en aplicacion de lo establecido por el inciso c) del articulo 19º y articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, asi como articulo 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Concejo Municipal de La Union, ante el desabastecimiento inminente del producto para el Programa del Vaso de Leche ha considerado pertinente autorizar la compra directa de los productos para el Programa del Vaso de Leche, por el lapso de tres (03) meses, que es el tiempo promedio que durara para poder atender normalmente a los beneficiarios del programa; Estando a los considerandos expuestos, a lo acordado por el Concejo Municipal y, en uso de las atribuciones que la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 - otorga a este despacho; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Union. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal a efectuar la adquisicion de los insumos mediante adquisicion directa. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realice las acciones conducentes para determinar las responsabilidades administrativas, civiles o penales de los servidores y/o funcionarios si las hubiera, en el caso de que el desabastecimiento se produzca como consecuencia del obrar negligente. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, conforme a Ley, debiendo hacerse de conocimiento al CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica, anexando el Informe Tecnico Legal y demas actuados. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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