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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (16/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de febrero de 2007 339788 Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Administración, Plani fi cación y Presupuesto, Procesos y Depuración Registral, Operaciones Registrales y Recursos Humanos, las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 27698-2 Modifican resolución referente a la designación de funcionarios responsables de brindar información a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 088-2007-JEF/RENIEC Lima, 15 de febrero de 2007VISTOS:El Ofi cio Nº 620-2007-GOR/RENIEC y las Resoluciones Jefaturales Nºs. 736-2006 y 060-2007-JEF/RENIEC ; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, todas las actividades y disposiciones de las Entidades están sometidas al principio de publicidad, lo que implica para las Instituciones de la Administración Pública la obligación de proporcionar a los ciudadanos la información que posea o produzca así como permitirles solicitar la información pública durante el horario de atención; Que, para dicho fi n, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8º de la norma acotada y el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, las Entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información y a los funcionarios responsables en cada o fi cina desconcentrada; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 736-2006- JEF/RENIEC de fecha 1 de agosto del 2006, modi fi cada por Resoluciones Jefaturales Nº 817 y 916-2006-JEF/RENIEC de fechas 5 de setiembre y 10 de octubre de 2006, respectivamente, se aprobó la designación de funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público a que hace referencia la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, encargo que recayó en los Jefes Regionales, de acuerdo al ámbito de su jurisdicción, encontrándose entre los mismos el Abogado Marco Antonio Garrido Bodero, entonces Jefe Regional 6 Huancayo; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 060-2007- JEF/RENIEC de fecha 30 de enero de 2007, se ha designado al Abogado Jhonny Roberty Palma Fuentes, como nuevo Jefe Regional 6 Huancayo de la Gerencia de Operaciones Registrales, dando por concluida la designación del Abogado Marco Antonio Garrido Bodero; Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en la Constitución Política, en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car el artículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/RENIEC, modi fi cada por las Resoluciones Jefaturales Nº 817 y 916- 2006-JEF/RENIEC, respecto a la designación del Abog. Marco Antonio Garrido Bodero, extremo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- Designar como funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público, a que se re fi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a las siguientes personas: - Abog. Jhonny Roberty Palma Fuentes, representante de la Jefatura Regional Huancayo. - (...)” Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 27698-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la conversión en agencia de oficina especial en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 105-2007 Lima, 31 de enero de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura) para que se le autorice la conversión en agencia de su O fi cina Especial ubicada en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B” mediante Informe Nº 041- 2007-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura), la conversión en agencia de su O fi cina Especial ubicada en el Jr. Bolognesi s/n - Centro Cívico, distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto deBanca y Micro fi nanzas 27106-1