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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339815 CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la serv idumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Celda de Derivación y Medición (CDM) para Servicio Público de Electricidad Nº 12161T, ubic ada con frente a la Avenida Francisco Bolognesi Nº 495, Urbanización Los Ficus, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 12,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la Celda de Derivación y Medición para Servicio Público de Electricidad CDM Nº 12161T, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de con fecha 1 de diciembre de 2003, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 335-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la Celda de Derivación y Medición para Servicio Público de Electricidad CDM Nº 12161T, ubicada con frente a la Avenida Francisco Bolognesi Nº 495, Urbanización Los Ficus, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 1º de diciembre de 2003, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de ServidumbreTipo de PropiedadTipo de terreno 31186406 Celda de Derivación y Medición para Servicio Público de Electricidad CDM Nº 12161 T,Ubicación: distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: (PSAD 56) Vértice Norte Este A 8 666 925,937 285 808,675 B 8 666 929,602 285 807,073 C 8 666 928,401 285 804,324 D 8 666 924,736 285 805,926Suelo: 12,00 m² y sus aires.Privada Urbano Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 26005-4RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2007-MEM/DM Lima, 7 de febrero de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31190106, or ganizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 0 0001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de rec onocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5325; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96- EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5325, ubicada en el Lote 4, Manzana J, con frente a la calle La Cuesta, Urbanización los Alamos de Monterrico, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 13,50 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5325, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 18 de octubre de 2002, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 334-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5325, ubic ada en el Lote 4, Manzana J, con frente a la Calle La Cuesta, Urbanización los Alamos de Monterrico, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, constit uida mediante Testimonio de Escritura Pública de fecha 18 de octubre de 2002, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de ServidumbreTipo de PropiedadTipo de terreno 31190106 S ubestación de Distribución Eléctrica Nº 5325 Ubicación: distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de LimaCoordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 866 1070,89 287 189,46 B 866 1072,88 287 191,70 C 866 1076,25 287 188,72 D 866 1074,26 287 186,47 Suelo, subsuelo y aires : 13,50 m²Privada Urbano