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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339829 conocimiento de la autoridad competente los hechos antes descritos; Que, por los fundamentos expuestos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa Judicial del Estado, modi fi cado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 26487 Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra el presunto responsable comprendido en los documentos de vistos, remitiéndose para tal efecto los antecedentes administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional 27820-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 087-2007-JEF/RENIEC Mediante O fi cio Nº 096-2007-SGEN/RENIEC, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 087-2007-JEF/RENIEC, publicada en la edición del 16 de febrero de 2007. DICE: Con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de conformidad con el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC; DEBE DECIR: Con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de conformidad con el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; 27994-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana a modificar dirección de oficina especial ubicada en el departamento de Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 141-2007 Lima, 8 de febrero de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana (en adelante, CMAC Sullana), para que modi fi que la dirección de su O fi cina Especial ubicada en el distrito de Tambogrande, en la provincia y departamento de Piura, autorizada con la Resolución SBS Nº 1140-2006; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 1140-2006 del 4.9.2006 se autorizó a la CMAC Sullana la apertura de dos (2) O fi cinas Especiales, con las direcciones señaladas en la Carta Nº 680-2006-G/CMAC-S, respecto a una de las cuales ubicada en el distrito de Tambogrande, provincia y departamento de Piura, a través de la Carta Nº 1030-2006-G/CMAC-S se solicita modi fi car la dirección; y, Que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente requerida para la autorización solicitada; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 046- 2007-DEM“B”; y, De conformidad con la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular N° CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas pro Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana (CMAC Sullana) a modi fi car la dirección de su O fi cina Especial ubicada en el distrito de Tambogrande, en la provincia y departamento de Piura, a la siguiente dirección: Jr. Lima Nº 316, distrito de Tambogrande, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 27573-1 Modifican el Reglamento de Transpa- rencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema financiero, aprobado mediante Res. SBS Nº 1765-2005 RESOLUCIÓN SBS Nº 144-2007 Lima, 9 de febrero de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28587 se aprobó la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros, que establece disposiciones adicionales y especí fi cas a las contenidas en la Ley de Protección al Consumidor destinadas a dar una mayor protección a los consumidores de servicios fi nancieros; Que, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28587, esta Superintendencia aprobó, mediante Resolución SBS Nº 1765-2005 de fecha 29 de noviembre de 2005, el Reglamento de transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema fi nanciero, en adelante el Reglamento, estableciendo las normas de carácter reglamentario necesarias para el cumplimiento de la referida Ley; Que, a fi n de propiciar una mayor transparencia de información que permita un mejor análisis comparativo por parte de los usuarios, se considera necesario establecer en el Reglamento la obligación de incorporar la tasa de costo efectivo anual en las simulaciones que se efectúen a través