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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339822 públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Gonzalo Alonso Zapater Vargas-Quintanilla, Director General de México, Centroamérica y El Caribe de la Subsecretaría para Asuntos de América, el 20 de febrero de 2007, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, para integrar la delegación o fi cial que acompañará al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Antonio García Belaunde, en la Visita de Trabajo que efectuará a los Estados Unidos Mexicanos. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogará la aplicación de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Gonzalo Alonso Zapater Vargas-Quintanilla 1,662.32 220.00 1+1 440.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión el funcionario diplomático citado en el artículo primero de la presente Resolución, deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 28197-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Lineamientos para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en Proyectos Portuarios a nivel de estudio definitivo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2007-MTC/16 Lima, 26 de enero de 2007 Visto, el Informe Nº 024-2006-MTC/16.SRA mediante el que se solicita la expedición de resolución directoral para la aprobación de Lineamientos para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en Proyectos Portuarios, a nivel de estudio de fi nitivo; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas de conservación del medio ambiente del Subsector, con el fi n de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte, así como de conducir los procesos de expropiación y reubicación que las mismas requieran, teniendo entre sus funciones, la de formular y proponer políticas, estrategias y proyectos de normas socio-ambientales para el subsector; Que, en ese sentido y en concordancia con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791, se determinó como una de las funciones de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, la de velar por el cumplimiento de las normas de conservación del medio ambiente del subsector, con el fi n de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 58º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, los ministerios y sus respectivos organismos públicos descentralizados, así como los organismos regulatorios o de fi scalización, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias señaladas en la ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 17º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las autoridades sectoriales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, de conformidad con la Política Ambiental Nacional y las políticas sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental; Que, de conformidad con lo que indica el artículo 34º de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, las autorizaciones, habilitaciones, permisos, o contratos de cualquier índole que se celebren con personas de derecho privado para el ejercicio de actividades portuarias, deberán contener cláusulas expresas, por las que ambas partes declaran conocer, adecuarse y someterse expresamente a la legislación nacional vigente, las regulaciones internacionales, y al que se establezca en cada proyecto o actividad para defensa del medio ambiente; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 132º del Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, en materia ambiental portuaria, la autoridad competente es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Asuntos Socio- Ambientales; Que, mediante Informe Nº 024 2006MTC/16.SRA, se remitió el documento que contiene los Lineamientos para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en Proyectos Portuarios a nivel de estudio de fi nitivo, con la fi nalidad de defi nir los impactos que generan la construcción, operación y cierre de la infraestructura portuaria, así como mitigar y prevenir el deterioro ambiental que podrían causar las operaciones futuras del puerto; Que, en esos mismos términos, a fi n de lograr una efectiva gestión socio ambiental en el Subsector Transportes y el desarrollo de instrumentos socio ambientales orientados a proteger el ambiente y los recursos naturales, tales como estudios de impacto ambiental y planes de adecuación y manejo ambiental en proyectos portuarios, entre otros, es necesario dictar las disposiciones necesarias que brinden los lineamientos no restrictivos para su elaboración y correcta implementación, que permitan una evaluación del impacto ambiental segura y e fi ciente, por lo que resulta procedente emitir la resolución directoral de aprobación correspondiente, y a fi n de otorgarle publicidad, remitirla al diario o fi cial para su publicación; De conformidad con lo establecido por la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, Ley Nº 27746 y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR los Lineamientos para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en Proyectos Portuarios, a nivel de estudio definitivo, remitidos mediante Informe Nº 024-2006-MTC/SRA, y que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- REMITIR el presente texto al Diario O fi cial El Peruano, para su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora General Dirección General de Asuntos Socio Ambientales