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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339823 REPÚBLICA DEL PERÚ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SOCIO-AMBIENTALES LINEAMIENTOS PARA ELABORAR ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO EN PROYECTOS PORTUARIOS SUBSECTOR TRANSPORTES Noviembre 2006 LIMA-PERU LINEAMIENTOS PARA ELABORAR ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO EN PROYECTOS PORTUARIOS INTRODUCCIÓN La elaboración del presente documento tiene como fi nalidad brindar los lineamientos, no restrictivos, para el desarrollo de Estudios de Impacto Ambiental-EIA del Sistema Portuario Nacional, el mismo que se basa en el Artículo 132º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional mediante el cual se designa a la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales-DGASA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC como la autoridad competente en tema ambient al y por tanto será la entidad responsable de velar y exigir su cumplimiento. Lafi nalidad de desarrollar un EIA es de fi nir los impactos que generan la construcción, operación y cierre de la infraestructura portuaria, así como mitigar y prevenir el deterioro ambiental que podrían causar las operaciones futuras del puerto. En tal sentido, es recomendable que las Administraciones Portuarias realicen sus actividades en base a un Sistema de Gestión Ambiental Integrado, a fi n de que puedan controlar y mitigar los impactos ambientales. OBJETIVO DEL EIAEl Estudio de Impacto Ambiental tiene como objetivos primordiales: - Presentar el diagnóstico ambiental pre-operacional del proyecto. - Realizar la descripción de las actividades del proyecto con énfasis en aquellas que presenten un mayor potencial de afectación sobre los componentes ambientales. - Identi fi car los impactos ambientales potenciales en la etapa de construcción y operación de la infraestructura portuaria. - Proponer un Plan de Manejo Socio-Ambiental que contenga las medidas protecc ión, prevención, atenuación, restauración y compensación de los efectos perjudiciales que se produzcan. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DOCUMENTOEl ámbito de aplicación del documento son los puertos marítimos, fl uviales y lacustres del Sistema Portuario Nacional. NIVEL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA EN EL ÁMBITO PORTUARIO Los Estudios de Impacto Ambiental para proyectos portuarios deben enmarcarse en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) que de fi ne el Ciclo de un Proyecto en tres fases: - Preinversión : Estudios de per fi l, prefactibilidad y factibilidad - Inversión : Estudios de fi nitivos o expediente técnico - Post-Inversión : Operación, mantenimiento y evaluación ex post Los lineamientos presentados en el presente documento, se aplican para un Estudio De fi nitivo. Para los Proyectos de Preinversión a nivel de per fi l, prefactibilidad y factibilidad se considerarán los Anexos SNIP-05, SNIP-06 y SNIP-07 y los lineamientos que la Dirección General de Asuntos-Ambientales emita para cada caso en particular. CONTENIDO DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO RESUMEN EJECUTIVO CAPÍTULO IASPECTOS GENERALES:Se considerará: - Una visión general de las operaciones que están involucradas en las actividades del puerto, teniendo en cuenta las ampliaciones o remodelaciones. - Antecedentes del proyecto.- Justi fi cación del proyecto. - Objetivos del proyecto.- Metodología aplicada para desarrollar el EIA incluyendo una secuencia de actividades y las etapas del proyecto en el aspecto ambiental. - Breve descripción de los componentes ambientales. CAPÍTULO IIMARCO LEGAL E INSTITUCIONAL:Se deberá indicar la legislación ambiental existente en el ámbito nacional relacionada con el proyecto, así como también las instituciones que coordinan la implementación del EIA. MARCO LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley General del Ambiente: Ley Nº 28611, publicada el 13 de octubre de 2005. - Ley del Sistema Portuario Nacional: Ley Nº 27943, publicada el 1 de marzo de 2003. - Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional: D. S. Nº 003-2004-MTC, publicado el 4 de febrero de 2004. - Ley General de Residuos Sólidos: Ley Nº 27314, publicada el 20 julio del 2000. - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA): Ley Nº 28245, publicada el 4 de junio de 2004. - Reglamento de la Ley Nº 28245, Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM del 28 de enero de 2005. - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental: Ley Nº 27446, publicada el 23 de abril del 2001. - Ley General de Expropiaciones: Ley Nº 27117.- Ley Orgánica de Municipalidades: Ley Nº 23853.- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: Ley Nº 27791. - Ley de Sistema Nacional de Inversión Pública : Ley Nº 27293 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación: Ley Nº 28296, publicada el 22 de julio de 2004. - Texto Único de Procedimentos Administrativos: D.S. Nº 016-2005-MTC, publicado el 29 de junio de 2005 - Reglamento de Investigaciones Arqueológicas: R.S. Nº 004-2000-ED, publicado el 25 de enero de 2000. - Reglamento de la Resolución Ministerial Nº 116-2003- MTC/02 a través de la Resolución Directoral Nº 004-2003-MTC/16, emitida por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, publicada el 30 de marzo del 2003. - Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional: D.S. Nº 034-2004-MTC, publicado el 22 de agosto de 2004. - Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC: Plan Nacional de Desarrollo Portuario-PNDP, publicado el 19 de marzo de 2005. - Reglamento de la Resolución Ministerial Nº 116- 2003-MTC/02 a través de la Resolución Directoral Nº 004-2003-MTC/16, emitida por la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales, publicada el 30 de marzo del 2003. - Plan Nacional de Desarrollo Portuario-PNDP, D. S. Nº 006-2005-MTC publicado el 19 de marzo de 2005. - Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimientos de Desechos y otras Materias o Convención de Londres sobre Vertimientos, en vigor internacional desde 1975. Se re fi ere al vertimiento de