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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (18/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 132

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339994 las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos cuyas unidades cumplan con todas las condiciones establecidas en la Nota 5 B) del Capítulo 84 y constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, una unidad de entrada (por ejemplo: un teclado o un lector) y una unidad de salida (por ejemplo: un visualizador o una impresora). 2. La subpartida 8482.40 se aplica solamente a los rodamientos con rodillos cilíndricos de un diámetro constante inferior o igual a 5 mm y cuya longitud sea superior o igual a tres veces el diámetro del rodillo. Los rodillos pueden estar redondeados en sus extremos. Notas Complementarias.1. A los efectos de la subpartida NANDINA 8409.91.91, se entiende por «equipo para la conversión del sistema de carburación de vehículos automóviles para su funcionamiento con gas combustible», al equipo constituido por los siguientes elementos: reductor de la presión del gas, adaptador para el carburador (con o sin elemento fi ltrante), mezclador de aire-gas, electroválvulas de gasolina y gas, módulo electrónico de control de chispa, selector de combustible de gas/gasolina, indicador electrónico del gas, manómetro de llenado, válvula manual de cierre y alivio, con o sin depósito de gas, conexiones y cables indispensables para su instalación. 2. Se entiende por «máquinas rectilíneas de tricotar de uso doméstico», comprendidos en la subpartida 8447.20.10, las que posean una o dos camas de menos de 7 agujas por cada 2,54 cm (pulgada lineal). Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 84.01 Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica. 8401.10.00.00 - Reactores nucleares 0 8401.20.00.00 - Máquinas y aparatos para la separación isotópica, y sus partes0 8401.30.00.00 - Elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar 0 8401.40.00.00 - Partes de reactores nucleares 0 84.02 Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefacción central concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión; calderas denominadas «de agua sobrecalentada». - Calderas de vapor: 8402.11.00.00 - - Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 45 t por hora0 8402.12.00.00 - - Calderas acuotubulares con una producción de vapor inferior o igual a 45 t por hora0 8402.19.00.00 - - Las demás calderas de vapor, incluidas las calderas mixtas0 8402.20.00.00 - Calderas denominadas «de agua sobrecalentada» 0 8402.90.00.00 - Partes 0 84.03 Calderas para calefacción central, excepto las de la partida 84.02. 8403.10.00.00 - Calderas 0 8403.90.00.00 - Partes 0 84.04 Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 84.02 u 84.03 (por ejemplo: economizadores, recalentadores, deshollinadores o recuperadores de gas); condensadores para máquinas de vapor. 8404.10.00.00 - Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 84.02 u 84.030 8404.20.00.00 - Condensadores para máquinas de vapor 0 8404.90.00.00 - Partes 0 84.05 Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores. 8405.10.00.00 - Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores0 8405.90.00.00 - Partes 0 84.06 Turbinas de vapor.Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 8406.10.00.00 - Turbinas para la propulsión de barcos 0 - Las demás turbinas: 8406.81.00.00 - - De potencia superior a 40 MW 0 8406.82.00.00 - - De potencia inferior o igual a 40 MW 08406.90.00.00 - Partes 0 84.07 Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión). 8407.10.00.00 - Motores de aviación 0 - Motores para la propulsión de barcos: 8407.21.00.00 - - Del tipo fueraborda 08407.29.00.00 - - Los demás 0 - Motores de émbolo (pistón) alternativo de los tipos utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87: 8407.31.00.00 - - De cilindrada inferior o igual a 50 cm 30 8407.32.00.00 - - De cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm30 8407.33.00.00 - - De cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1.000 cm30 8407.34.00.00 - - De cilindrada superior a 1.000 cm30 8407.90.00.00 - Los demás motores 0 84.08 Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel). 8408.10.00.00 - Motores para la propulsión de barcos 0 8408.20 - Motores de los tipos utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87: 8408.20.10.00 - - De cilindrada inferior o igual a 4.000cm30 8408.20.90.00 - - Los demás 08408.90 - Los demás motores:8408.90.10.00 - - De potencia inferior o igual a 130 kW (174 HP) 08408.90.20.00 - - De potencia superior a 130 kW (174 HP) 0 84.09 Partes identi fi cables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 84.07 u 84.08. 8409.10.00.00 - De motores de aviación 0 - Las demás: 8409.91 - - Identi fi cables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de émbolo (pistón) de encendido por chispa: 8409.91.10.00 - - - Bloques y culatas 0 8409.91.20.00 - - - Camisas de cilindros 08409.91.30.00 - - - Bielas 08409.91.40.00 - - - Embolos (pistones) 08409.91.50.00 - - - Segmentos (anillos) 08409.91.60.00 - - - Carburadores y sus partes 08409.91.70.00 - - - Válvulas 08409.91.80.00 - - - Cárteres 0 - - - Las demás: 8409.91.91.00 - - - - Equipo para la conversión del sistema de carburación de vehículos automóviles para su funcionamiento con gas combustible 0 8409.91.99.00 - - - - Las demás 0 8409.99 - - Las demás:8409.99.10.00 - - - Émbolos (pistones) 08409.99.20.00 - - - Segmentos (anillos) 08409.99.30.00 - - - Inyectores y demás partes para sistemas de combustible0 8409.99.40.00 - - - Bloques y culatas 0 8409.99.50.00 - - - Camisas de cilindros 08409.99.60.00 - - - Bielas 08409.99.70.00 - - - Válvulas 08409.99.80.00 - - - Cárteres 0 - - - Las demás: 8409.99.91.00 - - - - Guías de válvulas 08409.99.92.00 - - - - Pasadores de pistón 08409.99.99.00 - - - - Las demás 0 84.10 Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores. - Turbinas y ruedas hidráulicas: 8410.11.00.00 - - De potencia inferior o igual a 1.000 kW 08410.12.00.00 - - De potencia superior a 1.000 kW pero inferior o igual a 10.000 kW0 8410.13.00.00 - - De potencia superior a 10.000 kW 0 8410.90.00.00 - Partes, incluidos los reguladores 12 84.11 Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas. - Turborreactores: 8411.11.00.00 - - De empuje inferior o igual a 25 kN 08411.12.00.00 - - De empuje superior a 25 kN 0 - Turbopropulsores: 8411.21.00.00 - - De potencia inferior o igual a 1.100 kW 08411.22.00.00 - - De potencia superior a 1.100 kW 0