Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2007 (18/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

339994

NORMAS LEGALES
Codigo 8406.10.00.00 8406.81.00.00 8406.82.00.00 8406.90.00.00 84.07 -

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de febrero de 2007 Designacion de la Mercancia Turbinas para la propulsion de barcos Las demas turbinas: - De potencia superior a 40 MW - De potencia inferior o igual a 40 MW Partes A/V 0 0 0 0 A/V Adic

las maquinas automaticas para tratamiento o procesamiento de datos cuyas unidades cumplan con todas las condiciones establecidas en la Nota 5 B) del Capitulo 84 y constituidas, al menos, por una unidad central de MORDAZA, una unidad de entrada (por ejemplo: un teclado o un lector) y una unidad de salida (por ejemplo: un visualizador o una impresora). 2. La subpartida 8482.40 se aplica solamente a los rodamientos con rodillos cilindricos de un diametro MORDAZA inferior o igual a 5 mm y cuya longitud sea superior o igual a tres veces el diametro del rodillo. Los rodillos pueden estar redondeados en sus extremos. Notas Complementarias. 1. A los efectos de la subpartida NANDINA 8409.91.91, se entiende por «equipo para la conversion del sistema de carburacion de vehiculos automoviles para su funcionamiento con gas combustible», al equipo constituido por los siguientes elementos: reductor de la presion del gas, adaptador para el carburador (con o sin elemento filtrante), mezclador de aire-gas, electrovalvulas de gasolina y gas, modulo electronico de control de chispa, selector de combustible de gas/ gasolina, indicador electronico del gas, manometro de llenado, valvula manual de cierre y alivio, con o sin deposito de gas, conexiones y cables indispensables para su instalacion. 2. Se entiende por «maquinas rectilineas de tricotar de uso domestico», comprendidos en la subpartida 8447.20.10, las que posean una o dos camas de menos de 7 agujas por cada 2,54 cm (pulgada lineal).
Codigo Designacion de la Mercancia A/V A/V Adic

Motores de embolo (piston) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosion). Motores de aviacion Motores para la propulsion de barcos: - Del MORDAZA fueraborda - Los demas Motores de embolo (piston) alternativo de los tipos utilizados para la propulsion de vehiculos del Capitulo 87: - De cilindrada inferior o igual a 50 cm3 - De cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm3 - De cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1.000 cm3 - De cilindrada superior a 1.000 cm3 Los demas motores 0 0 0

8407.10.00.00 8407.21.00.00 8407.29.00.00

8407.31.00.00 8407.32.00.00 8407.33.00.00 8407.34.00.00 8407.90.00.00 84.08 8408.10.00.00 8408.20 8408.20.10.00 8408.20.90.00 8408.90 8408.90.10.00 8408.90.20.00 84.09

0 0 0 0 0

Motores de embolo (piston) de encendido por compresion (motores Diesel o semi-Diesel). Motores para la propulsion de barcos Motores de los tipos utilizados para la propulsion de vehiculos del Capitulo 87: - De cilindrada inferior o igual a 4.000cm3 - Los demas Los demas motores: - De potencia inferior o igual a 130 kW (174 HP) - De potencia superior a 130 kW (174 HP) 0 0 0 0 0

84.01

Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; maquinas y aparatos para la separacion isotopica. Reactores nucleares Maquinas y aparatos para la separacion isotopica, y sus partes Elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar Partes de reactores nucleares 0 0 0 0

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 84.07 u 84.08. De motores de aviacion Las demas: - Identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa: - - Bloques y culatas - - Camisas de cilindros - - Bielas - - Embolos (pistones) - - Segmentos (anillos) - - Carburadores y sus partes - - Valvulas - - Carteres - - Las demas: - - - Equipo para la conversion del sistema de carburacion de vehiculos automoviles para su funcionamiento con gas combustible - - - Las demas - Las demas: - - Embolos (pistones) - - Segmentos (anillos) - - Inyectores y demas partes para sistemas de combustible - - Bloques y culatas - - Camisas de cilindros - - Bielas - - Valvulas - - Carteres - - Las demas: - - - Guias de valvulas - - - Pasadores de piston - - - Las demas 0

8409.10.00.00 8409.91 8409.91.10.00 8409.91.20.00 8409.91.30.00 8409.91.40.00 8409.91.50.00 8409.91.60.00 8409.91.70.00 8409.91.80.00 8409.91.91.00 8409.91.99.00 8409.99 8409.99.10.00 8409.99.20.00 8409.99.30.00 8409.99.40.00 8409.99.50.00 8409.99.60.00 8409.99.70.00 8409.99.80.00 8409.99.91.00 8409.99.92.00 8409.99.99.00 84.10 0 0 0 8410.11.00.00 8410.12.00.00 8410.13.00.00 8410.90.00.00 84.11 0 8411.11.00.00 8411.12.00.00 8411.21.00.00 8411.22.00.00

8401.10.00.00 8401.20.00.00 8401.30.00.00 8401.40.00.00 84.02

Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefaccion central concebidas para producir agua caliente y tambien vapor a baja presion; calderas denominadas «de agua sobrecalentada». Calderas de vapor: - Calderas acuotubulares con una produccion de vapor superior a 45 t por hora - Calderas acuotubulares con una produccion de vapor inferior o igual a 45 t por hora - Las demas calderas de vapor, incluidas las calderas mixtas Calderas denominadas «de agua sobrecalentada» Partes 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

8402.11.00.00 8402.12.00.00 8402.19.00.00 8402.20.00.00 8402.90.00.00 84.03 8403.10.00.00 8403.90.00.00 84.04

Calderas para calefaccion central, excepto las de la partida 84.02. Calderas Partes 0 0

Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 84.02 u 84.03 (por ejemplo: economizadores, recalentadores, deshollinadores o recuperadores de gas); condensadores para maquinas de vapor. Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 84.02 u 84.03 Condensadores para maquinas de vapor Partes

8404.10.00.00 8404.20.00.00 8404.90.00.00 84.05

Turbinas hidraulicas, ruedas hidraulicas y sus reguladores. Turbinas y ruedas hidraulicas: - De potencia inferior o igual a 1.000 kW - De potencia superior a 1.000 kW pero inferior o igual a 10.000 kW - De potencia superior a 10.000 kW Partes, incluidos los reguladores 0 0 0 12

Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por via humeda, incluso con sus depuradores. Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por via humeda, incluso con sus depuradores Partes

8405.10.00.00

Turborreactores, turbopropulsores y demas turbinas de gas. Turborreactores: - De empuje inferior o igual a 25 kN - De empuje superior a 25 kN Turbopropulsores: - De potencia inferior o igual a 1.100 kW - De potencia superior a 1.100 kW 0 0 0 0

8405.90.00.00 84.06

-

0

Turbinas de vapor.

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