Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2007 (26/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de febrero de 2007

Gerencia de Administracion y la Opinion Legal Nº 0282007-AJ/YTT/MDP, de fecha 12 de febrero del 2007, del Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, todas ellas poniendo en consideracion del concejo, la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion por Desabastecimiento Inminente para la adquisicion de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de Pichanaqui. CONSIDERANDO: Que, el inciso "C" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las Adquisiciones y contrataciones que se realicen por "Desabastecimiento Inminente". Que, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible, en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra que compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la Adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el Subgerente de Desarrollo Economico y Social mediante Informe Nº 053-SGDES/MDP/2007 de fecha 12 de febrero del 2007, expresa su preocupacion porque aun no se cumple con la entrega de las raciones alimenticias correspondientes al mes de enero del presente ano y, a la vez comunica que segun lo establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento a probados por Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, es competencia del Comite Especial organizar y ejecutar cada MORDAZA de seleccion desde la preparacion de las Bases Administrativas hasta que la Buena Pro quede consentida, y administrativamente firme. Para tal efecto, tiene que elaborar las bases, convocar al MORDAZA, absolver las consultas y observaciones, evaluar las propuestas, otorgar la buena pro, declarar desierto de ser el caso o inclusive, atender los recursos impugnatorios de Apelacion. Los plazos estan dados en dias habiles y la publicacion tiene que efectuarse obligatoriamente en el sistema electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE. El cumplimiento de este MORDAZA requiere aproximadamente de 30 dias habiles, asumiendo que no se produzca impugnacion alguna al proceso; lo cual constituye el sustento tecnico de la ejecucion de exoneracion para adquirir Leche Evaporada Entera y Hojuelas de Quinua MORDAZA para atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche del Distrito de Pichanaqui. Que, mediante Informe Nº 017-2007-SGA/MDP, de fecha 12 de febrero del 2007, recomienda adoptar la declaratoria de desabastecimiento inminente por los meses de enero a marzo 2007 con el presupuesto total aprobado y acumulado de S/. 179,814.24 Nuevos Soles, con el valor referencial mensual de S/. 59,938.08 Nuevos Soles segun la R.A. Nº 014-2007-MDP de aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2007 y no dejar desabastecido todo el mes de Marzo 2007, para la atencion inmediata de los beneficiarios del programa del Vaso de Leche. Que, con Opinion Legal Nº 028-2007-AJ/YTT/ MDP, de fecha 12 de febrero del 2007, el Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, senala que el informe Tecnico precedente senalado, cumple con establecer la existencia de una causal de Desabastecimiento Inminente de los productos Leche Evaporada Entera y Hojuelas de Quinua MORDAZA, teniendo en cuenta que la actual administracion municipal ha asumido la responsabilidad recientemente el 1 de enero del 2007, razon por la cual se tienen que asumir las

medidas pertinentes para la continuidad en el suministro de dichos productos a los beneficiarios, lo que constituye la justificacion tecnica y necesidad de exoneracion, por lo que opina que es procedente realizar exoneracion de MORDAZA de seleccion para la adquisicion de productos del Programa del Vaso de Leche por desabastecimiento inminente; el mismo que debe ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo. Que, de los documentos adjuntados se desprende que la solicitud de exoneracion se enmarca en la Situacion de Desabastecimiento Inminente presentada ante una situacion extraordinaria e imprevisible, pues a la fecha se evidencia la ausencia de los productos alimenticios que impedirian la continuidad de las actividades que el programa tiene a su cargo, la nueva administracion edilicia ha asumido la responsabilidad el 1 de enero del 2007 y existen plazos que se deben cumplir en toda adquisicion de bienes segun lo establece el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su reglamento aprobados por Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004PCM. Que, la Municipalidad Distrital de Pichanaqui aprobo su presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ejercicio fiscal 2007 mediante Acuerdo de Concejo Nº 127-2006-MDP de fecha 15 de Diciembre del 2006, promulgada con Resolucion de Alcaldia Nº 014-2007-MDP, del 4 de enero del 2007, en la cual se ha considerado la suma de S/. 179,814.24 Nuevos Soles. Estando a lo expuesto, el concejo municipal en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa de la lectura del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente, hasta por 90 dias, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, para lo cual deberan de iniciarse las acciones que correspondan, de acuerdo al Articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.Exonerar el MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente, para la Adquisicion de Leche Evaporada entera y Hojuelas de Quinua MORDAZA, en cumplimiento de lo dispuesto por el texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y demas normas legales emitidas para tal efecto. Articulo Tercero.- La Fuente de financiamiento correspondiente es con cargo a los recursos asignados en el presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2007 de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, al programa del Vaso de Leche, con la Fuente de Financiamiento 01- Recursos Ordinarios, Especifica de Gastos 5.3.11.24 Alimentos para personas. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Logistica y Servicios Generales, efectuar la adquisicion bajo la modalidad establecida en el Articulo 148º del reglamento de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo Quinto.Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El peruano y su notificacion a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUJE MORDAZA 30460-1

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