Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2007 (26/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de febrero de 2007

ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban relacion de partidos politicos con derecho a espacio en radio y television de propiedad estatal en periodo no electoral
RESOLUCION GERENCIAL N° 002-2007-GSFP/ONPE MORDAZA, 24 de febrero de 2007 Vistos; el Memorandum Nº 033-2007-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios, del 13 de febrero de 2007, y el Informe Nº 011-2007-CMSCGAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica, del 15 de febrero de 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 1º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, en concordancia con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que cuenta con personeria de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera; siendo la autoridad MORDAZA en la organizacion y ejecucion de los procesos electorales, de referendum u otras consultas populares; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 41º de la Ley de Partidos Politicos, Nº 28094, los medios de comunicacion de titularidad del Estado estan obligados a otorgar mensualmente cinco minutos a cada partido politico con representacion en el Congreso para la difusion de sus propuestas y planteamientos estableciendo que le compete a la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (en adelante la "Gerencia") la asignacion de dichos espacios; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 10º del Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 060-2005-J-ONPE (en adelante el "Reglamento"), la Gerencia publico la relacion de partidos politicos con derecho a espacio no electoral que rige hasta la siguiente eleccion general, a traves de la Resolucion Gerencial Nº 001-2007-GSFP/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de febrero de 2007; Que, habiendo transcurrido el plazo establecido en el articulo 11º del Reglamento, y no habiendose presentado nuevas solicitudes de incorporacion de partidos politicos, corresponde aprobar la relacion de partidos politicos con derecho al espacio no electoral que regira hasta la proxima eleccion general; Que, segun el articulo 11º del Reglamento, se establece un plazo no mayor a 15 (quince) dias desde su notificacion, para impugnar la Resolucion ante la Jefa de la ONPE; Que, el articulo 12º del Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios senala que el orden de aparicion de los partidos politicos con derecho a espacio no electoral se determina mediante un sorteo, que rige por espacio de un ano, debiendose realizar un MORDAZA sorteo treinta (30) dias MORDAZA del inicio de un MORDAZA ano de emision, por lo que es necesario definir la lista de partidos politicos y alianzas de partidos con derecho a espacio para que puedan realizar la acreditacion o ratificar a sus representantes para la coordinacion de espacio no electoral ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales, conforme lo dispuesto por las normas MORDAZA senaladas; Que, el articulo 13º del Reglamento establece que cada partido politico debe acreditar a un representante

y su respectivo suplente, quienes son los unicos facultados para entregar y autorizar la difusion de las grabaciones a las estaciones de radio y television, por lo cual es necesario requerir a los partidos politicos con derecho a espacio en radio y television de propiedad estatal en periodo no electoral, para que procedan a acreditar a sus representantes y respectivos suplentes; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º al 13º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 060-2005-J-ONPE, y de conformidad con lo senalado en el literal j) y q) del articulo 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE, y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar que los partidos politicos debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Politicas con derecho a espacio en radio y television de propiedad estatal en periodo no electoral son los siguientes: Accion Popular Agrupacion Independiente Si Cumple Cambio 90 Nueva Mayoria Partido Aprista Peruano, Partido Democratico Somos Peru Partido Nacionalista Peruano Partido Popular MORDAZA Peru Posible Renovacion Nacional Restauracion Nacional Solidaridad Nacional Union por el Peru Articulo Segundo.- Requerir a los personeros legales de los partidos politicos senalados en el articulo primero para que acrediten, ante la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios, a sus representantes y respectivos suplentes a que se refiere el articulo 13º del Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 060-2005J-ONPE; dejandose MORDAZA que las referidas organizaciones politicas no podran hacer uso del espacio en radio y television de propiedad estatal en periodo no electoral en caso que no realicen la acreditacion requerida. Articulo Tercero.- La presente Resolucion podra ser impugnada ante la Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales dentro de un plazo no mayor a 15 (quince) dias desde su notificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. F. MORDAZA CHAN MORDAZA Gerente de Supervision de Fondos Partidarios (e) 30511-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1441-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de diciembre de 2006

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