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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de julio de 2007 349804 se han establecido los lineamientos de la política de acción de las O fi cinas Regionales de atención a las personas con discapacidad, con la fi nalidad de articular el accionar del CONADIS y los Gobiernos Regionales en bene fi cio de las personas con discapacidad; Que, a fi n de establecer procedimientos para evaluar y cali fi car las solicitudes de inscripción de las empresas promocionales para personas con discapacidad y contar con un instrumento técnico normativo que permita supervisar y administrar el Sistema del Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el cumplimiento de sus fi nes en materia de trabajo a través de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, órgano de línea de ámbito nacional, ha propuesto establecer un procedimiento para regular, cali fi car y supervisar el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad en las Direcciones de Promoción del Empleo, Formación Profesional y MYPES de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo y sus zonas de trabajo respectivas; Que, como consecuencia de lo señalado precedentemente, la Sub Dirección de Intermediación y Orientación laboral, en base a las observaciones y recomendaciones planteadas en el Taller Nacional de Transferencia Sectorial a Gobiernos Regionales, ha elaborado una Directiva de ámbito nacional, resultando conveniente emitir para tal efecto la Resolución Ministerial correspondiente; y, Con las visaciones del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nacional Nº 005 - 2007- MTPE/3/11.2 “Procedimiento para el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 2º.- Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional, darán estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente Directiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS PROMOCIONALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DIRECTIVA NACIONAL Nº 005-2007-MTPE/3/11.2 FORMULADA POR: DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL FECHA: junio 2007. I. OBJETIVO: Establecer procedimientos para evaluar y cali fi car las solicitudes de inscripción de las empresas promocionales para personas con discapacidad, así como para expedir las Constancias de Inscripción en el Registro. II. FINALIDAD:Contar con un instrumento técnico normativo que nos permita supervisar y administrar el sistema del Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad – REPPPD en las DRTPE a nivel nacional, lo que signi fi ca: • Uniformizar criterios para el cumplimiento de la norma.• Ejecutar, evaluar, cali fi car y supervisar el REPPPD en las Direcciones de Promoción del Empleo, Formación Profesional y MYPES de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo y sus Zonas de Trabajo respectivas. • Establecer y señalar los requisitos y procedimientos básicos a efectos de expedir las Constancias de Inscripción en el Registro. • Uniformizar los formatos de los modelos de registro, los mismos deben ser de cumplimiento y aplicación obligatoria a nivel nacional. III. BASE LEGAL:• Ley Nº 27050 – “Ley General de la Persona con Discapacidad” del 31 de diciembre de 1998. • Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH – “Reglamento de la Ley 27050 Ley General de la Persona con Discapacidad” del 5 de abril de 2000. • Resolución de Presidencia Nº 004-2000-P/CONADIS “Aprueban el Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad” del 9 de mayo de 2000. • Decreto Supremo Nº 001-2003-TR – “Crean el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad” del 9 de enero de 2003. • Ley Nº 27711 – “Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo” del 29 de abril de 2002. • Ley Nº 27444 – “Ley del Procedimiento Administrativo General” del 11 de abril de 2001. IV. ALCANCE:Direcciones de Promoción del Empleo, Formación Profesional y Micro y Pequeña Empresa (DPEFPyMYPES) y Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional. V. NORMAS- Se considera Empresa Promocional para Personas con Discapacidad a la constituida como persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial. - Las Empresas Promocionales pueden desarrollar cualquier tipo de actividad de producción, comercialización de bienes o prestación de servicios y que ocupen un mínimo de 30% de sus trabajadores con personas con discapacidad. - La inscripción tiene una vigencia de un (1) año, a cuyo vencimiento quedará sin efecto, y será cancelada automáticamente. - Las Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad serán personas naturales o jurídicas, que deben contar con un solo registro a nivel nacional. VI. MECÁNICA OPERATIVA6.1. RECEPCIÓN DE DOCUMENTOSLos documentos deberán ser presentados ante la Ofi cina de Trámite Documentario (Mesa de Partes) 6.2. DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOSLa Dirección de Promoción del Empleo y Formación Profesional o Zona de Trabajo y Promoción del Empleo como órgano competente, veri fi cará la Solicitud que en forma de Declaración Jurada ( VER ANEXO 1 ) es presentada por las personas naturales o jurídicas que soliciten el registro, los siguientes requisitos: - PARA PERSONAS JURÍDICAS:1. Copia de Escritura de Constitución y sus modi fi caciones, debidamente inscrita(s) en la O fi cina Registral. 2. Copia del Comprobante de Información Registrada de la SUNAT (RUC). 3. Copia del documento de identidad del representante legal de la empresa. 4. Declaración Jurada de la empresa solicitante, de acuerdo al formato ( VER ANEXO 2 ), de contar con no menos del 30% de sus trabajadores de personas con discapacidad, de los cuales el 80% deberá desarrollar actividades relacionadas directamente con el objeto social de la empresa.