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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349865 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM de fi ne y establece Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; precisando, en cada materia, a los Ministerios encargados de supervisar su cumplimiento; Que, el Artículo 3º del citado Decreto Supremo señala que mediante Resolución Ministerial, cada Sector deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para su evaluación semestral; Que, en orden a las citadas normas, la Secretaría General ha dispuesto el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM en el Sector PCM, y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha cumplido con coordinar con los Órganos, Organismos Públicos Descentralizados y Comisiones que forman parte de la Presidencia del Consejo de Ministros, para la presentación de las metas e indicadores de gestión correspondientes al año 2007, contenidas en el anexo que forma parte de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las metas e indicadores de desempeño de la Presidencia del Consejo de Ministros contenidas en 12 folios del anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, para concurrir al cumplimiento de las Políticas Nacionales dispuestas por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 87690-1 AGRICULTURA Disponen la publicación de memoria descriptiva y mapa que delimita la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 159-2007-INRENA Lima, 10 de julio de 2007 VISTO: El Informe Nº 173-2007-INRENA-IANP/DPANP, de fecha 15 de junio de 2007, elaborado por la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, por Decreto Supremo Nº 006-99-AG, publicado el 4 de marzo de 1999, se estableció la Zona Reservada Allpahuayo Mishana, sobre una super fi cie de 57,667 ha 4300 m2 (Cincuenta y siete mil seiscientas sesenta y siete hectáreas y cuatro mil trescientos metros cuadrados), ubicada en la provincia de Maynas y departamento de Loreto, con el objetivo principal de conservar la diversidad biológica y hábitat de los bosques de varillal y chamizal sobre arena blanca que pertenecen a la Ecorregión del Napo, así como, de los bosques inundables aledaños a la cuenca del río Nanay; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-AG, publicado el 16 de enero del 2004, se categorizó la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, sobre una super fi cie de 58,069 ha 9,000 m2 (Cincuenta y ocho mil sesenta y nueve hectáreas con nueve mil metros cuadrados), ubicada en la provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, el artículo 18º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de plani fi cación de carácter general y especí fi cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participación de los sectores correspondientes. Los Planes, una vez aprobados por la Autoridad Nacional Competente, constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, y el artículo 37º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG prescribe que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cada área natural protegida, el cual constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel de éstas, elaborados bajo un proceso participativo y revisados cada cinco (05) años, en el que se de fi ne la zoni fi cación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes especí fi cos requeridos y programas de manejo, y los marcos de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y su zona de amortiguamiento; Que, asimismo, el artículo 25º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y el artículo 61º de su reglamento de fi ne que Zonas de Amortiguamiento son aquellas zonas adyacentes a las Áreas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE, que por su naturaleza y ubicación requieren un tratamiento especial para garantizar la conservación del área protegida, debiendo el Plan Maestro de cada área natural protegida de fi nir la extensión que corresponda a su Zona de Amortiguamiento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 300-2001- INRENA, de fecha 13 de diciembre del 2001 se establece provisionalmente la Zona de Amortiguamiento de la Zona Reservada Allpahuayo Mishana; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 020-2005- INRENA, de fecha 3 de febrero de 2005, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 14 de abril del 2005; se aprobó el Plan Maestro de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, rede fi niéndose los límites de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana considerada en la Resolución Jefatural Nº 300-2001- INRENA; Que, con Informe Nº 173-2007-INRENA-IANP/DPANP, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas determina la necesidad de dar publicidad a la memoria descriptiva que defi ne los límites de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, así como su respectivo mapa, afi n de salvaguardar a dicha área natural protegida de actividades que pudiesen impactar negativamente sobre sus objetivos de conservación y en tanto se publicite la integridad de los planes maestros de las áreas en mención; Que, en atención a lo expuesto en el Informe señalado en el párrafo anterior, resulta necesaria e indispensable disponer la publicación de la memoria descriptiva y mapa de la Zona de Amortiguamiento de las mencionadas áreas naturales protegidas, de fi nida en su respectivo plan maestro, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 020-2005-INRENA; y, En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación de la memoria descriptiva y mapa que delimita la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana, precisado en el Plan Maestro de la citada área natural protegida y que como anexo forma parte de la presente resolución jefatural. Artículo 2º.- Encargar a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas el cumplimiento de la presente resolución jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO DE LA RESERVA NACIONAL ALLPAHUAYO MISHANA Base Cartográ fi ca: Carta Nacional IGN 1/100,000Código Nombre Datum Zona07-o Río Nanay WGS 84 18 07-p Iquitos WGS 84 18