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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349875 Instauran proceso administrativo disciplinario contra ex Director Ejecutivo del PARSSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2007-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2007 Vistos, el Informe Nº 076-2006-CG-OEA, Examen Especial al Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la provincia de Pasco”, ejecutado por el Programa de Apoyo a la Reforma al Sector Saneamiento - PARSSA” y el Acta Nº 001-2007-VIVIENDA/CH; CONSIDERANDO : Que, la Recomendación Nº 3 del Informe de vistos señala que el señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispone el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar del ingeniero Vicente Hernulfo Pinedo Manrique, ex Director Ejecutivo del ex Programa de Apoyo a la Reforma al Sector Saneamiento - PARSSA” y otro funcionario, comprendidos en texto del mencionado Informe; Que, el segundo párrafo del artículo 165º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que para el proceso de funcionarios se constituirá una Comisión Especial integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquía del procesado; Que, en razón a que el ex Director Ejecutivo del ex PARSSA, ostentaba el nivel de F5, es necesario, que sea procesado por una Comisión de alta jerarquía del Sector, la misma que fue creada mediante Resolución Ministerial Nº 055-2004-VIVIENDA, por la que designó al Comité de Honor encargado de llevar adelante estos procesos, conformado por el Viceministro de Construcción y Saneamiento, quien lo preside, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo y el Director General de Asesoría Jurídica, estos últimos en calidad de miembros; Que, artículo 175º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, señala que aun en el caso que haya concluido el vínculo laboral con el Estado y dentro de los términos señalados en el presente Reglamento, los funcionarios y servidores públicos son pasibles de ser sometidos a proceso administrativo disciplinario; Que, como resultado del Informe de vistos realizado por la Contraloría General de la República, se determinó responsabilidad administrativa funcional en el ingeniero Vicente Hernulfo Pinedo Manrique, ex Director Ejecutivo del ex Programa de Apoyo a la Reforma al Sector Saneamiento - PARSSA”, debido a que no consideró las normas del SNIP y las demás de la materia para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Provincia de Pasco” y, que siendo consiente de la viabilidad del mismo, permitió la exoneración al Ciclo del Proyecto de Inversión Pública de un Proyecto que ya había sido evaluado por la Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF; Que, posteriormente, emitió la Resolución Directoral Nº 138-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE, de fecha 24 de agosto del 2004, que aprobó el Expediente Técnico que contenía las modi fi caciones sustanciales al Estudio de Factibilidad del Proyecto, poniendo en riesgo una suma de S/21´125,534.83; Que, asimismo, aprobó los Términos de Referencia y las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en la provincia de Pasco”, sin percatarse de la existencia de documentación incongruente en el texto de las Bases, poniendo en riesgo potencial el propósito principal de la obra, pudiendo verse reducida y afectada signi fi cativamente, existiendo asimismo la posibilidad que PARSSA reconozca un exceso de S/. 8´588,078.48 en el valor de la mencionada obra;Que, adicionalmente, a través de Resoluciones Directorales, consintió que se hagan modi fi caciones sustanciales en el Expediente Técnico del proyecto en mención omitiendo incluir diversas partidas en el Expediente Técnico Final, trayendo como consecuencia una disminución del metrado de las Lagunas de Oxidación de 10 Ha a 7.69 Ha; permitió también modi fi caciones al Estudio de Factibilidad del Proyecto desarrollado realizado por el Consorcio Pasco, donde se consignó en el Sub Presupuesto 008, Planta de tratamiento de Aguas Servidas para el Trazo y Replanteo de la Laguna de Oxidación un Área de 6.00 Ha, y en el Plano D-PT-PG-02, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, Plano del Sistema, 1ra. Etapa de Ejecución, que conforma el Expediente Técnico, un Área total de 4.20 Ha, hechos que no garantizarían el cumplimiento del objeto para el cual las Lagunas de Oxidación fueron diseñadas, limitando la e fi ciencia del sistema colector, así como la posibilidad de un pago indebido al contratista por un monto ascendente a S/. 3´920,895.94, por la disminución de las partidas en el Expediente Técnico Final; Que, además, mediante Resolución Directoral Nº 100- 2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE, del 23 de junio del 2004, declaró fundada en parte la mencionada ampliación del plazo, que contaba con una seria de incoherencias, trayendo como consecuencia que la entidad aplique una la multa al Consorcio Pasco debido a un retraso de 18 días, sin considerar que existían 59 días calendario entre el 25 de marzo del 2004 y el 22 de mayo del 2004, que también debieron incluirse en el cálculo de la penalidad efectuada, este hecho habría ocasionado que el PARSSA deje de aplicar al Consorcio Pasco una penalidad de S/. 52,988.43; Que, del examen de los actuados contenidos en el Informe de vistos se aprecia que la recomendación efectuada para instaurar un proceso administrativo disciplinario al mencionado funcionario es pertinente; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM- Reglamento de la Carrera Administrativa, el proceso administrativo disciplinario será instaurado por resolución del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto; Que, en tal sentido corresponde, mediante Resolución Ministerial, instaurar el indicado proceso administrativo disciplinario al indicado funcionario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público” y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, “Reglamento de la Carrera Administrativa”; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario contra el señor ingeniero VICENTE HERNULFO PINEDO MANRIQUE, ex Director Ejecutivo del Programa a la Reforma al Sector Saneamiento, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Poner a disposición del funcionario a que se re fi ere el artículo primero, Informe Nº 076-2006- CG-OEA, Examen Especial al Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Provincia de Pasco”, ejecutado por el Programa de Apoyo a la Reforma al Sector Saneamiento - PARSSA”, emitido por la Contraloría General de la República, para losfi nes a que se contraen los artículos 168º, 169º, 170º y 171º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo 3º.- Poner en conocimiento del Comité de Honor del Sector Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el proceso administrativo que se instaura para que proceda de acuerdo a Ley. Regístrese y comuníquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 87668-1