Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2007 (24/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349871

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chimbote, las funciones de Presidente del Directorio de dicho organismo, en tanto se designe a su titular; Que, es necesario dar por concluida la citada encargatura, asi como designar a la persona que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26918, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la encargatura de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chimbote, quien retornara a sus funciones de Miembro de Directorio de la citada beneficencia. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA SICHEZ MORDAZA, como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

88042-1

Autorizan a procurador apersonarse, continuar e impulsar acciones iniciadas por el Presidente de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA en MORDAZA judicial sobre obligacion de dar suma de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 363-2007-MIMDES
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 Vistos, el Oficio Nº 1221-2007/INABIF.DE, emitido por la Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF y el Informe Nº 594-2007/ INABIF.DE-AL, emitido por el Jefe de Asesoria Legal del INABIF; CONSIDERANDO: Que, la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA interpuso ante el Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, una demanda de Obligacion de dar suma de dinero, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, para que cumpla con efectuar el pago de S/. 7,960.00 (Siete Mil Novecientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), mas intereses legales, costas y costos, a favor de la citada Beneficencia, por concepto de alquileres devengados hasta el mes de marzo de 2007, del inmueble de su propiedad sito en el Jr. MORDAZA Nº 387 Departamento Nº 401 - Puno; Que, del Acta de la Audiencia de Saneamiento y Conciliacion del referido MORDAZA llevada a cabo el dia 28 de MORDAZA de 2007, aparece que, habiendose detectado que el Presidente del Directorio de la Beneficencia demandante no acompana ningun documento que acredite que cuenta con la representacion para la defensa de los intereses del Estado en juicio, conforme al articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado y el Decreto Ley Nº 17537, el Juez concede al demandante un plazo de 10 dias para que subsane el defecto formal advertido; Que, por escrito presentado con fecha 11 de junio de 2007, el Procurador Publico del Sector se dirige al Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA sobre el Expediente Nº 2007-00207, solicitando la integracion de relacion procesal por existencia de litisconsorcio necesario activo, la cual fue declarada procedente mediante Resolucion Nº 05 de fecha 15 de junio de 2007, ordenandose la extromision del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rado, en representacion de la Sociedad de Beneficencia Publica de Puno; Que, por orden del Juez de la causa, con fecha 5 de MORDAZA de 2007, continuo la Audiencia de Saneamiento y Conciliacion, advirtiendo el juzgador que el Procurador Publico ha omitido acompanar la Resolucion Ministerial autoritativa para demandar, requisito formal subsanable para cuyo cumplimiento se concedio un plazo de diez dias habiles;

Que, de los considerandos anteriores, se ha podido comprobar que la interposicion de la demanda no cuenta con autorizacion ministerial, por lo que resultaria necesario que se expida la Resolucion Ministerial a fin de facultar a la Procuraduria Publica del MIMDES para interponer las acciones judiciales del caso y/o continuar las ya iniciadas; Que, el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado establece taxativamente que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores conforme a Ley; asimismo, el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, senala en su articulo 2° que los Procuradores de la Republica tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, denunciado o parte civil; y el articulo 12°, modificado por el Decreto Ley No.17667, establece para efectos que los Procuradores puedan demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial Autoritativa; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 249-2007-MIMDES/OGAJ-EAD; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado proceda a apersonarse, continuar e impulsar las acciones judiciales iniciadas por el Presidente de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA en el MORDAZA judicial seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Expediente numero Nº 2007-00207, sobre demanda de Obligacion de dar suma de dinero, en atencion a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

88043-1

Aprueban reubicacion laboral directa de profesional al INABIF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 364-2007-MIMDES
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 Vistos, el Memorandum Nº 92-2007-MIMDES/OGRH del Director General de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe Nº 028-2007-MIMDES/OGRH/ORP y el Oficio Nº 054-2007-MIMDES/OGRH/ORP del Jefe de la Oficina de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 27803 establece que procede reincorporar en sus puestos de trabajo o reubicar en cualquier otra entidad del Sector Publico y de los Gobiernos Locales, a los ex trabajadores que fueron cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente segun lo determinado por la Comision Ejecutiva creada por la citada Ley, sujetandose a la disponibilidad de plazas presupuestadas vacantes de caracter permanente correspondientes;

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