Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2007 (24/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2007

"Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA MORDAZA Quay S.A.C..." En la cuarta linea del articulo 1º de la parte resolutiva: DICE: "...habilitacion portuaria MORDAZA mencionada,..." DEBE DECIR:

Constituyen Comision responsable del MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Locales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 295-2007-VIVIENDA
MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2007

"...habilitacion portuaria otorgada mediante la Resolucion Directoral Nº 0237-2001/DCG, modificada por la Resolucion Directoral Nº 0451-2003/DCG,..."

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 168A-2002VIVIENDA se constituye la Comision del Sector Vivienda responsable del MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados del Sector a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27658, Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, por Decreto Supremo Nº 019-2006-VIVIENDA se dispuso la adscripcion de la entonces Comision, hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, asimismo, con Decreto Supremo Nº 005-2007VIVIENDA se aprobo la fusion por absorcion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT con el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, de otro lado, segun Decreto Supremo Nº 0042007-VIVIENDA se dispuso la adscripcion de la Superintendencia de Bienes Nacionales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en tal sentido, a fin de garantizar que se continue con el MORDAZA de transferencia sectorial, resulta necesario establecer la nueva conformacion de la Comision del Sector Vivienda, responsable del MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con las Leyes Nºs. 27792, 27783 y 27867 y Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 010-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.-. Constituir la Comision del Sector Vivienda responsable del MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la misma que estara integrada por los siguientes funcionarios: · Viceministro de Construccion y Saneamiento, quien la preside; · Viceministro de Vivienda y Urbanismo; · Director Nacional de la Oficina Nacional de Coordinacion Regional y Promocion Institucional, quien actuara como secretario; · Superintendente de Bienes Nacionales; · Director Ejecutivo del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal; · Director Nacional de Construccion; · Director Nacional de Saneamiento; · Director de la Oficina del Medio Ambiente; · Director Nacional de Vivienda; y, · Director Nacional de Urbanismo. Articulo 2º.- La Comision a que se refiere el articulo precedente, contara con la asesoria del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion y el apoyo administrativo de la Secretaria General y demas organos de asesoramiento y apoyo. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 168A-2002-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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VIVIENDA
Amplian plazo para que la Junta General de Accionistas de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento adecuen sus estatutos y elijan al Directorio
DECRETO SUPREMO Nº 024-2007-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2007-VIVIENDA se modifico el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, disponiendose entre otros, que la Junta General de Accionistas de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, deberan adecuar sus estatutos y elegir al Directorio en un plazo no mayor a 90 dias calendario; Que, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS ha informado que, a la fecha, existe un numero significativo de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, que no han iniciado su MORDAZA de adecuacion de estatutos ni de eleccion de nuevos miembros de Directorio; y otras que aun se encuentran en MORDAZA de adecuacion; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, es funcion del Ministerio, entre otras, el promover la asistencia tecnica en materia de saneamiento; Que, en atencion a lo expuesto resulta pertinente ampliar el plazo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0102007-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- De la Ampliacion Ampliase en sesenta (60) dias el plazo dispuesto en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 010-2007-VIVIENDA, a fin de que la Junta General de Accionistas de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, adecuen sus estatutos y elijan al Directorio. Articulo 2º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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