TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349868 el Anexo Nº 1 que corre adjunto a la presente Resolución Jefatural, hasta que el proceso judicial signado con el Expediente Nº 2006-04138 seguido ante el Quinto Juzgado Civil de Huancayo, se resuelva en forma de fi nitiva. Artículo 3º.- Reincorpórese de manera provisional, a partir del la publicación de la presente Resolución Jefatural a los dos (2) ex trabajadores del ex INIAA y ex INIA, que se mencionan en el Anexo Nº 2 que corre adjunto a la presente Resolución Jefatural, hasta que el proceso judicial signado Expediente Nº 2007-052035, seguido ante el Octavo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, se resuelva en forma de fi nitiva. Artículo 4º.- Reubíquese directamente, a partir del 16 de julio de 2007, al ex trabajador que se menciona en el Anexo Nº 3, que forma parte integrante de la presente Resolución, dándose cuenta al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el cumplimiento de la disposición contendida en la Resolución Ministerial Nº099-2007-TR. Artículo 5º.- Reincorpórese de manera provisional, a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural al ex trabajador del ex INIAA y ex INIA, que se mencionan en el Anexo Nº 04 que corre adjunto a la presente Resolución Jefatural, hasta que el proceso judicial signado Expediente Nº 2005-01295, seguido ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga - Ayacucho, se resuelva en forma de fi nitiva. Artículo 6º.- Reincorpórese de manera provisional, a partir del la publicación de la presente Resolución Jefatural al ex trabajador del ex INIAA y ex INIA, que se menciona en el Anexo Nº 5 que corre adjunto a la presente Resolución Jefatural, hasta que el proceso judicial signado Expediente Nº 2005-00722, seguido ante el Juzgado Especializado en lo Civil de la provincia de Coronel Portillo, se resuelva en forma de fi nitiva. Artículo 7º.- Apruébese provisionalmente, con e fi cacia a las fechas señaladas en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la presente Resolución Jefatural, el Cuadro de Asignación de Personal – CAP del INIA, hasta que se resuelva en forma de fi nitiva el proceso judicial descrito en los artículos precedentes. Artículo 8º.- Dispóngase la modi fi cación provisional con efi cacia a las fechas señaladas en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la presente Resolución Jefatural, del Presupuesto Analítico de Personal – PAP y del Cuadro Nominativo de Personal – CNP, del INIA, hasta que se resuelva en forma de fi nitiva el proceso judicial descrito en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL M. REYNOSO TANTALEAN JefeInstituto Nacional de Investigación Agraria 87682-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Singapur para participar en la Segunda Reunión del Comité de Presupuesto y Administración (BMC) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 103-2007-MINCETUR Lima, 23 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Foro de Cooperación Económica del Asia Pací fi co (APEC), del 1 al 2 de agosto de 2007, se llevará a cabo en la ciudad de Singapur, República de Singapur, la Segunda Reunión del Comité de Presupuesto y Administración (BMC); Que, el MINCETUR considera de interés la participación de sus representantes en dicha reunión, en la que se decidirá la fi nanciación de los proyectos presentados por el Perú y que fueran aprobados en los respectivos comités y grupos de trabajo; tales propuestas serán implementadas durante el año 2008, año en que corresponde al Perú presidir la XVI Cumbre de Líderes del APEC, a realizarse en nuestro país; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ejerce la representación del Perú ante el APEC y, a través del Viceministerio de Comercio Exterior, programa y ejecuta acciones concernientes a la Agenda Comercial de los diferentes esquemas de integración y del APEC, por lo que el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales y Nathan Nadramija Nieva, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en el evento antes mencionado; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del señor Julio José Chan Sánchez, Director de APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, del 30 de julio al 4 de agosto de 2007 y del señor Nathan Nadramija Nieva, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, del 29 de julio al 3 de agosto de 2007, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la reunión a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Julio José Chan Sánchez (del 30 de julio al 4 de agosto de 2007): Pasajes : US$ 3 648,16 Viáticos (US$ 260,00 x 4 días) : US$ 1 040,00Tarifa Corpac : US$ 30,25 Sr. Nathan Nadramija Nieva (Del 29 de julio al 3 de agosto de 2007): Pasajes : US$ 3 702,85 Viáticos (US$ 260,00 x 4 días) : US$ 1 040,00Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 88047-3