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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2007 (30/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de julio de 2007 350473 de los Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902, inciso a) artículo 14º, del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua por votación unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la donación con material en desuso para las especialidades de Carpintería y Ebanistería, Construcciones Metálicas y Electrónica, a favor del Centro de Educación Técnico Productivo Santa Fortunata, según el detalle siguiente: CANT. UNID. DESCRIPCIÓN ESTADO P.U. TOTAL 05 Unid. Platina de fi erro 1/8” x 2” x 6 m R 26.55 132.75 05 Unid. Platina de fi erro 1/8”x 1” x 6 m R 13.20 66.00 05 Unid. Platina de fi erro 1/8 x ¾” x 6 m R 9.50 47.50 TOTAL S/. 246.25 Artículo Segundo.- Remítase Copia del presente Acuerdo a Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Órgano de Control Interno. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PASTOR AMADOR DAVILA ANCO Consejero DelegadoConsejo Regional de Moquegua 89824-6 Aprueban priorización en la ejecución de diversos proyectos de inversión que se encuentran dentro de los alcances del D.U. Nº 014-2007 y su modificatoria, D.U. Nº 015-2007 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 024-2007-CR/GRM Fecha: 18-07-2007VISTO:En Despacho de la Sesión Ordinaria de fecha 18 de julio del 2007, se pusó a la vista y en consideración del Consejo Regional Moquegua, la Aprobación de la Priorización en la Ejecución de los Proyectos de Inversión 2007; y CONSIDERANDO:Que, a mérito de lo estipulado en la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada con la Ley Nº 27902, el Gobierno Regional de Moquegua es una persona Jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Art. 15º de la Ley Nº 27867, Inc. d) establece que son Atribuciones del Consejo Regional Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que teniendo en cuenta la Exposición del Gerente General Regional y los Gerentes Regionales, en la Sesión Extraordinaria Nº 009-2007-A de fecha 27-06-2007, la cual fue continuada en la Sesión Extraordinaria Nº 009-2007-B de fecha 05-07-2007, en cuya Agenda se trató la Evaluación de los planes del ejercicio anterior y los Planes del Nuevo Ejercicio; Que, el Art. X del Título Preliminar de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, dispone que las políticas de gasto público vinculadas a los fi nes del estado, deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica y fi nanciera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fi scal, debiendo ser ejecutadas mediante una gestión de fondos públicos orientada a resultados con e fi ciencia, e fi cacia, economía y calidad;Que, la Ley, Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el presupuesto del sector público para el añofi scal 2006, aprobó un crédito suplementario para proveer recursos a favor de los sectores, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Salud, Educación, Energía y Minas, Agricultura, Interior, Mujer y Desarrollo Social, Justicia, cuya realización debe efectuarse de manera inmediata considerando su impacto en la población más pobre del país; Que, el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, establece el Procedimiento Especial para la Ejecución de las actividades y proyectos bajo el ámbito de la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2006, en cuyo Art. 1º aprueba el Proceso de Selección Abreviado para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras relacionadas con las actividades y proyectos bajo el ámbito de la Ley 28880, rigiendo supletoriamente el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, respectivamente y demás normas modi fi catorias; Que, el Decreto Supremo Nº 039-2006-VIVIENDA, Modi fi ca el D.S. Nº 024-2006-VIVIENDA que estableció procedimiento especial de procesos de contrataciones y adquisiciones para ejecución de proyectos de saneamiento, en cuyo Art. 1º sustituye el texto de los arts. 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA; quedando el Art. . 2º resumiendo las etapas del proceso para la contratación de las obras de saneamiento en el marco de la emergencia, las cuales serán las siguientes: 1.- Convocatoria, 2.- Presentación, absolución de consultas e integración de Bases, 3.- Presentación de propuestas técnica y económica, y cali fi cación de participantes interesados, 4.- Apertura de sobres de la propuesta económica, otorgamiento de la Buena Pro y Suscripción del Contrato; quedando el Art. 3º referido al Desarrollo de las Etapas del Proceso en : 1.- Convocatoria Pública, 2.- Presentación, absolución de consultas e integración de Bases, 3.- Presentación de propuestas técnica y económica y cali fi cación de participantes interesados, 4.- Apertura de sobres de la propuesta económica, otorgamiento de la Buena Pro y Suscripción del Contrato. De esta forma se ha modi fi cado la estructura de las etapas del proceso especial eliminándose la precali fi cación de los participantes interesados, con la respectiva elaboración de la larga lista, y la cali fi cación de interesados de la lista corta. Habiéndose en su reemplazo incorporado la etapa de propuestas técnica y económica y la de cali fi cación de participantes interesados; Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2007, declara en emergencia la ejecución de diversos proyectos de inversión; Que el Decreto de Urgencia Nº 015-2007, Declara en reestructuración al Sistema Nacional de Inversión Publica y dictan otras medidas para garantizar la calidad del gasto público, cuyo Art. 2º modi fi ca los Arts. 1º, 2º y 3º, el primer párrafo del Art. 4º y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2007; Que el Art. 1 º del D.U. Nº 015-2007, que modi fi ca el Art. 2º del D.U. Nº 014-2007. establece que: “La elaboración y aprobación de relación de Proyectos Proritarios. Los proyectos a ser ejecutados en el marco de emergencia a que se re fi ere el Art. 1º del presente Decreto, serán priorizados por Acuerdo Regional tratándose de proyectos de carácter Regional; Que, debe tenerse en cuenta que tanto la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Infraestructura, y la Gerencia Regional de Desarrollo Social, han presentado la primera relación de Proyectos de Inversión – 2007, susceptibles de ser incluidos dentro de los alcances del D.U. Nº 014-2007 y su modi fi catoria D.U. Nº 015-2007, POR LO QUE RESULTA NECESARIO, Aprobar y disponer la Aprobación de Priorización en Ejecución de Proyectos de Inversión 2007, direccionado a la aplicación del procedimiento de selección abreviado establecido en el D.U. Nº 024-2006 y/o el procedimiento especial regulado en el D.S. Nº 024-2007-VIVIENDA, dado que la observancia de las normas citadas constituyen requisitos indispensables para proseguir con la ejecución de proyectos antes mencionados;