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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2007 (30/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de julio de 2007 350469 Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Administración, Ministerio de Educación, Instituto Superior Pedagógico Público “Alianza Ichuña – Bélgica”, el Instituto Superior Tecnológico Público “Alianza Renovada Ichuña – Bélgica”, y al Órgano de Control Interno. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PASTOR AMADOR DAVILA ANCO Consejero DelegadoConsejo Regional de Moquegua 89824-1 Aprueban transferencia financiera del Gobierno Regional a la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, para la construcción de carretera ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 019-2007-CR/GRM Fecha : 21-06-2007VISTOS: Los o fi cios Nºs. 487-2007- A/MPMN, 531- 2007- A/MPMN, 00587-A/MPN MOQ. que contienen la Solicitud del Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de la Provincia de Mariscal Nieto en que pide la trasferencia fi nanciera para ejecución del Proyecto “Construcción de Carretera Chilligua, Carumas, Cuchumbaya, Calacoa Humalso; así como los Informes: Nº 372-2007-GRPPAT/GR.MOQ, el Informe Nº 627-2007-SGPH/GR.MOQ, Informe Nº 066-2007- EVC-SGPH-GRPPAT-MOQ 2007- GRPPAT/GR.MOQ. y el informe Nº 039-2007-DRAJ/GR.MOQ, contando además con el Informe de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica Nº 269-2007-DRAJ-GR.MOQ, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la ley Nº 27680, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la leyes Nº 27902 y Nº 28968, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 21 de junio del 2007; ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, a mérito de lo estipulado en la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada con la Ley Nº 27902, el Gobierno Regional de Moquegua es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L