TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de julio de 2007 350465 OSINERG Nº 235-2005-OS/CD y modi fi cado por la Resolución OSINERG Nº 025-2006-OS/CD. 8.4. SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LOS FORMU- LARIOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN La Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN podrá establecer y/o adecuar los formu- larios para la entrega de información prevista en este procedimiento, previa coordinación con los administrados. Artículo 9º DISPOSICIONES TRANSITORIAS 9.1. ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL COES-SINAC Y REMISION DE INFORMACION El COES-SINAC tendrá un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma en el diario o fi cial “El Peruano”, para adecuar su sistema de información a los requerimientos del presente procedimiento; así como, para iniciar con la remisión periódica de los indicadores señalados en el Artículo 5º y la remisión de información correspondiente a los modelos a que se hace referencia en los numerales 8.1 y 8.2 del Artículo 8º de este procedimiento. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Conforme se señala en el artículo 12º de la Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, Ley Nº 28832, el COES tiene por fi nalidad coordinar la operación de corto, mediano y largo plazo del SEIN al mínimo costo, preservando la seguridad del sistema, el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos, así como plani fi car el desarrollo de la transmisión del SEIN y administrar el Mercado de Corto Plazo. Especí fi camente, se ha dispuesto en el literal a) artículo 14º de la Ley 28832, como función del COES, elaborar la plani fi cación de la operación del SEIN en los horizontes de largo, mediano y corto plazo. Es obligación del OSINERGMIN supervisar el correcto desempeño de las funciones atribuidas al COES mediante la Ley Nº 28832, en ejercicio de su Facultad Supervisora, dispuesta en el artículo 33º de su Reglamento General. En ese contexto, es necesario que OSINERGMIN cuente con la información necesaria para poder supervisar la gestión de la plani fi cación de operación del SEIN, conforme establece la Ley Nº 28832, por tal motivo se ha elaborado un procedimiento que permita supervisar la programación de la operación de largo, mediano y corto plazo que elabora el COES-SINAC, a fi n de garantizar que la misma se efectúen conforme lo exige la citada Ley. En este sentido, el presente “Procedimiento para Supervisar la Gestión en la Plani fi cación de la Operación del SEIN” busca superar las limitaciones de envio de información y disminuir los tiempos consumidos en la elaboración de la misma, incorporando información necesaria y su fi ciente para que el OSINERGMIN cumpla con el ejercicio de su función supervisora. Por las razones señaladas precedentemente, la resolución materia de la presente exposición de motivos cumple con los objetivos indicados. 89376-1 Nombran representantes del OSINERGMIN en el acto público de la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica de las Empresas Concesionarias de Distribución, Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 425-2007-OS/CD Lima, 26 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, en materia de licitación de suministros de energía eléctrica, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 6° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, es responsabilidad de OSINERG (hoy OSINERGMIN), entre otros, aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de Licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 28832, para efectos de cada Licitación OSINERGMIN establecerá un precio máximo para la adjudicación de los contratos respectivos, el cual deberá incentivar inversiones e fi cientes en generación. Dicho precio máximo se mantendrá en reserva y en custodia de un Notario Público durante el proceso de Licitación, haciéndose público únicamente en caso de que no se obtuvieran ofertas su fi cientes para cubrir toda la demanda licitada a un precio inferior o igual al precio máximo; Que, la empresa Edelnor S.A.A. ha convocado a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica, para satisfacer sus propias necesidades de potencia y energía, así como las necesidades de la empresa Luz del Sur S.A.A.; Que, para efectos de la Licitación de suministros de energía y potencia indicada en el considerando precedente, es necesario nombrar a los funcionarios que representarán a OSINERGMIN en el acto público de la Licitación de suministros citado, los mismos que veri fi carán que las ofertas no excedan el precio máximo a que se re fi ere el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 28832 y que dicho precio máximo se haga público únicamente en caso de no obtenerse ofertas su fi cientes para cubrir toda la demanda licitada a un precio inferior o igual al precio máximo; siendo conveniente designar tres titulares y tres suplentes; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe N° 0237- 2007-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3°, numeral 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y el Artículo 52° inciso n) del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM. RESUELVE:Artículo Único.- Nombrar como representantes del OSINERGMIN en el acto público de la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica de las Empresas Concesionarias de Distribución, Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución, a los siguientes funcionarios: Titulares: - Victor Manuel Ormeño Salcedo- Daniel Javier Cámac Gutiérrez- José Luis Luna Campodónico Suplentes: - Jaime Raúl Mendoza Gacon- Manuel Arturo Uribe González- María del Rosario Castillo Silva ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 89376-2 Modifican la Res. N° 360-2007-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 0429-2007-OS/CD Lima, 26 de julio de 2007