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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (13/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347070 al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, según corresponda; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modi ficación en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modi ficado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Artículo 4º .- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especí fico para el financiamiento del proyecto de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN, PROVINCIA DE SAN ROMAN, DEPARTAMENTO DE PUNO COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAMONTO APROBADO S/. PPTO. PIM 2007 TRANS. FINANC- 8447 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CABANA INDIRECTA 1,441,360.00 1,441,360.00 TOTAL 1,441,360.00 1,441,360.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN, PROVINCIA DE SAN ROMAN, DEPARTAMENTO DE PUNO COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO TRANS. FINANC. S/. MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 8447CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CABANAINDIRECTA 784,099.84 181,611.36 126,839.68 123,956.96 112,426.08 112,426.08 1,441,360.00 TOTAL 784,099.84 181,611.36 126,839.68 123,956.96 112,426.08 112,426.08 1,441,360.00 Administración Indirecta : El primer desembolso se iniciara con la suscripción del contrato de obra. 71792-4 Designan Jefa de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2007-VIVIENDA Lima, 11 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en tal sentido resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha a la Srta. SUZIE SATO UESU, como Jefa de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 72215-1 Crean el Proyecto “Mejorando Mi Quinta” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2007-VIVIENDA Lima, 12 de junio de 2007CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con la Ley Nº 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; asimismo, ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM, se aprueba las “Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres”, que de finen como parámetros en los que debe sustentarse la reducción de la pobreza, entre otros, la universalización de los servicios básicos y una mejora sustantiva de su calidad, manejo e ficiente del gasto y la inversión social, así como canales de participación para que las personas en situación de pobreza sean atendidas proponiendo que ellas mismas salgan de la pobreza con un soporte institucional que coadyuve a ese fin; Que, uno de los objetivos de la Política Nacional de Vivienda es mejorar las condiciones de vida y las oportunidades de desarrollo de la población urbana y rural elevando los estándares de calidad de vida: mejor hábitat, más seguridad y más salubridad; y propiciar la integración física y social de las familias que habitan en áreas tugurizadas o deterioradas de los centros urbanos del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2004- VIVIENDA se crea el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio, con el objeto de mejorar las condiciones de vida de la población pobre y extremadamente pobre residente en barrios urbano-marginales, mediante la coparticipación y financiamiento compartido del Estado, Gobierno Local y la comunidad barrial en inversiones e intervenciones de naturaleza física, social, ambiental, legal e institucional, encaminadas a mejorar el entorno habitacional; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA se crea el “Programa de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión del Programa de Mejoramiento