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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347071 Integral de Barrios denominado MiBarrio, del Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales “Mejorando Mi Pueblo”, del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”, del Programa de Protección Ambiental y Ecología Urbana en Lima y Callao y del Programa de Reconstrucción de Viviendas, con el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos correspondiéndole a éste último la calidad de programa absorbente; Que, en las ciudades del país existen predios en estado ruinoso o con alto grado de deterioro y tugurización, que ponen en peligro la integridad física y la salud de sus ocupantes y de la comunidad en general, por lo que es necesario garantizar las condiciones de seguridad de las áreas comunes con acceso a las vías públicas de los referidos inmuebles, a fin de evitar su colapso, ejecutando obras de mejoramiento de las instalaciones que corresponden a los servicios de agua potable y alcantarillado que por su antigüedad o deterioro pueden afectar las estructuras de acceso a las viviendas desde la vía pública, coadyuvando a superar las condiciones de vida y elevar la calidad de la misma a las familias que habitan dichos inmuebles; Que, con tal propósito es necesario promover la participación del Estado, de las entidades públicas propietarias de los predios a intervenir y de sus habitantes, a fin de mejorar las condiciones de seguridad y salubridad de los referidos inmuebles, a través de intervenciones promovidas y ejecutadas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y, para ello, establecer dentro del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, el componente denominado Proyecto “Mejorando Mi Quinta”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Creación del Proyecto “Mejorando Mi Quinta” Créase el Proyecto “Mejorando Mi Quinta” como componente del Programa Integral de Barrios y Pueblos creado por Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2º.- Objetivo El Proyecto tiene como objetivo, contribuir a la habitabilidad de los inmuebles de las familias que residen en un predio de dominio privado de una entidad pública, y que cuenta con acceso común desde la vía pública en forma directa, ó a través de un pasaje o área común, y carecen de condiciones mínimas de salubridad y seguridad. Artículo 3º.- Características El Proyecto “Mejorando Mi Quinta” se ejecutará con participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de las entidades públicas propietarias de los inmuebles a intervenir, y de sus habitantes; y considerará diferentes tipologías de quintas, tugurios, callejones, corralones, conventillos, así como aquellos de similares características. Para tal efecto se suscribirán los Convenios respectivos. Las intervenciones físicas serán de mejoramiento, ampliación y/o construcción de las instalaciones de agua potable y alcantarillado, servicios higiénicos comunes y lavandería común, así como la instalación de módulos de reforzamiento estructural, en prevención del colapso de las edificaciones y sus consecuencias en la integridad física de sus ocupantes. Artículo 4º.- Ámbito de aplicación El ámbito de intervención del Proyecto “Mejorando Mi Quinta”, tendrá cobertura nacional, iniciándose de manera gradual y progresiva en el área de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 5º.- Identi ficación, Selección y Cali ficación de los Inmuebles a Intervenir La Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo identi ficará, seleccionará y cali ficará los inmuebles a intervenir del Proyecto “Mejorando Mi Quinta”, en base a las características físicas, criterios socio-económicos y la aplicación de metodologías participativas con los ocupantes involucrados, según el Manual de Operaciones correspondiente. Artículo 6º.- Aprobación de Proyectos de las Intervenciones Las intervenciones del Proyecto “Mejorando Mi Quinta” seleccionadas se desarrollarán y aprobarán en el marco de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 7º.- Del Financiamiento El Proyecto “Mejorando Mi Quinta” afectará los gastos de operación y ejecución de sus actividades y proyectos con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo. El financiamiento de los proyectos, contará además con el aporte de las familias bene ficiadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 72210-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en el Distrito Judicial de Moquegua RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 083-2007-CE-PJ Tacna, 16 de abril del 2007 VISTOS:Los O ficios Nºs. 2134 y 2135-2006-P-CSJMO/PJ, cursados por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, y el Informe N° 194-2006-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de doce Juzgados de Paz en las siguientes circunscripciones: distrito de Coalaque: 1) Anexo de Amata, distrito de Puquina: 2) Anexo de Talamolle, distrito de Capilla: 3) Anexo de La Libertad, distrito de Ichuña: 4) Comunidad Campesina de Tolapalca, 5) Comunidad Campesina de Calazaya, 6) Comunidad Campesina de Chaje, 7) Comunidad Campesina de Antajahua, 8) Comunidad Campesina de Crucero, distrito de Ubinas: 9) Comunidad Campesina de Santa Lucía de Salinas, 10) Comunidad Campesina de Pachamayo, 11) Anexo de Coalaque, y 12) Anexo de San Cristóbal de Torata; todos ellos dentro de la comprensión de la provincia de General Sánchez Cerro; a solicitud de las autoridades y pobladores de las referidas localidades; Que, la propuesta presentada se fundamenta en que dichas circunscripciones en su conjunto albergan a más de 3,000 habitantes, quienes en la actualidad no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia debido a las di ficultades geográ ficas de la zona, debiendo trasladarse a los órganos jurisdiccionales más cercanos por caminos de herradura empleando medio de transporte público o acémila; Que, el Informe N° 194-2006-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de la creación de nueve de los doce Juzgados de Paz solicitados, exceptuándose de la propuesta, a las Comunidades Campesinas de Chaje, Calazaya y Crucero del distrito de Ichuña, respecto de los cuales se ha recomendado diferir la decisión sobre el pedido de creación, por carencia de información referente a los límites y competencia territorial; Que, en cuanto a la recomendación de la Gerencia General del Poder Judicial para la creación de los Juzgados