Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2007 (13/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2007

eventos o causas que provocaron las desviaciones en los programas de operacion de mediano plazo y los eventos o causas correspondientes a las desviaciones del programa de operacion de corto plazo, asi como una breve descripcion y cuantificacion de esta influencia. De considerar necesario, el OSINERGMIN podra solicitar al COES-SINAC un sustento detallado de estos eventos o causas que originan desviaciones atipicas de los programas de operacion, lo cual derivara en la elaboracion de un informe de aclaracion donde se explique y cuantifique el impacto de estos eventos en cada etapa de la planificacion de la operacion. Articulo 7º SANCIONES Se sancionara al COES-SINAC, de conformidad con lo dispuesto en la Escala de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, en los casos siguientes: · · Cuando no remita la informacion requerida dentro del plazo y forma establecida en este procedimiento o se presente de manera incompleta o falsa. Cuando no consigne en la pagina WEB la informacion requerida dentro del plazo establecido en este procedimiento o se presente de manera incompleta o falsa. Cuando no informe los cambios en los modelos matematicos y/o herramientas informaticas utilizadas.

5º del presente procedimiento, seran enviadas en las formas, medios y plazos que establece la MORDAZA "Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de Informacion de la Operacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional", aprobado por la Resolucion OSINERG Nº 235-2005-OS/CD y modificado por la Resolucion OSINERG Nº 025-2006-OS/CD. 8.4. SOBRE LAMODIFICACION DE LOS FORMULARIOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACION La Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN podra establecer y/o adecuar los formularios para la entrega de informacion prevista en este procedimiento, previa coordinacion con los administrados. Articulo 9º DISPOSICIONES TRANSITORIAS 9.1. ADECUACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DEL COES-SINAC Y REMISION DE INFORMACION El COES-SINAC tendra un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA en el diario oficial "El Peruano", para adecuar su sistema de informacion a los requerimientos del presente procedimiento; asi como, para iniciar con la remision periodica de los indicadores senalados en el Articulo 5º y la remision de informacion correspondiente a los modelos a que se hace referencia en los numerales 8.1 y 8.2 del Articulo 8º de este procedimiento. EXPOSICION DE MOTIVOS Conforme se senala en el articulo 12º de la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley Nº 28832, el COES tiene por finalidad coordinar la operacion de corto, mediano y largo plazo del MORDAZA al minimo costo, preservando la seguridad del sistema, el mejor aprovechamiento de los recursos energeticos, asi como planificar el desarrollo de la transmision del MORDAZA y administrar el MORDAZA de Corto Plazo. Especificamente, se ha dispuesto en el literal a) articulo 14º de la Ley Nº 28832, como funcion del COES, elaborar la planificacion de la operacion del MORDAZA en los horizontes de largo, mediano y corto plazo. Es obligacion del OSINERGMIN supervisar el correcto desempeno de las funciones atribuidas al COES mediante la Ley Nº 28832, en ejercicio de su Facultad Supervisora, dispuesta en el articulo 33º de su Reglamento General. En ese contexto, es necesario que OSINERGMIN cuente con la informacion necesaria para poder supervisar la gestion de la planificacion de operacion del MORDAZA, conforme establece la Ley Nº 28832, por tal motivo se ha elaborado un procedimiento que permita supervisar la programacion de la operacion de largo, mediano y corto plazo que elabora el COES-SINAC, a fin de garantizar que la misma se efectuen conforme lo exige la citada Ley. En este sentido, el presente procedimiento busca superar las limitaciones de envio de informacion y disminuir los tiempos consumidos en la elaboracion de la misma, incorporando informacion necesaria y suficiente para que el OSINERGMIN cumpla con el ejercicio de su funcion supervisora. Por lo expuesto, corresponde al OSINERGMIN aprobar los procedimientos necesarios para supervisar la correcta gestion del COES en la planificacion de la operacion del SEIN. Para tal fin, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 00762007-OS/CD, publicada en el diario El Peruano el 04 de marzo de 2007, se dispuso la prepublicacion del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para Supervisar la Gestion en la Planificacion de la Operacion del SEIN", para que los interesados presenten sus sugerencias a la misma. Hasta el 19 de marzo de 2007, se recibieron las opiniones y sugerencias de Enersur S.A.. Con base en el analisis de los comentarios de dicha empresa y en el analisis de Oficio que efectuo OSINERGMIN, se ha visto por conveniente revisar integralmente del proyecto de norma. Teniendo en cuenta estos cambios, en cumplimiento al mandato expreso del Articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, se debe proceder a prepublicar la nueva version del Proyecto de MORDAZA que incluya las correcciones que han sido motivadas por los comentarios presentados y que se han considerado acordes con el objetivo de la norma. Tal como se dispone en el mencionado Articulo 25º, la nueva prepublicacion debe contener el texto de la MORDAZA, una exposicion de motivos y el plazo dentro del cual se recibiran los comentarios escritos de los interesados.

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Articulo 8º DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 8.1. INFORMACION SOBRE LOS MODELOS QUE UTILIZA EL COES El COES-SINAC proporcionara al OSINERGMIN los modelos que utiliza para la programacion de la operacion, la informacion que debe de entregar contendra como minimo: · · · · Formulacion matematica del modelo. Especificaciones y caracteristicas tecnicas de los modelos computacionales, asi como lista de proveedores para el caso de modelos comerciales. Modelo computacional que implementa la formulacion matematica, de modelos no comerciales. Manual de usuario de la herramienta computacional

En caso que el COES-SINAC modificara el modelo computacional, debera informar y sustentar ante el OSINERGMIN, con tres meses de anticipacion, tales modificaciones para su respectiva evaluacion, debiendo alcanzar la informacion anteriormente indicada. 8.2. INFORMACION ADICIONAL PROPORCIONARA EL COES-SINAC QUE

El COES-SINAC proporcionara al OSINERGMIN la metodologia, modelos y archivos con los cuales calcula las variables de entrada a los modelos que utiliza en la programacion de la operacion de mediano y corto plazo, como son: · · Modelos de pronostico de la demanda, tanto a nivel anual, mensual, semanal, diario y/o horario. Modelos de pronostico de los aportes naturales a las cuencas donde se encuentran ubicadas las centrales hidroelectricas, tanto a nivel anual, mensual, semanal, diario y/o horario.

En caso que el COES-SINAC modificara cualquiera de los modelos MORDAZA indicados, debera informar y sustentar ante el OSINERGMIN, con seis meses de anticipacion, tales modificaciones, y alcanzara la informacion indicada en el numeral 8.1 del presente procedimiento. 8.3. PERIODICIDAD DEL REPORTE E INFORMACION SUSTENTATORIA El COES-SINAC reportara mensualmente, dentro de los quince (15) primeros dias de cada mes, los indicadores que se hace referencia en el Articulo 5º en los formatos establecidos conjuntamente con la relacion de eventos que describe el Articulo 6º . Esta informacion debera remitirse por medio escrito y correo electronico mediante un informe en donde se consignen los valores de los indicadores. Este informe sera colocado en la pagina Web del COES-SINAC para su difusion publica a los interesados. Los plazos de entrega de los informes de aclaracion seran establecidos en las comunicaciones de solicitud de este informe que el OSINERGMIN curse al COES-SINAC. La informacion que permita verificar cuantitativamente el calculo de los indicadores que se hace referencia en el Articulo

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