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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (13/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347128 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACORA Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente la adquisición de reproductores de alpacas ACUERDO MUNICIPAL Nº 035-2007-MDA VISTOS: Acuerdo de Sesión de Concejo Municipal de fecha 31 de mayo del 2007. El informe Técnico Nº 001-2007 del MVZ y el Informe Nº 009 de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de mayo del año 2007 el MVZ Roger Velásquez Mamani, hace su informe técnico y que con fecha 30 de mayo, la O ficina de Asesoría Jurídica presenta informe legal del inminente desabastecimiento y su justi ficación legal; Que inciso c del Art. 19º del D.S. Nº 83-22004 - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en forma textual establece que están exonerados de los procesos de selección de contrataciones y adquisiciones que se realizan en situación de emergencia o en desabastecimiento declarada de conformidad con la presente ley, precisando el Art. 21º de la acotada norma legal que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometen en forma directa e inminente la operación productiva que la entidad a su cargo de manera esencial, dicha situación faculta a la entidad adquirir de manera directa; Que el artículo 146º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la Resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección requiere necesariamente de uno o más informes, que contengan la justi ficación técnica y legal y la procedencia y necesidad de la exoneración que en este caso son la adquisición de alpacas, para mejoramiento genético destinados a la Zona de Cordillera en el distrito de Acora; Visto el informe legal visto en Sesión de Concejo y conforme lo dispone el Art. 20º del TUO de Contrataciones y Adquisiciones del Estado copias de dichas resoluciones deben ser a la Contraloría General de la República y a CONSUCODE bajo responsabilidad del titular; Que además a lo dispuesto en el Art. 147º de la norma acotada que dispone que las resoluciones o acuerdos que apruebe las exoneraciones de los procesos de selección, serán publicados en el Diario O ficial El Peruano dentro de los 10 días siguientes a la emisión y adopción según corresponda y adicionalmente deberá publicarse en el SEACE; Que en uso de sus facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente, la adquisición de reproductores de Alpacas cuyo PIP menor se denomina como “COMO MEJORAMIENTO GENÉTICO DE LA ALPACA EN LA ZONA DE CORDILLERA DE ACORA” hasta por el monto de treinta y dos mil nuevos soles 32,000.00 nuevos soles. Artículo Segundo.- Autorizar la exoneración de proceso de selección contemplado en el inciso c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Autorizar su adquisición al Comité Especial de Adquisición de Alpacas para la zona alta de Acora según Resolución de Alcaldía Nº 97-2007-MDA.Mando se publique y cumpla Dado en la Casa Municipal del distrito de Acora a los treintiún días del mes de mayo del año dos mil siete. IVÁN JOEL FLORES QUISPE Alcalde 71926-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO Subsanan omisiones del Acuerdo de Concejo Nº 002-2007-MDC, que exonera de proceso de selección la adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2007-MDC/CM Cajaruro, 21 de mayo del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de mayo del año 2007 sobre las observaciones realizadas por CONSUCODE, el Informe Nº 006-2007-MDC/U.A y el Informe de Opinión Legal Nº 004-2007/EJ-VR-A/BG-UT; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O ficio Nº E-307-2007/GN/APS de CONSUCODE, señala observaciones por subsanar y corregir, por lo que se ha solicitado un informe Legal para la subsanación respectiva para dicho o ficio por la CAUSAL de Desabastecimiento Inminente del Producto del Programa Vaso de Leche; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE, en su Numeral 6.5); la parte resolutiva del instrumento que aprueba LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN para la Adquisición del Producto para el Programa del Vaso de Leche; debe precisar el Tipo, la descripción, la cantidad de los bienes materia de la exoneración, el Valor Referencial, y la Fuente de Financiamiento; Que, el representante del Ministerio de Salud mediante Informe Nº 008-2007-GOB REG/AMAZONAS/RSU/CSC emite la especi ficación del valor nutricional de las raciones suministradas mediante el programa vaso de leche materia de la Exoneración del Proceso de Selección del programa del vaso de leche, en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA-DM; Que, mediante Informe de Opinión Legal Nº 004-2007/ EJ-VR-A/BG-UT, se concluye y recomienda CONVOCAR a Sesión Extraordinaria de Concejo a fin de tomar acuerdo que tengan por finalidad subsanar omisiones y correcciones propias del ACUERDO DE CONCEJO QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN para la Adquisición del Producto para el Programa del Vaso de Leche y considerado lo indicado anteriormente; Que, en una de las primeras observaciones hechas por CONSUCODE exige las causales por la exoneración del proceso de selección y por DESABASTECIMIENTO INMINENTE; Que, la mayoría del Pleno del Concejo Distrital de Cajaruro explica que se decidió por exonerar el proceso de selección, por la razón de que ya se estaba pasando el tiempo y que si se empezaba con el proceso de Adjudicación Directa Selectiva nos tomaría casi un mes en realizar dicho proceso, por eso se optó por exonerar y abastecer de inmediato los dos meses de enero - febrero del 2007 y así no perjudicar con el producto a la totalidad de bene ficiarios del Programa del Vaso de Leche del distrito de Cajaruro;