Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2007 (16/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
Item 1 Descripcion del servicio Cantidad Medida Precio Unitario Adquisicion de Gas Licuado de Petroleo para Flota Vehicular 22,140.00 Glns 5.72

347321
Monto Total S/. 126,640.80

1. Que, debe declararse en situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Adquisicion de Gas Licuado de Petroleo para Flota Vehicular, por el periodo de sesenta (60) dias calendarios o hasta que culmine el MORDAZA de seleccion correspondiente. 2 Que, debe exonerarse del MORDAZA de Seleccion correspondiente, estableciendose como valor referencial el siguiente:
Item 1 Descripcion del servicio Adquisicion de Gas Licuado de Petroleo Para Flota Vehicular Cantidad Medida Precio Unitario 27,000.00 Glns 5.72 Monto Total S/. 154,440

Con Fuente de Financiamiento 9 - Recursos Directamente Recaudados. 3. Que, debe autorizarse a la Gerencia de Administracion y Finanzas efectue la contratacion para dicho servicio de acuerdo a las especificaciones tecnicas y a lo dispuesto en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones. 4. Remitir Copias Certificadas de los presentes actuados administrativos a fin de que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situacion de desabastecimiento inminente de conformidad a lo senalado por el Articulo 47º de la Ley, en concordancia con el Articulo 21º de la Ley en mencion. 5. Que, para efecto del pronunciamiento debe remitirse al pleno del Concejo Municipal para su aprobacion conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo previamente emitirse los Dictamenes de Comision correspondientes. Que, con Informe Nº 293-2007-GM-MSS de fecha 8.06.2007, la Gerencia Municipal hace suyos los Informes MORDAZA senalados y solicita al Concejo Municipal declare en situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Gas Licuado de Petroleo para Flota Vehicular, aprobando la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente para la adquisicion del referido servicio; Que, acorde a lo observado en Sesion de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos de fecha 12.06.2007, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 562-2007-OAJ-MSS de fecha 12.06.2007, senala que mediante los Informes Nºs. 277 y 318-2007-SGSGM-GAFMSS de la Subgerencia de Servicios Generales y Maestranza indican que de acuerdo a la proyeccion estimada se obtiene un valor referencial de S/. 154,440.00 Nuevos Soles a S/. 5.72 Nuevos Soles por GL, para que se brinde el servicio por el periodo de 60 dias, de acuerdo a sendos MORDAZA que se anexan, apreciandose en el disgregado por areas que se incluye 4,860.00 galones por concepto administrativos por la suma de S/. 27,799.20 Nuevos Soles; Que, asi mismo senala la Oficina de Asesoria Juridica que, conforme al Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e impredecible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productoras que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion que llevan a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, consecuentemente senala que, ante la duda que pudiera generar cubrir los servicios que presta la Municipalidad en las areas de Medio Ambiente (Residuos, Parques y Jardines), Seguridad Ciudadana y Administracion, debera declararse la exoneracion por desabastecimiento inminente solo de las areas de Medio Ambiente y Seguridad Ciudadana y no del area administrativa ya que en esta area no afecta directamente los servicios que presta la Municipalidad, ademas que no existe informacion tecnica que sustente su necesidad por lo que podria prescindirse de dicho monto y de esta forma evitar mayores egresos a la entidad, por lo que en ampliacion de su Informe Nº 556-2007-OAJ-MSS, concluye opinando por la prescindencia de la exoneracion de 4,860.00 glns., por la suma de S/. 27,799.20 quedando el valor referencial del MORDAZA a exonerar de la siguiente manera:

Estando el Dictamen Conjunto Nº 012-2007-CGM-CAJMSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, los Informes Nº 556 y 562-2007-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, y de acuerdo a las atribuciones conferidas por La Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD de los senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente el servicio de Adquisicion de Gas Licuado de Petroleo para Flota Vehicular, por el periodo de sesenta (60) dias calendarios o hasta que culmine el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion correspondiente, estableciendose como valor referencial el siguiente:
Item 1 Descripcion del servicio Adquisicion de Gas Licuado de Petroleo para Flota Vehicular Cantidad Medida 22,140.00 Glns Precio Unitario 5.72 Monto Total S/. 126,640.80

Con Fuente de Financiamiento 9 - Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas efectue la contratacion para dicho servicio de acuerdo a las especificaciones tecnicas y a lo dispuesto en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General remita copias Certificadas de los actuados administrativos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD, a fin que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situacion de desabastecimiento inminente de conformidad a lo senalado por el Articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el Articulo 21º de la Ley en mencion. Articulo Quinto.- Encargar a la oficina de Secretaria General la remision de los Informes Tecnico- Legal que sustentan el presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 (diez) dias habiles. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 73730-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUAS VERDES
Aprueban Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-2007-MDAV Aguas Verdes, 24 de MORDAZA del 2007

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