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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (16/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2007 347321 1. Que, debe declararse en situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Adquisición de Gas Licuado de Petróleo para Flota Vehicular, por el periodo de sesenta (60) días calendarios o hasta que culmine el proceso de selección correspondiente. 2 Que, debe exonerarse del Proceso de Selección correspondiente, estableciéndose como valor referencial el siguiente: Item Descripción del servicio Cantidad Medida Precio Monto Total S/.Unitario 1 Adquisición de Gas Licuado de PetróleoPara Flota Vehicular27,000.00 Glns 5.72 154,440 Con Fuente de Financiamiento 9 - Recursos Directamente Recaudados. 3. Que, debe autorizarse a la Gerencia de Administración y Finanzas efectué la contratación para dicho servicio de acuerdo a las especi ficaciones técnicas y a lo dispuesto en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones. 4. Remitir Copias Certi ficadas de los presentes actuados administrativos a fin de que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente de conformidad a lo señalado por el Artículo 47º de la Ley, en concordancia con el Artículo 21º de la Ley en mención. 5. Que, para efecto del pronunciamiento debe remitirse al pleno del Concejo Municipal para su aprobación conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo previamente emitirse los Dictámenes de Comisión correspondientes. Que, con Informe Nº 293-2007-GM-MSS de fecha 8.06.2007, la Gerencia Municipal hace suyos los Informes antes señalados y solicita al Concejo Municipal declare en situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Gas Licuado de Petróleo para Flota Vehicular, aprobando la Exoneración del Proceso de Selección correspondiente para la adquisición del referido servicio; Que, acorde a lo observado en Sesión de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos de fecha 12.06.2007, la O ficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 562-2007-OAJ-MSS de fecha 12.06.2007, señala que mediante los Informes Nºs. 277 y 318-2007-SGSGM-GAF-MSS de la Subgerencia de Servicios Generales y Maestranza indican que de acuerdo a la proyección estimada se obtiene un valor referencial de S/. 154,440.00 Nuevos Soles a S/. 5.72 Nuevos Soles por GL, para que se brinde el servicio por el periodo de 60 días, de acuerdo a sendos cuadros que se anexan, apreciándose en el disgregado por áreas que se incluye 4,860.00 galones por concepto administrativos por la suma de S/. 27,799.20 Nuevos Soles; Que, así mismo señala la O ficina de Asesoría Jurídica que, conforme al Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el desabastecimiento inminente es “aquella situación extraordinaria e impredecible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productoras que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación que llevan a cabo el proceso de selección que corresponda”; Que, consecuentemente señala que, ante la duda que pudiera generar cubrir los servicios que presta la Municipalidad en las áreas de Medio Ambiente (Residuos, Parques y Jardines), Seguridad Ciudadana y Administración, deberá declararse la exoneración por desabastecimiento inminente solo de las áreas de Medio Ambiente y Seguridad Ciudadana y no del área administrativa ya que en esta área no afecta directamente los servicios que presta la Municipalidad, además que no existe información técnica que sustente su necesidad por lo que podría prescindirse de dicho monto y de esta forma evitar mayores egresos a la entidad, por lo que en ampliación de su Informe Nº 556-2007-OAJ-MSS, concluye opinando por la prescindencia de la exoneración de 4,860.00 glns., por la suma de S/. 27,799.20 quedando el valor referencial del proceso a exonerar de la siguiente manera:Item Descripción del servicio Cantidad Medida Precio Monto Total S/. Unitario 1 Adquisición de Gas Licuado de Petróleo para Flota Vehicular 22,140.00 Glns 5.72 126,640.80 Estando el Dictamen Conjunto Nº 012-2007-CGM-CAJ- MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, los Informes Nº 556 y 562-2007-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de acuerdo a las atribuciones conferidas por La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD de los señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO : Artículo Primero.- Declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el servicio de Adquisición de Gas Licuado de Petróleo para Flota Vehicular, por el periodo de sesenta (60) días calendarios o hasta que culmine el proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selección correspondiente, estableciéndose como valor referencial el siguiente: Item Descripción del servicio Cantidad Medida Precio Monto Total S/. Unitario 1 Adquisición de Gas Licuado de Petróleo para Flota Vehicular22,140.00 Glns 5.72 126,640.80 Con Fuente de Financiamiento 9 - Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas efectué la contratación para dicho servicio de acuerdo a las especi ficaciones técnicas y a lo dispuesto en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la O ficina de Secretaría General remita copias Certi ficadas de los actuados administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD, a fin que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente de conformidad a lo señalado por el Artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el Artículo 21º de la Ley en mención. Artículo Quinto.- Encargar a la o ficina de Secretaría General la remisión de los Informes Técnico- Legal que sustentan el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 73730-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUAS VERDES Aprueban Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-2007-MDAV Aguas Verdes, 24 de abril del 2007