Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2007 (16/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2007

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de limpieza publica por situacion de desabastecimiento inminente
ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2007-ML Lurin, 6 de junio del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha en la sala de sesiones del local Municipal, bajo la presidencia del Senor MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores MORDAZA Cuya MORDAZA, MORDAZA Lau Bartra, MORDAZA MORDAZA Ayzanoa, MORDAZA MORDAZA Manco, MORDAZA MORDAZA Bejar, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Simpson MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Informe Nº 266-2007-GDESP/ ML de la Gerencia de Desarrollo Economico y Servicios Publicos y el Informe de la Oficina de Asesoria Juridica Nº 631-2007-OAJ/ML., referente a la Declaracion de Desabastecimiento Inminente para la Contratacion del Servicio de Transporte y Recoleccion de Residuos Solidos en la Municipalidad de Lurin. CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de vistos la Gerencia de Desarrollo Economico y Servicios Publicos hace MORDAZA el informe de la Subgerencia de Limpieza Publica, que informa la necesidad de Declarar en Desabastecimiento Inminente la Contratacion del Servicio de Transporte y Recoleccion de Residuos Solidos en la Municipalidad de Lurin, dado que el contrato suscrito, derivado del Acuerdo de Consejo Nº 023-2007 de fecha 28 de febrero del 2007, que declaro el Desabastecimiento el servicio de adquisicion del Servicio de limpieza publica para la Municipalidad Distrital de Lurin, cuyo plazo concedido fue de 90 dias calendario, ha vencido, no cabiendo mayor alternativa que la de solicitar al Concejo municipal, que se pronuncie formalmente por el Desabastecimiento Inminente, por un plazo no mayor de 60 dias, suficientes para que el MORDAZA convocado, de acuerdo al cronograma establecido por el Comite Especial, pueda culminar con arreglo a ley; por lo que se tiene que efectuar la contratacion de una persona natural o juridica para que abastezca el servicio, actuando de conformidad con el Art. 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, al MORDAZA de los articulos 19º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, la Municipalidad Distrital de Lurin, como todas las entidades del Estado, se encuentran facultadas a declarar la Urgencia ante la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando asi exoneradas de la convocatoria al MORDAZA de seleccion que corresponda, por un lapso de noventa dias que el Concejo considera prudencial, dentro del cual se pueda materialmente proceder conforme a las disposiciones normativas que regulan las contrataciones y adquisiciones de esta Corporacion. Que, la Oficina de Asesoria Juridica, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 631-2007-OAJ/ML, informe legal mediante el cual considera necesario y factible la aprobacion de la declaracion de situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion del servicio de Limpieza Publica para la Municipalidad de Lurin en atencion a las consideraciones legales expuestas en el item anterior. Que, la aprobacion de la exoneracion de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de responsabilidades conforme lo dispuesto en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004PCM., por lo que corresponde derivar el presente Acuerdo de Concejo al organo de control institucional, para que determine la responsabilidad si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaracion en situacion de desabastecimiento inminente.

En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 39º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, en uso de las facultades que confiere la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA en Mayoria de los Senores Regidores, con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar la situacion de Desabastecimiento Inminente, por espacio de hasta Sesenta (60) dias, el servicio de adquisicion del Servicio de Limpieza Publica para la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurin, del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, el Servicio de Limpieza Publica para la Municipalidad, por la causal invocada en el articulo precedente, procediendose a llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion previsto en el Art. 148º del Reglamento, conforme al siguiente detalle: a) Descripcion del producto a adquirir: · contratacion de una empresa de servicios para el transporte y recoleccion de residuos solidos a razon de 50 toneladas metricas diarias. b) Valor Referencial: · Precio Unitario: S/. 55.00 Precio Total: S/. 165,000 (ciento sesenta y cinco mil nuevos soles) c) Fuente de Financiamiento: Recursos directamente recaudados. d) Tiempo de Exoneracion: Hasta sesenta (60) dias. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, remitiendo a la Contraloria General de la Republica MORDAZA del presente Acuerdo asi como los informes tecnicos y legales sustentatorios, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo dispone el Art. 20° Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Derivar el presente Acuerdo de Concejo al organo institucional, para que determine la responsabilidad, si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaracion en situacion de desabastecimiento inminente. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia deAdministracion y Finanzas y Subgerencia de Logistica y Margesi de Bienes, el cumplimiento estricto del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 73067-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Autorizan viaje del MORDAZA a Colombia para participar en intercambio de experiencias relativas al transporte MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 37-2007- ACSS MORDAZA de MORDAZA, 13 de junio del 2007 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA Nº VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Documento 013216200712, la invitacion de la Fundacion

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