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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2007 347318 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de limpieza pública por situación de desabastecimiento inminente ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2007-ML Lurín, 6 de junio del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNVISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha en la sala de sesiones del local Municipal, bajo la presidencia del Señor Alcalde, Juan Jorge Marticorena Cuba y con la asistencia de los señores Regidores Luis Cuya Silva, María Lau Bartra, Martín Apolaya Ayzanoa, José Zavala Manco, Mario Carrasco Bejar, Rosa Justiniano de Pineda, Elsa Andrade Vilca, Verónica Simpson Gonzáles y Adán Espinoza Martínez, el Informe Nº 266-2007-GDESP/ ML de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos y el Informe de la O ficina de Asesoría Jurídica Nº 631-2007-OAJ/ML., referente a la Declaración de Desabastecimiento Inminente para la Contratación del Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos en la Municipalidad de Lurín. CONSIDERANDO:Que, mediante el informe de vistos la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos hace suyo el informe de la Subgerencia de Limpieza Pública, que informa la necesidad de Declarar en Desabastecimiento Inminente la Contratación del Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos en la Municipalidad de Lurín, dado que el contrato suscrito, derivado del Acuerdo de Consejo Nº 023-2007 de fecha 28 de febrero del 2007, que declaró el Desabastecimiento el servicio de adquisición del Servicio de limpieza pública para la Municipalidad Distrital de Lurín, cuyo plazo concedido fue de 90 días calendario, ha vencido, no cabiendo mayor alternativa que la de solicitar al Concejo municipal, que se pronuncie formalmente por el Desabastecimiento Inminente, por un plazo no mayor de 60 días, su ficientes para que el Proceso convocado, de acuerdo al cronograma establecido por el Comité Especial, pueda culminar con arreglo a ley; por lo que se tiene que efectuar la contratación de una persona natural o jurídica para que abastezca el servicio, actuando de conformidad con el Art. 21° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, al amparo de los artículos 19º inciso c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, la Municipalidad Distrital de Lurín, como todas las entidades del Estado, se encuentran facultadas a declarar la Urgencia ante la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando así exoneradas de la convocatoria al proceso de selección que corresponda, por un lapso de noventa días que el Concejo considera prudencial, dentro del cual se pueda materialmente proceder conforme a las disposiciones normativas que regulan las contrataciones y adquisiciones de esta Corporación. Que, la O ficina de Asesoría Jurídica, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 631-2007-OAJ/ML, informe legal mediante el cual considera necesario y factible la aprobación de la declaración de situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición del servicio de Limpieza Pública para la Municipalidad de Lurín en atención a las consideraciones legales expuestas en el ítem anterior. Que, la aprobación de la exoneración de la causal de situación de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de responsabilidades conforme lo dispuesto en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM., por lo que corresponde derivar el presente Acuerdo de Concejo al órgano de control institucional, para que determine la responsabilidad si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaración en situación de desabastecimiento inminente.En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 39º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, en uso de las facultades que con fiere la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto en Mayoría de los Señores Regidores, con la dispensa del trámite de aprobación de Actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar la situación de Desabaste- cimiento Inminente, por espacio de hasta Sesenta (60) días, el servicio de adquisición del Servicio de Limpieza Pública para la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurín, del proceso de selección de Concurso Público, el Servicio de Limpieza Pública para la Municipalidad, por la causal invocada en el artículo precedente, procediéndose a llevar a cabo el proceso de exoneración previsto en el Art. 148º del Reglamento, conforme al siguiente detalle: a) Descripción del producto a adquirir: • contratación de una empresa de servicios para el transporte y recolección de residuos sólidos a razón de 50 toneladas métricas diarias. b) Valor Referencial: • Precio Unitario: S/. 55.00 Precio Total: S/. 165,000 (ciento sesenta y cinco mil nuevos soles) c) Fuente de Financiamiento: Recursos directamente recaudados. d) Tiempo de Exoneración: Hasta sesenta (60) días. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O ficial El Peruano, remitiendo a la Contraloría General de la República copia del presente Acuerdo así como los informes técnicos y legales sustentatorios, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, conforme lo dispone el Art. 20° Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Derivar el presente Acuerdo de Concejo al órgano institucional, para que determine la responsabilidad, si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaración en situación de desabastecimiento inminente. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes, el cumplimiento estricto del presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 73067-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan viaje del Alcalde a Colombia para participar en intercambio de experiencias relativas al transporte urbano ACUERDO DE CONCEJO Nº 37-2007- ACSS Santiago de Surco, 13 de junio del 2007 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Documento Nº 013216200712, la invitación de la Fundación