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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (24/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2007 347782 Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando, se registre, comunique, publique y cumpla Dado en San Isidro a los veinte días del mes de Junio del año dos mil siete. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 76750-3 Establecen disposición sobre interna- miento de vehículos menores dedicados al transporte público especial retenidos conforme a la Ordenanza Nº 199-MSI DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2007-ALC/MSI San Isidro, 21 de junio de 2007EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTO: La Ordenanza Nº 199-MSI que establece normas complementarias aplicables al servicio de transporte público especial en vehículos menores en el distrito de San Isidro. CONSIDERANDO:Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 199- MSI establece que en la jurisdicción del distrito de San Isidro no se podrá prestar el servicio de transporte público especial para personas o de carga en vehículos de tres ruedas, sean motorizados o no; Que, el artículo tercero de la citada ordenanza establece el régimen de aplicación de sanciones administrativas respecto del incumplimiento de lo regulado en la citada norma, siendo que una de las sanciones a imponerse es la retención del vehículo; Que, es necesario establecer disposiciones reglamentarias referidas a la retención de vehículos menores dedicados al transporte público especial en el distrito de San Isidro; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Único.- Disponer que los vehículos menores dedicados al transporte público especial que sean retenidos en la jurisdicción del distrito de San Isidro como consecuencia de lo regulado en la Ordenanza Nº 199-MSI; serán internados en el depósito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de esta Corporación Edil ubicado en Calle Godofredo García Nº 475 - San Isidro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 76750-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Declaran en reorganización administrativa y reestructuración orgánica a la Municipa-lidad Distrital de La Punta ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-018/2007 La Punta, 19 de junio del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO, el Informe Nº 049-2007-MDLP/GPP de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto sobre propuesta de Reestructuración Orgánica y Carta Nº 064-2007-FGT, del Dr. Francisco Guerra Tomasevich sobre modi fi cación respecto de la dependencia de la Unidad de Logística; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194º; las municipalidades son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia cuya facultad radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º, numeral 3 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo municipal, aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento de la municipalidad; Que, la Ley Nº 29035 en su Vigésima Primera Disposición Final autoriza hasta el 31 de diciembre de 2007 a los gobiernos regionales y a las municipalidades a realizar, previo acuerdo de su máximo órgano normativo y fi scalizador, las acciones de modernización de la gestión pública orientadas a incrementar sus niveles de e fi ciencia, mejorar la atención a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos públicos; así como que podrán disponer la reorganización, reestructuración, fusión y disolución de sus entidades, empresas y organismos públicos, en tanto se duplique funciones o se prevean similares servicios a los brindados, integrándose competencias y funciones a fi nes; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 020-056/2004 se aprobó el Plan de Desarrollo Concertado 2004-2015 del distrito de La Punta, siendo ineludible su adecuación total a la estructura orgánica de la Municipalidad, así como evaluar en los documentos de gestión la duplicidad de funciones y que estas no limiten la correcta y e fi ciente labor administrativa acorde a las necesidades de la población en la prestación de los servicios públicos, así como el mejoramiento de los procedimientos y procesos internos; por lo que a fi n de alcanzar los objetivos de la administración municipal período 2007-2010; se hace necesario declararla en Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica; Estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en aplicación de la Ley Nº 29035, el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en REORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y REESTRUCTURACIÓN ORGANICA a la Municipalidad Distrital de La Punta por el término de 90 días hábiles; facultándose al Alcalde, de ser necesario, emita el resolutivo correspondiente para la prórroga del plazo señalado. Dentro de dicho plazo deberá elevar al Concejo Municipal los instrumentos de Gestión que resulten de dicho proceso. Artículo Segundo.- En tanto se lleve a cabo el proceso de reorganización administrativa y reestructuración orgánica, a partir de la fecha la Unidad de Logística como Órgano de Apoyo dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, pasará a depender jerárquica y funcionalmente de la Gerencia Municipal. Artículo Tercero.- Aprobar el Per fi l del Proyecto: “Desarrollo de Capacidades” que tiene por objeto crear el nuevo modelo de gestión y que incluye la elaboración de los instrumentos normativos respectivos, entre otros; ascendente a S/. 60,221.00 (SESENTA MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 Nuevos Soles) y que será fi nanciado con el Rubro 18 Canon y Sobre Canon; Regalías, Rentas de Aduana y Participación (Rentas de Aduana) del Presupuesto Institucional Modi fi cado, que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General, Gerencia Municipal, Gerencias, Jefaturas y a todo el personal de la Municipalidad, a brindar el apoyo para las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 76394-1