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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2007 347779 Nombre” destinada a la formación, orientación y protección del derecho al nombre y a la identidad, los Derechos Humanos de las Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes, en especial de las personas que se encuentran en condición de discapacidad, alto riesgo o en extrema pobreza. Artículo Octavo.- El Gobierno Regional de Amazonas, deberá informar trimestralmente al MIMDES, ente rector encargado de la igualdad de oportunidades para la mujer, los avances obtenidos mediante datos desagregados por sexo, área geográ fi ca, etnia, discapacidad y edad, conforme a los formatos de formulación, seguimiento y evaluación remitido por el MIMDES a través del Viceministerio de la Mujer. Artículo Noveno.- DISPONER que los Gobiernos Locales en el marco de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanzas Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Décimo.- El Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidad-COREDIS, promoverá la documentación de niñas, niños, adolescentes y mujeres con discapacidad en situación de pobreza y pobreza extrema, debiendo informar al Organo Registral competente sobre las acciones desarrolladas anualmente. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplaseDado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 11 días del mes de junio del año 2007. OSCAR ALTAMIRANO QUISPE Presidente Regional 76327-1 Aprueban documentos de gestión de la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional Amazonas ORDENANZA REGIONAL N° 178 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de mayo del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; en consecuencia es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Organización de Funciones (MOF) presentados por la Dirección Regional Agraria; Que, el Consejo Regional habiendo analizado con la participación de los Órganos de Asesoramiento del Sector y de la Sede Regional, de conformidad a sus atribuciones, los documentos de gestión propuestos por la Dirección Regional Agraria para su aprobación, se ha determinado que los mismos han sido actualizados de conformidad a las normas vigentes, que rigen el accionar administrativo y funciones de los órganos estructurados de las entidades públicas, como son la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público, Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; encontrando además que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) ha sido formulado teniendo en cuenta los lineamientos aprobados mediante D.S. Nº 043-2006-PCM, que norma la actualización o modi fi cación de este documento de gestión, sobre la base de la transferencia de funciones en el marco del proceso de Descentralización en marcha; así como el Manual de Organización y Funciones (MOF), aplicando los criterios en la descripción de las funciones de los cargos estructurados, según las normas establecidas en la Directiva Nº 001-95-INAP/DNR ; Que, considerando que los indicados documentos de gestión cumplen con los requisitos que exigen las normas, previo Informe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Dictamen de la Subgerencia de Desarrollo Institucional e Informática, es procedente su aprobación mediante el Acto Administrativo correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 009, mediante Acuerdo N° 116-2007 de fecha 28 de mayo del 2007, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modi fi catoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Único.- APROBAR los documentos de gestión de la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional Amazonas, consistente en: • Reglamento de Organización y Funciones (ROF), a folios diecinueve (019) • Organigrama Estructural, que forma parte del ROF.• Manual de Organización y Funciones (MOF), a folios ochenta y uno (081) POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 12 días del mes de junio del año 2007. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 76327-2 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban contratación directa de profesional para la reformulación de expediente técnico del “Proyecto de la Presa San José de Uzuña” ACUERDO REGIONAL N° 038-2007-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria Descentralizada de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, si bien es cierto las contrataciones y adquisiciones del Estado deben desarrollarse bajo un sistema procesal y administrativo selectivo; sin embargo, existen casos en los que la naturaleza propia de la contratación y/o adquisición, determina la exoneración del proceso selectivo, esto último, siempre y cuando se constituyan las causales reguladas en los artículos 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM / Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la Gerencia Regional de Infraestructura a través de los Informes Nºs. 123-2007-GRA/PR-GGR-GRI y 135-2007-GRA/PR-GGR-GRI., luego de evaluar el estado actual de la ejecución del proyecto de construcción de la presa de tierra entre los cerros Yanaorco y Paltaorco, Polobaya – Arequipa “Proyecto de la Presa San José de Uzuña”, ha determinado la necesidad de reformular el Expediente Técnico a efecto de asegurar los objetivos del proyecto para su mejor sustentación, optimización y reforzamiento, para lo cual ha devenido en necesaria la contratación de un profesional con conocimientos especializados. En ese sentido, tanto la Gerencia Regional de Infraestructura como la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, esta última,