Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2007 (24/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2007

· MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de La Victoria. · MORDAZA de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1201-511906 emitido por MORDAZA Seguros, destinado a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 que aprueba el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a IZA MOTORS S.R.L. para que opere el taller ubicado en la Av. Las Americas Nº 1040 Urb. Balconcillo, La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 23 de Marzo del 2008 23 de Marzo del 2009 23 de Marzo del 2010 23 de Marzo del 2011 23 de Marzo del 2012

Autorizan a World Wide Magico Motor S.A.C. operar taller de conversion a gas natural en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 9564-2007-MTC/15 MORDAZA, 6 de junio de 2007 VISTOS: El expediente Nº 2007-016536, presentado por WORLD WIDE MAGICO MOTOR S.A.C. mediante el cual solicita autorizacion para operar como Taller de Conversion a GNV, a fin de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004-MTC, 0142004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, y modificada por Resolucion Directoral Nº 71502006-MTC/15, la cual regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV, se establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por WORLD WIDE MAGICO MOTOR S.A.C. se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, y modificada por la Resolucion Directoral Nº 7150-2006-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: · Solicitud firmada por el representante legal de WORLD WIDE MAGICO MOTOR S.A.C. · MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de fecha 4 de MORDAZA del 2005, otorgado por WORLD WIDE MAGICO MOTOR E.I.R.L. ante Notario Publico MORDAZA D'jalma MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Transformacion a Sociedad Anonima Cerrada de fecha 27 de febrero del 2007 ante Notario Publico MORDAZA D'jalma MORDAZA Zevallos. · Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
Fecha MORDAZA de MORDAZA Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 25 de MORDAZA del 2008 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 25 de MORDAZA del 2009 Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 25 de MORDAZA del 2010 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza 25 de MORDAZA del 2011 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 25 de MORDAZA del 2012 ACTO

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 72233-1

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