Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2007 (24/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Produccion competentes, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 76645-1

Aprueban metas concretas e indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Produccion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 177-2007-PRODUCE MORDAZA, 21 de junio de 2007 Vistos: El Informe Nº 027-2007-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 021-2007-PRODUCE/OGAJ-YJC de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecen las politicas nacionales que seran de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verificables para todas las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios publicos impulsen transversalmente su promocion y ejecucion en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, en el articulo 3º y la Disposicion Transitoria Unica del indicado Decreto Supremo se dispone que mediante

Resolucion Ministerial del sector respectivo, que debera ser aprobada dentro de los primeros quince dias del mes de enero de cada ano, los Ministerios publicaran las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia, y que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversion y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinacion con los demas Ministerios, precisandose que para el ano 2007 la indicada Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los 45 dias naturales contados a partir de su entrada en vigencia; Que, el Ministerio de la Produccion, organismo rector del Sector, ha procedido a establecer las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia, sobre la base de la propuesta planteada por la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y en coordinacion con los organos integrantes de la entidad y de sus Organismos Publicos Descentralizados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modificatorias, la Ley Nº 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, y el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Produccion, conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, los que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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