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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2007 347765 Producción competentes, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 76645-1 Aprueban metas concretas e indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2007-PRODUCE Lima, 21 de junio de 2007Vistos: El Informe Nº 027-2007-PRODUCE/OGPP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Nº 021-2007-PRODUCE/OGAJ-YJC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecen las políticas nacionales que serán de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verifi cables para todas las entidades del Gobierno Nacional, a fi n de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, en el artículo 3º y la Disposición Transitoria Única del indicado Decreto Supremo se dispone que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, y que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios, precisándose que para el año 2007 la indicada Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los 45 días naturales contados a partir de su entrada en vigencia; Que, el Ministerio de la Producción, organismo rector del Sector, ha procedido a establecer las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, sobre la base de la propuesta planteada por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y en coordinación con los órganos integrantes de la entidad y de sus Organismos Públicos Descentralizados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Producción, conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, los que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario O fi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL