Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2007 (24/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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3. Cuando la Declaracion Tributaria se presente con posterioridad a la notificacion de la Resolucion de Multa Tributaria, y MORDAZA de la notificacion de la Resolucion que inicia el procedimiento coactivo la sancion sera rebajada en un sesenta por ciento (60%). Articulo 4º.- Solo correspondera la imposicion de la multa tributaria por Subvaluacion cuando el monto objeto de Subvaluacion supere las 5 UITs vigente a la fecha de determinacion de la obligacion. Articulo 5º.- No podran acogerse al presente Regimen de Incentivos, los contribuyentes que tengan Resoluciones de Multa Tributaria que hayan sido impugnadas en la via administrativa o judicial. Para tal efecto, el infractor debera desistirse de toda reclamacion o recurso impugnatorio que se encuentre pendiente de resolver vinculado a la multa o deuda generada por fiscalizacion, cumpliendo con las formalidades establecidas por el Codigo Tributario. Articulo 6º.- Las multas que MORDAZA acogidas al presente Regimen de Incentivos no pueden ser fraccionadas, debiendo cancelarse el porcentaje respectivo al momento del acogimiento. Articulo 7º.- Los montos cancelados en fecha anterior a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no son considerados pagos indebidos o exceso, por lo que no son objeto de de devolucion o compensacion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- DESCUENTO EXCEPCIONAL Los contribuyentes que a la fecha tengan obligaciones pendientes de pago derivados de multas tributarias impuestas con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, gozaran de un descuento del 90% del monto insoluto y del 100% del interes moratorio, siempre que, cumplan con presentar la declaracion tributaria respectiva y con cancelar el 10% del monto insoluto de las mismas hasta el 31 de agosto del presente ejercicio. Segunda.VIGENCIA DE LA PRESENTE ORDENANZA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Facultar al MORDAZA a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla Dado en San MORDAZA a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil siete. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 76750-2

Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008
ORDENANZA Nº 205-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto en Sesion Ordinaria de fecha 20 de junio del ano 2007, el Informe Nº 0048-2007-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 00002-2007-0500GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, relacionado con el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008, aprobado en Sesion Ordinaria del Consejo de Coordinacion Local Distrital con fecha 8 de junio del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden

cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico, en concordancia con el Articulo 5º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 054-2005-PCM, establecen la responsabilidad de los Gobiernos Locales de conducir sus procesos de planeamiento estrategico, el que se desarrolla en planes de corto, mediano y largo plazo que orientan indicativamente al sector privado y proyectan el quehacer del sector publico nacional en el ambito de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, dispone en su Articulo 17º, Numeral 17.1, que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestion Publica; Que, en el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. Asimismo, la referida Ley establece en su articulo 97º que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las politicas locales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, el Articulo 1º de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056, establece que el MORDAZA del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. Asimismo, la referida Ley establece en su Articulo 8º que los Gobiernos Regionales y Locales, para efectos del MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ambito territorial, el Plan de Desarrollo Concertado, segun corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de inversion, asignacion y ejecucion de los recursos asi como de la gestion individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones publicas o privadas promotoras del desarrollo; Que, en el Inciso 14) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; se establece que el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que, el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 08-2007-EF/76.01, contiene lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008 a la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Municipal Concertado; Que, es necesario contar con un instrumento normativo interno que permita establecer los mecanismos y procedimientos que aseguren la participacion de la Sociedad Civil Organizada y Entidades de Gobierno en el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008 en el distrito de San Isidro; De conformidad con lo establecido en los Articulos 9º, Numerales 8) y 14) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2008 EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008, que consta de diecinueve (19) Articulos y que forma parte de la presente Ordenanza; Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA a dictar las medidas complementarias y modificatorias al Reglamento indicado en el Articulo Primero, necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008; Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 176-MSI que aprobo el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Institucional 2007.

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