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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de junio de 2007 347789 Visto el Expediente Nº 07-030702-001, que contiene el Memorándum N° 286-2007-DGPS/MINSA; CONSIDERANDO: Que, en diciembre de 2005, la Resolución A /60/5, de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre “Mejoramiento de la seguridad vial en el mundo”, solicitó una Semana Mundial sobre la Seguridad Vial, a través del cual respaldaba resoluciones anteriores de la Asamblea General de las Naciones Unidas y de la Asamblea Mundial de la Salud, que refl ejaban la creciente preocupación de los gobiernos y las comunidades internacionales de salud pública; Que, mediante Resolución Ministerial N° 771- 2004/MINSA del 27 de julio de 2004, se establecieron las Estrategias Sanitarias Nacionales, incluida la de Accidentes de Tránsito; Que, por Resolución Ministerial N° 662-2005-MINSA, del 31 de agosto de 2005, se aprobó la Directiva “Promoción de la Seguridad Vial y Cultura de Tránsito en el Marco de las Políticas Públicas Saludables”, cuyo objetivo general es difundir y orientar la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito en el individuo, familia y comunidad, desde el escenario de los municipios e instituciones educativas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 308-2007- MINSA, del 16 de abril de 2007, se ha aprobado la NTS N° 055-MINSA/DGE-V.“Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica de Lesiones por Accidentes de Tránsito”, cuyo objetivo es implementar el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública de Lesiones por Accidente de Tránsito que permita disponer de información oportuna, adecuada y con fiable de los efectos directos e indirectos producidos por los accidentes de tránsito a la salud de las personas que deriven de dicho evento, para orientar las intervenciones de prevención, control e investigación frente a este daño; Que, conforme se re fiere en el proyecto de la Directiva, materia de análisis, su finalidad es sensibilizar a la población sobre la necesidad de que todos contribuyan a la disminución de accidentes de tránsito y así evitar los daños personales, familiares, sociales y económicos que causan en el individuo, la familia y la comunidad; Que, en virtud de ello, la Dirección General de Promoción de la Salud ha elaborado una Directiva Administrativa para su aprobación; Con la opinión favorable de la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Dirección General de Promoción de la Salud y del Director General de la O ficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 8° de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 114- MINSA/DGPS-OGDN.V.01 Directiva Sanitaria para regular la Actividad: “El Ministerio de Salud promoviendo la Cultura de Tránsito y la Seguridad Vial”; la misma que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución y Directiva Administrativa en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 76542-1 Designan representante del Ministro de Salud ante la Comisión Nacional de Nombramiento de Profesionales No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 527-2007/MINSA Lima, 22 de junio del 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud no Médicos Cirujanos Contratados por el Ministerio de Salud a Nivel Nacional, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los referidos profesionales de la salud que, a la fecha de la entrada en vigencia de la citada Ley, se encontraran prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2005-SA, se aprobó el reglamento de la Ley Nº 28498, el mismo que fue elevado a rango de Ley mediante la dación de la Ley Nº 28632; Que, el Artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 28498, estableció que, para efectos de la conducción del proceso de nombramiento de los profesionales de la salud contratados, se designará una Comisión Nacional de Nombramiento, la misma que debía ser o ficializada por Resolución del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 811-2005/ MINSA de fecha 21 de octubre de 2005, se designó a la Comisión Nacional de Nombramiento de Profesionales No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Decreto de Urgencia Nº 020-2006, deja en suspenso toda disposición legal o reglamentaria que autorice a realizar nombramientos o contratación de personal; Que, la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en el numeral 3.2 de su Artículo 3º autoriza al Ministerio de Salud para que realice un proceso de racionalización, a nivel del Sector Salud, para determinar el número de plazas estrictamente necesarias para brindar el servicio de salud, debiéndose efectuar, en el ámbito nacional, la reubicación de plazas y/o reasignación del personal profesional y asistencial de la salud que resulte excedente; Que, asimismo, el precitado dispositivo, establece que este proceso contemplará, además, la implementación de la Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud no Médicos Cirujanos, contratados por el Ministerio de Salud, considerando hasta un máximo del quince por ciento (15%) del personal que labora bajo el régimen de servicios no personales u otras modalidades de contratación, previo concurso; Que, dentro de ese contexto, resulta conveniente disponer que la Comisión Nacional de Nombramiento y las Comisiones Locales de las Unidades Ejecutoras y Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud, así como de las Direcciones Regionales de Salud y sus órganos desconcentrados, reinicien sus funciones a fin de llevar a cabo el proceso de nombramiento de los profesionales no médicos cirujanos hasta un quince por ciento (15%) de los mismos, previo concurso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 480-2006/ MINSA, de fecha 19 de mayo de 2006, se declaró en liquidación al Programa de Administración de Acuerdos de Gestión (PAAG) y, en consecuencia, culminó sus funciones el Coordinador General del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión, así como la de representante del entonces PAAG ante la Comisión Nacional de Nombramiento de los Profesionales No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la Abogada Lucy Margot CHAFLOQUE AGAPITO, Asesora del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, como representante del Ministro de Salud ante la Comisión Nacional de Nombramiento de Profesionales No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, debiendo presidir la citada Comisión. Artículo 2º.- Disponer que los Directores Generales de las O ficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Administración y de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, los Colegios Profesionales de la Salud y los Gremios de los profesionales de salud, en un plazo de cinco (5) días de publicada la presente resolución, designen a sus representantes.