Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2007 (06/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de marzo de 2007

En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero de 2007, el Informe Nº 010-2007-MDLM/ ADM, y el Informe Legal­ALE­MDLM, presentados por el Administrador Municipal y, el Asesor Legal Externo, respectivamente, de esta Municipalidad, donde expresan la justificacion tecnico legal de la procedencia y necesidad de la situacion de Desabastecimiento Inminente de los insumos para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado reformada por la Ley Nº 27680 en su articulo 194 establece que las Municipalidades son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Administrador Municipal Informa que con el fin de evitar el desabastecimiento en el Programa del Vaso de Leche, y aplicar el Art. 236° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, en lo relacionado a la adquisicion complementaria, establecio coordinaciones con las diversas Areas para ubicar los Contratos existentes de los Proveedores que han venido abasteciendo durante el ano 2006, verificandose que algunos no tenian Contrato (Proveedores de la Leche Fresca de Vaca, Soya en grano), existiendo Contrato solamente de la Leche Evaporada entera; ademas se determino que no todos estos productos distribuidos en forma individual a los beneficiarios cumplen con lo que establece la R.M. Nº 711-2002-SA-DM; Que, mediante Informe Nº 020-2007-MDLM-J-.SSSS. El Jefe del Departamento de Servicios Sociales y la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche, estan sugiriendo que para no ver desabastecido el Programa, se opte por el Desabastecimiento Inminente por un lapso de 90 dias hasta que se lleve a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda para adquirir los insumos del Programa del Vaso de Leche elegidos por las representantes de los Comites Base del Vaso de Leche, consistentes en Leche Fresca de Vaca, Hojuela de MORDAZA, Leche Evaporada Entera de 410 gr. y, Azucar Rubia. Asimismo, comunican que el monto anual para el Programa Vaso de Leche para el Ano 2007 segun Presupuesto Institucional de Apertura del Ano 2007 es de S/. 249,071.00 Nuevos Soles, lo que significa un monto mensual de S/. 20,755.92 Nuevos Soles; Que, el Art. 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Asimismo, senala que la Contraloria General de la Republica participa de oficio en las contrataciones y adquisiciones de los bienes, servicios u obras, en situacion de desabastecimiento inminente; Que, el Art. 19° inciso c) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM indica que la situacion de

Desabastecimiento Inminente se configura en los casos senalados en el Art. 21° de la Ley, no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, se hace necesario que el dinero correspondiente a los meses de enero y febrero de 2007 sea distribuido en forma equitativa en los siguientes meses del Ano 2007, con la finalidad de mejorar el Programa del Vaso de Leche; Que, mediante Informe Legal­A.L.E.­MDLM, el Asesor Legal Externo, senala que conforme al Informe Tecnico, es necesario la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, y que en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente se debe tomar acciones inmediatas para no perjudicar a los beneficiarios, recomendando para tal efecto se declare en situacion de desabastecimiento inminente el Programa del Vaso de Leche por un periodo de 90 dias, plazo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion correspondiente y por lo tanto, exonerar dicho MORDAZA de acuerdo a Ley; debiendose aprobar por Acuerdo de Concejo Municipal, previo Informe Tecnico­Legal correspondiente, conforme a lo establecido en el Articulo 20° de la Ley mencionada anteriormente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083.2004-PCM, y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, con el MORDAZA unanime de todos sus integrantes en ejercicio a las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 le confiere, el Pleno del Concejo aprobo el siguiente; ACUERDO: Articulo 1°.- Declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Matanza, por el periodo de 90 (noventa) dias, exonerandolo del MORDAZA de Seleccion correspondiente. Articulo 2°.- Encargar a la Dependencia responsable de las Adquisiciones y Contrataciones de esta Municipalidad, la adquisicion de los insumos requeridos, Leche Fresca de Vaca, Hojuela de MORDAZA, Leche Evaporada Entera de 410 gr. y, Azucar Rubia, realizando las acciones necesarias inmediatas para el oportuno suministro materia de la adquisicion. Articulo 3°.- Autorizar que el dinero correspondiente a los meses de enero y febrero de 2007 sea distribuido en forma equitativa en los siguientes meses del Ano 2007, con la finalidad de mejorar el Programa del Vaso de Leche. Articulo 4°.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi la remision del mismo y sus informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los plazos de ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIO MORDAZA MORDAZA
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