Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2007 (10/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2007

Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Tecnologias de Informacion y Procesos, como responsable de difundir a traves del MORDAZA de Transparencia via Internet, la informacion de la Corporacion a que se refiere el articulo 5º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- Disponer que todas las dependencias de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del ambito de sus respectivas competencias, proveeran en los plazos establecidos, la informacion que les solicite la Gerencia de Tecnologias y Procesos. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 57-2007RASS del 4 de enero de 2007. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA

35126-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014 -2007-MDE
La MORDAZA, 2 de marzo del 2007 VISTO, En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero.2007, el Informe Nº.06-2007-MDE/GM, presentado por el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Municipal, asi como el Informe Tecnico Nº 0012007-MDE/ULyS, del Jefe de la Unidad de Logistica e Informe Legal N° 149-2007-OAJ- MDE, de la asesora legal interna, sobre declaracion en situacion de desabastecimiento inminente de los insumos para el Programa del Vaso de Leche, y; CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13.Febrero.2007, se acordo por unanimidad declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el programa del vaso de leche de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, por el lapso de 60 dias calendario. Que, segun informe del visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28.FEBRERO.2007, el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Informe No06-2007-MDE/GM alcanzo el Informe Tecnico Nº 001-2007-MDE/ULyS e Informe Legal Nº 1492007-OAJ-MDE, sobre desabastecimiento inminente del Programa del Vaso de Leche para ser elevado al Concejo Municipal, para su ratificacion, a fin de sustentar el acuerdo de Concejo adoptado en sesion Ordinaria de fecha 13.febrero.2007 y cumplir con los requisitos establecidos por la Contraloria General de la Republica, asi como el CONSUCODE. Que, el inciso 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 27470 "Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche", modificado por la Ley Nº 27712, prescribe que "El Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos". Por lo que es necesaria la atencion y distribucion de los alimentos a los beneficiarios del Programa del Vaso de

Leche, toda vez que se trata de la alimentacion diaria de los ninos en edad de crecimiento, extrema pobreza y condicion economica precaria; Que, de conformidad al Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, "Se considera Situacion de Desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, de lo mencionado en el parrafo precedente, se tiene que para que se configure la causal de exoneracion de procesos de seleccion, segun el inciso c) del Articulo 19º del TUO. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, se deben presentar los siguientes supuestos; a) Ausencia de bienes y/o servicios, b) La ausencia debe ser extraordinaria e imprevisible, c) La ausencia compromete servicios esenciales u operaciones productivas realizadas por la Entidad, y d) El compromiso de los servicios esenciales u operaciones productivas-debe ser directo e inminente; Que, al haberse producido la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente, se requiere tomar una accion tendiente a adquirir los insumos indispensables para paliar dicha situacion extraordinaria, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion y adquisiciones definitivas; Por los fundamentos expuestos, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28.FEB.2007, aprobado con excepcion de tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad, ACORDO: Articulo 1º.- RATIFICAR, el Acuerdo de Concejo de fecha 13.febrero.2007, quedando de la siguiente manera: "SE ACORDO POR UNANIMIDAD DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA, POR EL LAPSO DE 60 DIAS CALENDARIOS" Articulo 2º.- AUTORIZAR la Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, conforme al requerimiento del area usuaria, consistente en: 5,153.40 Kg de Leche en polvo saborizada con azucar y 13,742.40 Kg de Harina de MORDAZA con Quinua fortificada con Kiwicha. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica y Sistemas la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, en forma directa mediante acciones inmediatas, cuyo valor asciende a S/.155,460.90, a ser atendido con los recursos de la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios ­ Programa del Vaso de Leche, del Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2007, segun detalle: - Leche en Polvo Saborizada con Azucar: 5,153.40 Kg., por el monto de S/.79, 877.70 - Harina de MORDAZA con Quinua Fortificada con Kiwicha: 13,742.40 Kg., por el monto de S/.75,583.20. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE MORDAZA del acuerdo y del informe tecnico legal que dieron origen al presente documento, dentro de los plazos establecidos por el Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. . Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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