Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2007 (10/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2007

Caribe en la que participo el Peru como Estado Parte, senala en su articulo 6 inciso III los Estados se comprometieron "asegurar la plena inclusion de la perspectiva de genero, tomando en cuenta la diversidad etnico racial y generacional, en el diseno y la ejecucion de los planes nacionales de desarrollo, y de las politicas y los programas publicos en todos los ambitos de la accion del Estado, asi como en los presupuestos destinados a financiarlos; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA se adhiere a otros tratados internacionales suscritos, aprobados y ratificados por el Peru que integran el concepto de genero como son: el Estatuto de MORDAZA de la Corte Penal internacional y los Protocolos de la Convencion sobre los Derechos del Nino; Asimismo la Decimo Primera Politica del Acuerdo Nacional, que establece la promocion de la Igualdad de Oportunidades sin discriminacion, mediante la cual el Estado Peruano se compromete a fortalecer la participacion, entre otros, de las mujeres como sujetos de pleno derecho. Para ello se impulsaran mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades economicas, sociales y politicas para toda la poblacion. Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como uno de sus objetivos de equidad social e igualdad de oportunidades: "promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion para la superacion de la pobreza...", proposito que se orienta especialmente a las personas victimas de la desigualdad y exclusion social. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y la Ley de Municipalidades - Ley Nº 27972, tienen como finalidad el fomento del desarrollo regional y local de forma integral, sostenible y la garantia de igualdad de oportunidades de sus habitantes, colocan la inclusion y la equidad como principios rectores de su accionar "impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion." Que, el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2005-MIMDES del 12 de septiembre del 2005, tiene como principal objetivo garantizar la igualdad de trato y oportunidades para las mujeres y hombres, garantizar los derechos economicos, sociales y politicos de las mujeres e institucionalizar la equidad de genero en las politicas, programas y proyectos del Estado. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, ha creado el Consejo Regional del MORDAZA y del Adolescente y el Consejo Regional Multisectorial de Salud (COREMUNSA), asi mismo aprueba la creacion del "CONSEJO REGIONAL POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE VARONES Y MUJERES". Que, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Demografia y Salud (ENDES 2090), en MORDAZA el 3.4% de varones son analfabetos versus el 7.5% de mujeres; los hogares con jefatura femenina en el area MORDAZA son del 22% versus el 4% en el area rural. 34 de cada 100 mujeres de 15 a 49 anos ya fueron madres por primera vez. En el MORDAZA politico, desde hace mas de una decada no existe representacion femenina de MORDAZA en el Congreso de la Republica y en el ultimo MORDAZA electoral local (2006), solo el 3.9% de alcaldes Distritales son mujeres y 0% en provincias. Que, a efectos de esta Ordenanza, se entendera por discriminacion, cualquier MORDAZA de distincion, exclusion o restriccion, que tenga por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de oportunidades y con equidad de genero, de los derechos de las personas y las libertades fundamentales en las esferas politica, economica, social cultural y civil o en cualquier otra esfera; en concordancia con los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Peruano. Que, en Sesion Ordinaria de fecha 5 de marzo del 2007 el Consejo Regional en uso de sus atribuciones y facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales aprobo por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza Regional : Articulo Primero.- El objeto de la presente ordenanza, que tendra como base el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, es establecer la normatividad necesaria, que garantice a todas las personas el pleno ejercicio de sus derechos para la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones, la equidad de genero y la no discriminacion. Articulo Segundo.- Apruebense los Lineamientos de Politica Regional en materia de equidad de genero en la Region MORDAZA, cuya aplicacion y cumplimiento es responsabilidad de todas las unidades organicas del pliego Gobierno Regional de MORDAZA, y que en anexo forma parte de la presente ordenanza.

Articulo Tercero.- Constituyase el Consejo Regional por la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, encargado de dar cumplimiento a los contenidos de la presente ordenanza e implementar, coordinar y hacer seguimiento a las acciones estrategicas, metas e indicadores del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010. Articulo Cuarto.- El Consejo Regional por la equidad de genero estara integrado por: - Gerencia General Regional - Gerencia Regional de Desarrollo Social - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Asociacion Civil de Colegios Profesionales - Mesa de concertacion para la lucha contra la pobreza, Redes de: Promocion de la mujer, de prevencion y atencion a la Violencia familiar, sexual y de genero. El Consejo debera reglamentar la presente ordenanza en un plazo no mayor de 90 dias calendario contados desde su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Disponer que el enfoque de equidad de genero se considere en los documentos de gestion, planes, programas y normas que elabore el Gobierno Regional y sus dependencias a traves del Plan Regional de Desarrollo Concertado, el Presupuesto Anual y el Presupuesto Participativo Anual, el Programa de Promocion de Inversiones y Exportaciones Regionales, el Programa de Competitividad Regional, el Plan Estrategico Regional de Participacion Ciudadana, el Programa de Desarrollo de Capacidades Humanas, el Programa de Desarrollo Institucional, el Plan Operativo Institucional, el Reglamento de Organizacion y Funciones, El Cuadro de Asignacion de Personal, el Manual de Organizacion y Funciones, Lineamientos de Politica Regional, Convenios y Propuestas de Acuerdos de cooperacion con otros organismos, con Gobiernos Regionales y estrategias de acciones macro regionales e iniciativas legislativas y otros. Articulo Sexto.- Recomendar a los Gobiernos Locales de la Region MORDAZA la inclusion del enfoque de equidad de genero en los documentos de gestion, planes, programas, normas y otros asi como el desarrollo de actividades orientadas a la participacion equitativa de mujeres y varones. Articulo Septimo.- Disponer que a partir de la fecha en todo MORDAZA de comunicaciones escritas y documentos de gestion, se utilice el lenguaje inclusivo (los, las) y progresivamente criterios de igualdad de oportunidades para mujeres y varones en el MORDAZA de la equidad de genero. Articulo Octavo.- Disponer que la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto prevea los recursos economicos para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo Noveno.- Derogase cualquier disposicion que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO: De conformidad con el Articulo 38 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificadas por las Leyes Nºs. 27902, 28961 y 28968, concordante con el inciso a) del Articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, se ordena la publicacion y cumplimiento. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente

ANEXO LINEAMIENTOS DE POLITICA REGIONAL EN MATERIA DE EQUIDAD DE GENERO
1.1 Enfoque de los Lineamientos: Los lineamientos de politica regional en materia de equidad e genero se enmarcan dentro de las principales recomendaciones internacionales y normas nacionales. Estos son: Enfoque de derechos humanos La perspectiva de derechos humanos toma en cuenta la centralidad de la persona humana, la cual se constituye en un imperativo para las diversas esferas de accion del Estado. El respeto, garantia y satisfaccion de los derechos humanos constituyen la base fundamental para la vigencia de un Estado democratico y el desarrollo integral de las personas.

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