Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2007 (13/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 13 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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creada por Ley Nº 27693, fue adscrita al Ministerio de Justicia; Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EF, se aprobo la fusion de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru UIF-Peru, con el Ministerio de Economia y Finanzas, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al Ministerio de Economia y Finanzas la calidad de entidad incorporante; Que, mediante el articulo 4 del Decreto Supremo N° 026-2007-EF, se constituye una Comision encargada de la transferencia de bienes, recursos, personal, materiales, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos, correspondientes a la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru UIF-Peru; Que, la referida Comision esta integrada por tres (3) miembros, dos (2) representantes del Ministerio de Economia y Finanzas y un (1) representante de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru UIF-Peru; Que, en cumplimiento con lo dispuesto en el articulo 4 del referido Decreto Supremo, resulta necesario designar al representante de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru - UIF-Peru, ante la mencionada Comision; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N° 25993 - Ley Organica del Ministerio de Justicia, y Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru - UIF-Peru ante la Comision constituida por Decreto Supremo N° 026-2007-EF. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 35837-3

diferentes entidades publicas y privadas para incentivar la cultura exportadora de las pequenas y medianas empresas y a su vez fortalecer la cadena exportadora peruana; Que, previa una adecuada capacitacion, resulta necesaria la designacion de Promotores Comerciales Honorarios del Peru en el exterior, como via para involucrar la participacion del migrante peruano en la sostenibilidad al impulso exportador del Peru, a traves de la difusion de la oferta exportable peruana y de la identificacion de oportunidades comerciales en el extranjero; Con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; DECRETA: Articulo 1°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores designara hasta 500 Promotores Comerciales Honorarios del Peru en el exterior, quienes estaran adscritos a los Consulados del Peru y colaboraran con los Consules y Consejeros o Agregados Economico-Comercial en la difusion de la oferta exportable, en la identificacion de oportunidades comerciales y apoyo a las misiones comerciales peruanas y ferias comerciales, de acuerdo a la programacion de actividades que el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en coordinacion con las entidades del Sector Publico y Privado Nacional, estimen prioritarios. Articulo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo realizaran las coordinaciones del caso con centros, escuelas y/o institutos nacionales especializados en comercio exterior a fin de disenar y organizar seminarios, conversatorios y conferencias orientados a capacitar a los aspirantes a Promotores. Asimismo brindaran informacion especializada mediante el uso de tecnologia informatica. Articulo 3°.- Para la designacion de los Promotores Comerciales Honorarios se requiere ser peruano de nacimiento; contar con titulo profesional o amplia experiencia en relacion con el desarrollo de la actividad comercial; no tener impedimento legal en el Peru ni en el MORDAZA de residencia; prestigio y solvencia economica y moral; situacion migratoria regular; y cumplir con presentar una declaracion jurada en que se comprometan a desarrollar una gestion eficiente y transparente. Articulo 4°.- Los Promotores Comerciales Honorarios seran designados en base a una terna presentada por el Consul General del Peru en la sede correspondiente, en coordinacion con las Camaras de Comercio Peruanas en el exterior, los Consejos de Consulta y de los Consejeros y Agregados Economicos Comerciales del Peru de la circunscripcion respectiva. Articulo 5°.- La designacion de los Promotores Comerciales Honorarios se efectuara por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en coordinacion con la Comision para la Promocion de las Exportaciones (PROMPEX) y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Dicha designacion sera por un ano, pudiendo renovarse por el mismo periodo. Articulo 6°.- Los Promotores Comerciales no suponen la condicion de funcionario publico, ni la pertenencia a la MORDAZA administrativa del Sector Publico del Peru. Articulo 7°.- Los Promotores Comerciales, por su condicion de honorarios, no irrogaran gasto al Tesoro Publico. Articulo 8°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 36001-1

RELACIONES EXTERIORES
Establecen disposiciones para la designacion de Promotores Comerciales Honorarios del Peru en el exterior
DECRETO SUPREMO N° 014-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 003-2002-RE se constituyo dentro de la estructura interna del Ministerio de Relaciones Exteriores la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica, la misma que esta encargada apoyar la promocion de la inversion extranjera en el Peru, identificar nuevos mercados y ampliar los existentes para las exportaciones nacionales; Que, de acuerdo con la Resolucion Ministerial N° 05332002-RE, las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior (OCEX), a cargo de Consejeros y Agregados EconomicoComerciales, son organos dependientes de la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica; Que, dada la creciente expansion del MORDAZA migratorio al exterior, el migrante peruano se ha convertido en promotor activo de las inversiones hacia el Peru, asi como de la apertura de nuestros mercados de exportacion; Que, el aporte del migrante peruano debe articularse con los esfuerzos que el Ministerio de Relaciones Exteriores viene desarrollando en el MORDAZA de la Diplomacia Economica; Que, es conveniente que la participacion de la comunidad peruana en el exterior se una a la labor de las

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