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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2007 (13/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de marzo de 2007 341455 9. Aprobar, suscribir, resolver y liquidar Convenios. 10. Resolver en última instancia administrativa los recursos impugnativos interpuestos contra resoluciones emitidas por las Direcciones Regionales Sectoriales transferidas al Gobierno Regional del Callao. 11. Designar al Comité de Gestión Patrimonial y al Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones. 12. Disponer la instauración de Procesos Administrativos Disciplinarios a los servidores y funcionarios del Gobierno Regional del Callao. 13. Imponer las sanciones administrativas derivadas de los Procesos Administrativos Disciplinarios. Las acciones que se realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la presente artículo, se efectuarán indefectiblemente con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad funcional de los servidores y/o Funcionarios que intervienen en su procesamiento previo, siendo éstos responsables solidarios de su contenido y forma. Artículo Segundo.- DELÉGASE en los Gerentes Regionales la facultad de realizar mediante Resoluciones Gerenciales las siguientes acciones: 1. Aprobar Expedientes Técnicos, actividades, especi fi caciones técnicas, Términos de Referencia de los Expedientes que se originen en las O fi cinas que dependan jerárquicamente de cada Gerencia Regional. 2. Aprobar las ampliaciones de plazo y las modi fi caciones del presupuesto analítico desagregado con o sin incremento del marco presupuestal de las obras y/o actividades, mediante la modalidad de ejecución presupuestaria directa. 3. Aprobar las liquidaciones de obras y/o actividades mediante la modalidad de ejecución presupuestaria directa, que se originen en las o fi cinas que dependen jerárquicamente de cada Gerencia Regional. Artículo Tercero.- DELÉGASE en el Gerente de Administración la facultad de realizar mediante Resoluciones Gerenciales, las siguientes acciones: 1. Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicaciones Directas Públicas, Selectivas y de Menor Cuantía, realizados al amparo de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2. Suscribir y resolver los contratos derivados de los procesos de adjudicaciones Directas Públicas, Selectivas y de Menor Cuantía, convocados en virtud a las normas citadas en el numeral que antecede 3. Aprobar Adicionales, Deductivos, Ampliaciones de Plazo y Ampliaciones Complementarias, Liquidar y resolver los contratos suscritos, en virtud a las normas aludidas. 4. Aprobar y/o modi fi car los Expedientes Técnicos, Especi fi caciones Técnicas y Términos de Referencia de los expedientes que se originen en las O fi cinas que dependen jerárquicamente de la Gerencia de Administración. 5. Aprobar las devoluciones por pago en exceso o indebido de impuestos de Aduanas a las personas jurídicas o naturales. 6. Aprobar el reconocimiento de crédito devengado y autorizar el pago. 7. Aprobar las devoluciones por pagos a multas descontadas indebidamente a los contratistas o proveedores. 8. Otorgar y nivelar las pensiones generadas y que correspondan al decreto Ley Nº 20530 9. Disponer la ejecución de retenciones judiciales.10. Suscribir todos los actos referidos a la contratación de personal en sus diferentes modalidades, dando cuenta de ello a la Presidencia Regional y a la Gerencia General. 11. Suscribir y tramitar todo tipo de procedimientos administrativos, tributarios y registrales ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, ESSALUD, O fi cina de Normalización Previsional – ONP, y ante las Municipalidades Provinciales y Distritales y cualquier otro organismo del Estado. 12. Autorizar el pago de incentivos por reforzamiento institucional. 13. Autorizar el pago de remuneraciones devengadas y pensiones devengadas. Artículo Cuarto.- DELÉGASE en el Gerente de Asesoría Jurídica las siguientes facultades: 1. Suscribir diversas cartas notariales, para los casos que el Gobierno Regional del Callao dirija a personas naturales y/o jurídicas, con relación a la implementación de las recomendaciones de las acciones de auditoría, que el Órgano de Control Institucional efectúe o haya efectuado. 2. Intervenir, en defensa de los intereses del Gobierno Regional del Callao, en los procedimientos administrativos que se procesan ante otros organismos públicos (SUNAT, INDECOPI, ESSALUD, Gobiernos Locales, entre otros). Artículo Quinto.- DELÉGASE en la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial las facultades de aprobar mediante Resoluciones Gerenciales, los siguientes actos: 1. Modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático de acuerdo al numeral 40.2 del Artículo 40º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2. Las propuestas que superen el límite del valor referencial, establecido en el artículo 33º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Sexto.- DELÉGASE en la O fi cina de Cooperación Técnica Internacional, las facultades de aprobar mediante Resoluciones los siguientes actos: 1. Aprobar las solicitudes de inscripción y/o renovación en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo – ONGD del Gobierno Regional del Callao, previa opinión técnica favorable. 2. Aprobar los proyectos presentados por las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, a ejecutarse en la jurisdicción del Gobierno Regional del Callao, previa opinión técnica favorable. 3. Aprobar las donaciones de cooperación técnica internacional cuando provengan de propia iniciativa de cualquier fuente cooperante u organismo gubernamental, previa opinión técnica favorable que contenga el análisis de costo bene fi cio, dando cuenta de ello a la Presidencia Regional y a la Gerencia General. Artículo Séptimo.- DELÉGASE en la O fi cina de Recursos Humanos la facultad de realizar, mediante Resoluciones y previo al cumplimiento, bajo responsabilidad de los requisitos legales y administrativos exigidos, las acciones de personal siguientes: 1. Modi fi car el reglamento Interno de Trabajo. 2. Imponer y aplicar sanciones por falta disciplinaria, únicamente en los casos que le correspondan, en