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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2007 (21/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de marzo de 2007 341900 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 624-2006- MEM/DM de fecha 29 de diciembre de 2006, se aprueba el Presupuesto Institucional del Pliego 016- Ministerio de Energía y Minas correspondiente al Año Fiscal 2007, que incluye a la Unidad Ejecutora Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos; Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28979, dada el 15 de febrero de 2007, autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de MIL DOSCIENTOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 206 891 607,00), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de dar atención a gastos orientados a la ejecución de proyectos, entre otras obligaciones a cargo de diversos Sectores; Que, mediante el O fi cio Circular Nº 008-2007- EF/76.12 de fecha 16 de febrero de 2007, la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas remitió el Anexo con Código AIR57A6C – Distribución del Gasto del Gobierno Nacional por Actividad y Proyecto y Grupo Genérico de Gasto de la Ley Nº 28979, que constó de 9 páginas y registró el crédito presupuestario asignado al Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas por el monto de CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 56 378 191,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1º de la Ley antes referida, mediante la Resolución Ministerial Nº 076-2007-MEM/DM de fecha 21 de febrero de 2007, el Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, aprobó la desagregación de los recursos provenientes del Crédito Suplementario a nivel de función, programa, sub programa, actividad, proyecto y grupo genérico del gasto, hasta por la suma de S/. 56 378 191,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el Ministerio de Energía y Minas como parte del Gobierno Nacional ha suscrito convenios con los Gobiernos Regionales y Locales, para la ejecución de los proyectos, los que se realizarán mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecución de los proyectos de acuerdo a lo establecido en el literal g) del Artículo 5º de la Ley Nº 28927; Que, mediante Memorándum Nº 075-07-MEM/DEP de fecha 2 de marzo de 2007, la Unidad Ejecutora Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos conformante del Pliego Institucional, ha solicitado la aprobación de las transferencias fi nancieras a efectuarse a favor de los GOBIERNOS REGIONALES y GOBIERNOS LOCALES, en el marco de la Ley Nº 28979, para la ejecución de obras de 154 proyectos de electri fi cación rural descritos en los Anexos 01 y 02, constitutivos de la parte resolutiva del presente dispositivo, por la suma total de S/. 43 389 030,00; Que, mediante Informe Nº 022-2007-MEM-OGP/PRES de fecha 9 de marzo de 2007, la O fi cina de Presupuesto ha emitido opinión favorable, certi fi cando la disponibilidad presupuestaria en las cadenas funcionales programáticas y de gasto que harán factible las operaciones de transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007; la Ley Nº 28979 - Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 para la continuidad de Inversiones y dicta otras disposiciones; Con la opinión favorable del Director (e) de Presupuesto y el Vº Bº del Director General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática, del Director General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 42 006 004,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES SEIS MIL CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2007; a favor de los GOBIERNOS REGIONALES de ANCASH; APURÍMAC; AYACUCHO; CAJAMARCA; CUSCO; HUANCAVELICA; HUANUCO; LA LIBERTAD; LAMBAYEQUE; LORETO; PIURA; PUNO; SAN MARTÍN y TUMBES, para la ejecución de obras de 146 proyectos de electri fi cación descritos en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 1 383 026,00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL VEINTISÉIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016- Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2007; a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMÚ (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOCOPE (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLEBAMBA (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORANI (PUNO); para la ejecución de obras de 8 proyectos de electri fi cación descritos en el Anexo 02 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Los recursos, materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en los referidos Anexos, quedando prohibido que los GOBIERNOS REGIONALES y GOBIERNOS LOCALES, efectúen anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos. Artículo 4º.- Las transferencias fi nancieras a que se re fi eren los artículos precedentes se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, órgano nacional competente en materia de electri fi cación rural, de acuerdo al siguiente detalle: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS PROGRAMA : 035 Energía SUBPROGRAMA : 0100 Electri fi cación Rural ACTIVIDAD : 1 038920 Transferencia para Proyectos de Inversión – Ley Nº 28979 CATEGORÍA DEL GASTO : 6 GASTOS DE CAPITAL GRUPO GENÉRICO DEL GASTO : 7 Otros Gastos de Capital Artículo 5º La ejecución de los recursos autorizados mediante las transferencias fi nancieras, materia de la presente Resolución, está sujeta a los Calendarios de Compromisos que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 6º .- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Financiamiento de los Proyectos de Inversiones, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respectivamente. Artículo 7º.- La Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección Ejecutiva de Proyectos, será responsable del cumplimiento de la ejecución de los Convenios referidos en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas