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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de marzo de 2007 341917 Artículo 2º.- Considerar que el uso y operación de la frecuencia 92.5 MHz, en la localidad de San José de Sisa, departamento de San Martín, continúan autorizados a la EMPRESA PERIODÍSTICA RADIO Y TELEVISIÓN “EL DORADO” E.I.R.L., hasta que se resuelva de fi nitivamente el proceso contencioso administrativo iniciado por ésta. Artículo 3°.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de su formalización mediante el acto administrativo correspondiente, si la autoridad judicial revoca la medida cautelar que ordena la suspensión de la Resolución Viceministerial Nº 143-2005-MTC/03, o resuelva no amparar el proceso iniciado por la EMPRESA PERIODÍSTICA RADIO Y TELEVISIÓN “EL DORADO” E.I.R.L., con Expediente Nº 007-2006; en tal caso, la citada Resolución recobrará su plena e fi cacia. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, O fi cina de Recaudación y Soporte Operativo y al Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese,CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 38846-2 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 223-2007-JEF/RENIEC Lima, 15 de marzo de 2007 VISTOS:El O fi cio Nº 493-2007/GPDR/RENIEC, emitido por la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 305-2007-GAJ/RENIEC de fecha 27 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, con el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identi fi cation System), se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresión dactilar con la base de datos del registro; a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades múltiples y otros casos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1231- 2006-JEF/RENIEC, de fecha 6 de diciembre del año 2006, se autorizó a la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación, para que proceda a la inmediata cancelación de las inscripciones detectadas como dobles o múltiples; así como, las suplantaciones, en mérito a los Informes Sumarios del Departamento de Dactiloscopía y Grafotecnia de la Entidad, como resultado del proceso de identi fi cación automática de huellas duplicadas a través del Sistema antes mencionado; habiéndose detectado dentro de este nuevo proceso los siguientes casos: 1.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 037/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana SABINA QUISPITTUPA TURPO, titular de la Inscripción Nº 23841317, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 23862703 bajo el nombre de SABINA CASTRO DE CASTAÑEDA , hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 141-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 019-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 23862703, por duplicidad; 2.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 049/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano JULIO CESAR FERNÁNDEZ SILVA, titular de la Inscripción Nº 09972206, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42812835 bajo el nombre de LEONCIO BENAVIDES VALLADARES , hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 226-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 02-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42812835, por duplicidad; 3.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 069/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana ANA CRISTINA VILLANUEVA DONAYRE, titular de la Inscripción Nº 10079740, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42814263 bajo el nombre de ANA PATRICIA MORAN MONTOYA , hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 221-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 02-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42814263, por duplicidad; 4.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 075/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana JAQUELINE TANIA QUISPE TEVES, titular de la Inscripción Nº 10652603, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43233028 bajo el nombre de JAQUELINE GRECIA SAN JORGE TEVES , hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 216-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 02-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusión de finitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43233028, por duplicidad; 5.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 046/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana ERIKA VIRGINIA ASENCIOS SALAS, titular de la Inscripción Nº 15300626, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43083158 bajo el nombre de ERIKA MILAGROS SHIGUETA VASQUEZ , hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 220-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 02-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43083158, por duplicidad; 6.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 044/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana ERIKA CAROLINA YPARRAGUIRRE JURO, titular de la Inscripción Nº 40181544, obtuvo de manera indebida las Inscripciones Nº 42543709 y 42341754 bajo el nombre de ERIKA ESTHER VILLALOBOS LIZAMA y ERIKA MONTALVO RIOS, respectivamente, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 199-Día/Día, determinándose que se trata de una misma persona biológica con tres inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 33-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, y Resolución N° 003-2007/SGDI/GPDR/RENIEC la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de las Inscripciones Nº 42543709 y N° 42341754, por duplicidad respectivamente; 7.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 019-AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano JUAN JESÚS COLMENARES CAVERO, titular de la Inscripción Nº 42957273, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43506145 bajo el nombre de