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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2007 342115 acciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 40609-1 DEFENSA Autorizan viaje de Personal Militar FAP para participar en reunión de coordinación de Estados Mayores con la Fuerza Aérea de Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2007-DE/FAP Lima, 23 de marzo de 2007 Visto el O fi cio NC-190-EMAI-Nº 0253 del 21 de febrero de 2007 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y Mensaje SGFA-222005 de febrero 2007 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Argentina, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva de la presente resolución, quienes participarán en la VI Reunión de Coordinación de Estados Mayores entre la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea de Argentina, a realizarse del 27 al 30 de marzo de 2007, en la ciudad de Buenos Aires; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Argentina, del 26 al 31 de marzo de 2007, del Personal Militar FAP que se indica a continuación, quienes participarán en la VI Reunión de Coordinación de Estados Mayores entre la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea de Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires: Teniente General FAP VILLACORTA BAZAN, Fernando MoisesCoronel FAP HURTADO ESTELLA, Oscar RicardoMayor FAP MACEDO GARCIA, Cesar Augusto Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima US$ 800.00 x 3 O fi ciales Viáticos US$ 200.00 x 6 días x 3 O fi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 3 O fi ciales Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 41399-6 EDUCACION Aprueban donación de computadoras personales, modelo laptop, a los docentes que obtuvieron los nueve primeros puestos en la evaluación censal autorizada mediante D.S. N° 025-2006-ED RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2007-ED Lima 23 de marzo de 2007 CONSIDERANDO:Que, en el artículo 15° de la Constitución Política del Perú, se establece que el Estado y la sociedad procuran la evaluación, capacitación, profesionalización y promoción permanente del profesorado; Que, de acuerdo con el artículo 79° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad, defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el profesor constituye el agente fundamental del proceso educativo, contribuyendo e fi cazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano, por lo que su reconocimiento e incentivo constituye una práctica fundamental del Sector a fi n de fomentar su buen desempeño profesional; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2006-ED, se autorizó la evaluación censal a los docentes de Educación Básica Regular, de los niveles de educación inicial, primaria y secundaria; Que, se ha considerado conveniente donar una computadora personal modelo laptop a cada uno de los docentes que ocuparon los nueve (9) primeros puestos en dicha evaluación; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 560 y N° 804. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la donación de nueve computadoras personales, modelo laptop a cada uno de los docentes que obtuvieron los nueve primeros puestos en la evaluación censal autorizada mediante Decreto Supremo N° 025-2006-ED, cuyos nombres se detallan a continuación: - Carlos Alberto Yampufé Requejo - Ana Mery Bravo Llaque- Julio Pedro Alberto Rentería Corrales- Silvia Deza Alcántara- Mariela Noemí Carpio de la Cruz- Francisco Javier Benites Luis- Dennis Raúl Mucha Montoya- Liler Acuña Regalado- Nereyda Irene Vilca Yauri Artículo 2°.- Autorizar al Ministerio de Educación a realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.