Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2007 (24/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2007

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulo de Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 092-2007-CNM MORDAZA, 13 de marzo de 2007

Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese.

VISTO: El Oficio Nº 5202-2006-CE-PJ, de fecha 22 de diciembre de 2006, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 5202-2006-CE-PJ, de fecha 22 de diciembre de 2006, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 156-2006-CE-PJ, de fecha 9 de noviembre de 2006, que declara subsistente la Resolucion Administrativa Nº 154-2005-CE-PJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2005, que declaro fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Minano, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de MORDAZA, a una plaza de igual nivel que se encuentra vacante en la MORDAZA de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Oficio Nº 088-2007-P-CNM, de fecha 10 de enero de 2007, solicito al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tenga a bien informar la plaza exacta a que ha sido trasladado el mencionado magistrado, a fin de expedirle el titulo correspondiente; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 883-2007-CE-PJ, de fecha 6 de marzo de 2007, remite el Oficio Nº 609-2007-P-CSJLL/ PJ, de fecha 20 de febrero de 2007, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, por el cual informa que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Minano, en merito a la Resolucion Administrativa Nº 071-2007-CSJLL/ PJ, ha sido designado como Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 40767-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delitos en agravio de las Municipalidades Provincial de MORDAZA y Distrital de MORDAZA Larco MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 099-2007-CG MORDAZA, 22 de marzo de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 037-2007-CG/ ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, MORDAZA, por el periodo comprendido del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, a fin de determinar si la entidad ha dado cumplimiento a los objetivos y metas institucionales en observancia a la normatividad legal aplicable, referente a la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y el correcto uso de los recursos del Estado; incidiendo en la verificacion de las presuntas irregularidades denunciadas; Que, como resultado de la accion de control, la Comision Auditora ha evidenciado irregularidades en la autorizacion y adjudicacion de la obra "Linea de Conduccion de Agua Potable de Lampa", al haberse declarado en emergencia el servicio de agua potable de la MORDAZA de MORDAZA, sin cumplir con los requisitos previstos en la normativa aplicable; aprobandose el Expediente Tecnico de la Obra, con un presupuesto base de S/. 419 597,43, sin encontrarse financiado dicho monto; siendo que posteriormente se acordo que la ejecucion de la citada obra se realice bajo la modalidad de Administracion Directa y Subcontrata de mano de Obra Calificada y no Calificada, para cuyo efecto se realizo una Adjudicacion Directa Selectiva, respecto a la cual no se acredita la documentacion sustentatoria correspondiente; habiendose evidenciado, asimismo, la realizacion de un pago por la elaboracion del Expediente Tecnico de la referida obra, sin la conformidad del servicio contratado, el mismo que ya habia sido prestado por otro contratista, a quien la entidad le pago; hechos que denotan la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Aprovechamiento Indebido del Cargo, y

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