TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2007 342129 Otorgan concesión a Sagitel Perú S.A.C. para la prestación de servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2007 MTC/03 Lima, 21 de marzo de 2007 Vista, la solicitud formulada con Expediente Nº 2006- 012762, por la empresa SAGITEL PERÚ S.A.C. para que se le otorgue concesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, en todo el territorio de la República del Perú; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios portadores se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 37º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modi fi catorias, establece que los servicios portadores de larga distancia nacional son aquellos que tienen la facultad de proporcionar la capacidad necesaria para el transporte de señales de telecomunicaciones e interconectar redes y servicios de telecomunicaciones a nivel nacional; Que, del mismo modo, el artículo 38º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que los servicios portadores de larga distancia internacional son aquellos que tienen la facultad de proporcionar la capacidad necesaria para el transporte de señales de telecomunicaciones originadas y terminadas en el país, hacia o desde el ámbito internacional; Que, mediante Informes Nºs. 602-2006-MTC/17.01.ssp. y 022-2007-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones señala que, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, es procedente la solicitud formulada por la empresa SAGITEL PERÚ S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SAGITEL PERU S.A.C., concesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú.Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa SAGITEL PERÚ S.A.C., para la prestación de los servicios públicos a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veintisiete (27) cláusulas y tres (3) anexos, que forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como la presentación de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 40703-1 Designan representante del Ministerio ante el Comité Consultivo Multisectorial del Programa de Caminos Departamentales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 137-2007-MTC/02 Lima, 21 de marzo de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 076-2007- PCM, se constituyó el Comité Consultivo Multisectorial del Programa de Caminos Departamentales, que se encargará de la supervisión y asesoría del referido Programa; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2° y 3° de la mencionada Resolución Ministerial, el Comité estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que será designado mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Comité Consultivo Multisectorial del Programa de Caminos Departamentales; De conformidad con el Decreto Supremo N° 041-2002- MTC y la Resolución Ministerial N° 076-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Edgar Quispe Remón, Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Comité Consultivo Multisectorial del Programa de Caminos Departamentales, constituido por Resolución Ministerial N° 076-2007-PCM. Artículo 2°.- El funcionario designado en el artículo precedente llevará a cabo el encargo encomendado, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 40586-1