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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2007 (26/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2007 342200 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Pesquera Ribaudo S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 111-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 26 de febrero del 2007 Visto los escritos con Registro N° 00067673, de fechas 18 de octubre, 22 de noviembre, 19 de diciembre, 28 de diciembre del 2006 y 13 de febrero del 2007, presentados por la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 140- 95-PE, de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado entre otros, a la empresa PESQUERA COSTA MAR S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “COSTA MAR 2” con matrícula N° CE-4992-PM, con una capacidad de bodega de 180 TM, la cual se dedicará a la extracción de recursos hidrobiológicos de Consumo Humano Indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante la Resolución Directoral N° 173-98- PE/ DNE, de fecha 29 de mayo de 1998, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial N° 140-95-PE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “COSTA MAR 2”, con matrícula N° CE-4992-PM con una capacidad de bodega de 180.20 m3 , a favor de PESQUERA ACUARIUS S.R.Ltda, en los mismos términos y condiciones en fue otorgado; Que, a través de la Resolución Directoral N° 239-2004- PRODUCE/DNEPP, de fecha 24 de agosto del 2004, se aprobó el cambio de titular de permiso de pesca de la embarcación pesquera “COSTA MAR 2” con matrícula N° CE-4992-PM, solicitado por la empresa HORIZONTE MARINO S.A.C; Que los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001- 2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano directo; y, que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y /o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial N° 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolución; Que, mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial N° 140-95-PE, para operar la embarcación pesquera “COSTA MAR 2” de matrícula CE-4992-PM, en virtud a un Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con el Banco Continental propietario de la citada embarcación. Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 06 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE publicado a través de la Resolución Ministerial N° 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado;Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, a través del Informe N° 019- 2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 19 de enero del 2007 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca solicitado por la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. para operar la embarcación pesquera denominada “COSTA MAR 2” con matrícula N° CE-4992-PM, otorgado por Resolución Ministerial Nº 140-95-PE, modi fi cada por Resolución Directoral Nº 173-98-PE/DNE y que a su vez , fue modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 239-2004- PRODUCE/DNEPP, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado inicialmente, respetando lo establecido por la normatividad pesquera vigente. Artículo 2°.- El acceso al recurso sardina, será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modi fi quen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas por el Decreto Supremo N° 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservación a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado por la Resolución Directoral N° 239-2004-PRODUCE/DNEPP a favor de HORIZONTE MARINO S.A.C, para operar la embarcación pesquera denominada “COSTA MAR 2” de matrícula N° CE-4992- PM. Artículo 4°.- Incorporar a la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “COSTA MAR 2” de matrícula Nº CE-4992-PM, así como la presente Resolución, al Literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial N° 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolución Ministerial N° 229-2002-PRODUCE, excluyendo a HORIZONTE MARINO S.A.C. y la Resolución Directoral Nº 239-2004-PRODUCE/DNEPP de dichos anexos. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 41278-4 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Industrial Pesquera Santa Mónica S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 112-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 26 de febrero del 2007