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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2007 (05/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2007 344685 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, se encuentra la realización y participación en eventos destinados a la promoción de la exportación de bienes y servicios y mejora de la oferta exportable, de conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 10) del artículo 5° de su Reglamento de Organización y Funciones; Que, PROMPEX, conjuntamente con cinco empresas nacionales, han programado su participación en la Feria Automechanika Middle East 2007, a realizarse del 27 al 29 de mayo del 2007, en la ciudad de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, Feria considerada como una de las más importantes a nivel mundial en el rubro de autopartes, la cual tiene como fortaleza un excelente conocimiento de las necesidades de la industria, mostrando la oferta de expositores provenientes de todo el mundo y reuniendo a compradores profesionales; Que, el objetivo de participar en la Feria Automechanika Middle East 2007 es promocionar y difundir los productos peruanos del sector autopartes en mercados en crecimiento y alto potencial como lo es el Medio Oriente, así como identi fi car potenciales compradores y distribuidores para los productos nacionales; Que, por tal razón, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viaje del señor Oswaldo Carlos García Jerí, quien presta servicios en la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanías de PROMPEX, afi n de que participe en dicha Feria en representación de la Entidad, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordine cuanto se re fi ere a la instalación del stand peruano; Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan para realizar acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley N° 28927, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 003-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Oswaldo Carlos García Jerí, quien presta servicios en la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanías de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, del 23 al 31 de mayo del 2007, para que en representación de PROMPEX, entidad en proceso de fusión y que asumirá la denominación de Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, participe en la Feria a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260 x 6 días) : US$ 1 560,00 - Pasajes : US$ 3 600,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presentará al Titular de la Entidad un Informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 56903-4 Aprueban Directiva que establece “Normas complementarias al procedimiento de autorización y registro de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura e importación de los referidos bienes al amparo de Certificados de Cumplimiento” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 368-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 26 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por las Leyes Nros. 27796 y 28945, y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regularon las normas que rigen la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país; Que, para efecto de lo dispuesto en la Ley Nº 28945 “Ley de Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas”, resulta necesario regular las normas complementarias al procedimiento de autorización y registro de modelos de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura previsto en el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR así como al procedimiento de importación de los referidos bienes al amparo de Certi fi cados de Cumplimiento expedidos por entidades autorizadas a expedir Certi fi cados de Cumplimiento autorizadas por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas para jurisdicciones distintas a la del país; Que, en uso de las atribuciones contenidas en los artículos 24º y 25º de la Ley Nº 27153 y 48º, literal i) del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 337-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2007- MINCETUR/VMT/DGJCMT “Normas complementarias al procedimiento de autorización y registro de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura e importación de los referidos bienes al amparo de Certi fi cados de Cumplimiento”, la misma que consta de cinco (5) títulos, diecinueve (19) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias y Finales y un Anexo. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casinoy Máquinas Tragamonedas