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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2007 (11/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2007 344969 características de calidad nutricional y comercial y su aplicación a nivel nacional. 6. Proponer un mecanismo que permita de fi nir la combinación óptima de productos de origen regional o local para la preparación de raciones de los Programas Alimentarios y Programa del Vaso de Leche. 7. Proponer un mecanismo de monitoreo y supervisión de las estrategias de mayor impacto identi fi cadas. Artículo 6°.- Instituciones Públicas Las instituciones públicas, sin excepción y bajo responsabilidad de quienes las dirijan, prestarán el apoyo informativo que les sea requerido por el Grupo de Trabajo para el cumplimiento de sus funciones, y el asesoramiento cuando se trate de instituciones del Poder Ejecutivo. Artículo 7°.- Participación de terceros Las instituciones públicas y privadas, así como las personas naturales y jurídicas interesadas podrán efectuar sus propuestas y recomendaciones, las mismas que deberán canalizarse a través del Secretario del Grupo de Trabajo. Artículo 8°.- Vigencia del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo constituido, quedará disuelto una vez cumplido el encargo encomendado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 9°.- Disposiciones Complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros podrá emitir las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación del presente dispositivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 59190-1AGRICULTURA Modifican el D.S. Nº 051-2006-AG, mediante el cual se creó la Unidad de Desarrollo del Seguro Agrario DECRETO SUPREMO Nº 020-2007-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2006-AG se creó en el Ministerio de Agricultura, en calidad de órgano no estructurado, la Unidad de Desarrollo del Seguro Agrario (UDESA), dependiente del Despacho del Viceministro de Agricultura, cuyos objetivos consisten en proponer políticas, estrategias y normas necesarias para promover el desarrollo del seguro agrario y promover y coordinar acciones con las diversas instituciones públicas y privadas, para la puesta en marcha de esquemas de seguro agrario; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la O fi cina General de Plani fi cación Agraria es la encargada de formular y evaluar las políticas nacionales relacionadas con los recursos naturales y la actividad agraria y asesora en la formulación y actualización de los instrumentos de gestión; Que, el tema del seguro para el sector agrario constituye un Lineamiento de Política consagrado en el Decreto Supremo Nº 072-2006-AG; Que, considerando que UDESA tiene como objetivo proponer políticas, estrategias y normas de promoción del desarrollo del seguro agrario; resulta conveniente que esta