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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2007 344983 Vista la Resolución Suprema Nº 082-2004-RE, de 10 de marzo de 2004, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumania al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta el Memorándum (PRO) Nº PRO0184/ 2007,de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 30 de marzo de 2007; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º , 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumanía, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Bosnia y Herzegovina, con residencia en la ciudad de Bucarest, República de Rumanía. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 59200-12 Nombran a Embajador del Perú en la República de Rumanía para desempeñarse simultáneamente como Embajador Concu-rrente ante la República de Macedonia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 132-2007-RE Lima, 10 de mayo de 2007 Vista la Resolución Suprema N° 082-2004-RE, de 10 de marzo de 2004, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumanía al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta el Memorándum N° PRO02312007, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 23 de abril de 2007; De conformidad con los artículos 26° y 27° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62°, 63° literal B) y 64° inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Rumanía, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Macedonia, con residencia en la ciudad de Bucarest, República de Rumanía.Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 59200-13 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia para participar en la Reunión del Comité Técnico Binacional Peruano Colombiano sobre Comercio, Turismo e Inversiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0511/RE Lima, 10 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Embajada del Perú en la República de Colombia ha informado al Ministerio de Relaciones Exteriores que, el 11 de mayo de 2007, se realizará la Reunión del Comité Técnico Binacional Peruano Colombiano sobre Comercio, Turismo e Inversiones en la ciudad de Leticia, República de Colombia; Que, el citado mecanismo implica la convocatoria de las delegaciones peruanas y colombianas relacionadas con el comercio, las inversiones y el turismo en reuniones a desarrollarse en la zona fronteriza entre las Repúblicas del Perú y de Colombia, respectivamente; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú ha venido apoyando y coordinando la realización de la citada reunión bilateral, en la que se tratará temas de importancia para las zonas fronterizas de Perú y Colombia, la cual redundará en acciones concretas que favorecerán la integración económica fronteriza entre ambos países en bene fi cio de sus habitantes; Que, es necesaria la participación en la mencionada reunión de funcionarios responsables de la temática de promoción económica que brinden el apoyo respectivo a la delegación peruana durante sus reuniones con la delegación colombiana participante en la citada reunión; Que, asimismo, con la fi nalidad de hacer el seguimiento correspondiente a los temas que involucran a las zonas de frontera peruano colombiana, las cuales se encuentran dentro del territorio de la Región Loreto, se hace necesaria la participación del Director Regional de la O fi cina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos; Teniendo en cuenta los Memoranda (OPE) Nº 0285/2007 y 0291 /2007, de la O fi cina Ejecutiva de Promoción Económica, de 26 de abril y 2 de mayo de 2007, respectivamente; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Ley Nº 26112; el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de Leticia, República de Colombia, el 11 de mayo de 2007, en comisión de servicios, a los siguientes funcionarios diplomáticos para que participen en la Reunión del Comité Técnico Binacional Peruano Colombiano sobre Comercio, Turismo e Inversiones: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, Director Ejecutivo de la