Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2007 (11/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2007 Nº ORDEN 210/215 216/217 CARGO ESTRUCTURAL

NORMAS LEGALES
CODIGO 15031315 15031316 CLASIFICACION SP-ES SP-AP TOTAL 6 2 36 Especialista Tecnico TOTAL UNIDAD ORGANICA

344979
SITUACION DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA O P 1 5 1 1 10 26 0

27 Nº ORDEN 218 219/230

DENOMINACION DEL ORGANO: DIRECCION DE PLATAFORMA - SEAC DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION Y SUPERVISION DE PLATAFORMA CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACION TOTAL SITUACION DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA O P Subdirector de Administracion de Plataforma 15031323 SP-DS 1 1 Especialista 15031325 SP-ES 12 12 TOTAL UNIDAD ORGANICA 13 1 12 0

TOTAL DIRECCION DE PLATAFORMA - SEACE TOTAL GENERAL

52 230

11 72

41 158

0 4

59200-9

EDUCACION
Autorizan al Ministerio de Educacion a otorgar subvencion a favor de la Academia Nacional de Ciencias del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 013-2007-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Nº 76557-2005, el Presidente de la Academia Nacional de Ciencias del Peru - ANC solicita una subvencion a favor de su representada por la organizacion de ciclos de conferencias cientificas, atender los servicios y actividades a favor de las instituciones e investigadores peruanos, en conjunto con las Academias de Ciencias de los paises de las Americas y el Caribe, la Academia de Ciencias de los Paises de Desarrollo (TWAS), los Organismos Rectores de la Ciencia Internacional como ICSU (International Council for Science) y otros organismos nacionales como la Asociacion Peruana para el Avance de la Ciencia (APAC); Que, la Primera Disposicion Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 - Ley Nº 28927, establece que las subvenciones a ser otorgadas durante el Ano Fiscal 2007 por los Pliegos Presupuestarios estan contenidas en el Anexo de Subvenciones para Personas Juridicas - Ano Fiscal 2007 de la citada ley; Que, el numeral 60.2 del articulo 60º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 establece que solo por Decreto Supremo y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros se podran otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fines sociales, a las conferidas en el citado Anexo, debiendo para tal efecto contar con el informe tecnico de la Unidad de Presupuesto y el financiamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, los servicios y actividades a ser atendidos con cargo a la subvencion solicitada contribuiran de manera incuestionable en los esfuerzos que viene realizando el Estado en orientar los resultados de las actividades relacionadas con la investigacion y tecnologia, en esfuerzos a favor de los sectores mas necesitados; Que, mediante Informe Nº 038-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente por la procedencia del otorgamiento de una subvencion a favor de la citada institucion; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, la Ley Nº 28927, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE DECRETA: Articulo 1º.- De la subvencion Autorizase al Ministerio de Educacion con cargo al presupuesto 2007, a otorgar una subvencion a favor de

la Academia Nacional de Ciencias del Peru, hasta por la suma de S/. 55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 2º.- De la ejecucion de la subvencion Autorizase al Ministerio de Educacion a adoptar las acciones necesarias para verificar el uso adecuado de la subvencion, en estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo y normas complementarias. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

59200-2

Autorizan al Ministerio otorgar subvencion a favor de las victimas del accidente acaecido en las instalaciones de la Institucion Educativa "Antenor Orrego" de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05
DECRETO SUPREMO Nº 014-2007-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre del 2005, se produjo un accidente en las instalaciones de la Institucion Educativa "Antenor Orrego" de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05, a consecuencia de la caida de un MORDAZA perimetrico; Que, el Ministerio de Educacion ha considerado pertinente brindar apoyo economico a las victimas del citado accidente, cubriendo el costo de atencion medica y medicamentos de los trece (13) heridos; y de sepelio de los dos (2) fallecidos, monto que asciende a la suma de S/. 25,482.99 Nuevos Soles; Que, de acuerdo con el numeral 60.2 del articulo 60º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que solo por Decreto Supremo y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros se podran otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fines sociales, a las conferidas en el Anexo de la Ley de Presupuesto, debiendo para tal efecto contar con el informe tecnico de la Unidad de Presupuesto y el financiamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, mediante Informe Nº 037-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente por la procedencia del otorgamiento de una subvencion a favor de las victimas del mencionado accidente; y,

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